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	<title>Canal de denuncias &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<description>Tirant Compliance Software. La herramienta creada por abogados especialistas en compliance penal para los mejores profesionales</description>
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	<title>Canal de denuncias &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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		<title>EL RESPONSABLE DEL CANAL DE DENUNCIAS Y LA EXTERNALIZACION DE FUNCIONES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Nov 2023 07:59:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir [&#8230;]</p>
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<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.</p>



<p><strong>¿Es posible externalizar el Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>La Ley 2/2023 abre la puerta a que la gestión del Canal de Denuncias sea llevada a cabo por un tercero. En tal caso, se exigirá a éste que ofrezca garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.</p>



<p><strong>Ventajas de externalizar la gestión del Canal de Denuncias</strong></p>



<p>Esta externalización ofrece, entre otras, las siguientes ventajas:</p>



<ul><li>Aumento de la confianza de los denunciantes, al contar con un intermediario independiente.</li><li>Mejora de la eficacia y la calidad del canal, al disponer de un equipo especializado y con experiencia en el tratamiento de las denuncias.</li><li>Reducción de los costes y de los recursos necesarios para implantar y mantener el canal.</li><li>Utilización optimizada de los soportes tecnológicos más adecuados.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p><a><span class="has-inline-color has-black-color">Invitamos a los operadores del Canal de Denuncias a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos existentes en el mer</span></a>cado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
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		<item>
		<title>CANAL DE DENUNCIAS. RETOS DE LA DENUNCIA ANONIMA</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/11/07/canal-de-denuncias-retos-de-la-denuncia-anonima/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-retos-de-la-denuncia-anonima</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Nov 2023 08:26:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogado de empresa]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La denuncia anónima es una forma de comunicar la existencia de posibles infracciones o irregularidades dentro de una organización, sin revelar la identidad del denunciante. Aunque la comunicación anónima puede ayudar a que la persona informante comunique hechos que no haría de otra manera, el anonimato tiene importantes consecuencias para su tramitación. Algunas de estas [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La denuncia anónima es una forma de comunicar la existencia de posibles infracciones o irregularidades dentro de una organización, sin revelar la identidad del denunciante.</p>



<p>Aunque la comunicación anónima puede ayudar a que la persona informante comunique hechos que no haría de otra manera, el anonimato tiene importantes consecuencias para su tramitación. Algunas de estas consecuencias son:</p>



<ul><li>Dificultad de comunicación entre el denunciante y la empresa. Lo que impide la eficacia del esclarecimiento de los hechos.</li><li>Desconfianza entre los trabajadores. Lo que afecta al clima laboral.</li><li>Dificultad para verificar la veracidad de la denuncia. Lo que provoca inseguridad.</li><li>Utilización maliciosa de la denuncia con fines espurios como la venganza, la envidia o el chantaje. Lo que puede provocar falsas acusaciones.</li><li>Imposibilidad de cumplir la obligación relativa a las notificaciones al denunciante.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Que la denuncia sea anónima requiere también que las herramientas tecnológicas que se usen vengan a garantizar que el informante anónimo informe sobre unos hechos sin que sea posible rastrear sus datos personales y su identificación.</p>



<p>Invitamos a los operadores del Canal de Denuncias a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos existentes en el mercado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Cultura empresarial de buenas prácticas</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/09/05/canal-de-denuncias-cultura-empresarial-de-buenas-practicas/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-cultura-empresarial-de-buenas-practicas</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Sep 2023 09:32:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley 2/2023 que obliga a implementar un Canal de Denuncias a aquellas organizaciones que cuenten con 50 o más empleados ofrece una oportunidad para mejorar la cultura empresarial.&#160; Por cultura empresarial ha de entenderse el conjunto de valores, creencias, normas de actuación y hábitos de comportamiento que son compartidos por todos los miembros de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La Ley 2/2023 que obliga a implementar un Canal de Denuncias a aquellas organizaciones que cuenten con 50 o más empleados ofrece una oportunidad para mejorar la cultura empresarial.&nbsp;</p>



<p>Por cultura empresarial ha de entenderse el conjunto de valores, creencias, normas de actuación y hábitos de comportamiento que son compartidos por todos los miembros de la organización y que influyen en su forma de entender el trabajo y en su forma de relacionarse con la propia empresa, con los clientes, con los proveedores y con la sociedad en general.</p>



<p>Una cultura empresarial fundada en la ética, en las buenas prácticas y en los principios de cumplimiento aporta importantes beneficios:</p>



<ul><li>Aumenta la confianza, el compromiso y la satisfacción de los empleados.</li><li>Mejora la imagen y la reputación de la organización.</li><li>Minimiza los riesgos legales, financieros y reputacionales.</li><li>Fomenta la innovación, la calidad y la competitividad de la empresa.</li><li>Atrae y retiene el talento.</li><li>Fortalece el sentimiento de pertenencia.</li><li>Vigoriza el trabajo en equipo.</li><li>Consolida el principio de mejora continua.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que el Canal de Denuncias aporta un gran valor a cualquier organización: una visión corporativa clara, unos valores compartidos, una comunicación fluida, un liderazgo inspirador y una permanente búsqueda del trabajo bien hecho.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “ahí estamos para ayudarte”.</p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Obligaciones de la empresa ante una denuncia interna</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/07/10/canal-de-denuncias-obligaciones-de-la-empresa-ante-una-denuncia-interna/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-obligaciones-de-la-empresa-ante-una-denuncia-interna</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Jul 2023 07:09:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley 2/2023 establece la obligación para las empresas de 50 o más empleados a establecer un canal de denuncias interno que permita a los trabajadores y a otras personas relacionadas con ella la comunicación interna de infracciones del ordenamiento jurídico cometidas en su seno. Cuando se produce una denuncia la empresa deberá tener en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La Ley 2/2023 establece la obligación para las empresas de 50 o más empleados a establecer un canal de denuncias interno que permita a los trabajadores y a otras personas relacionadas con ella la comunicación interna de infracciones del ordenamiento jurídico cometidas en su seno.</p>



<p>Cuando se produce una denuncia la empresa deberá tener en cuenta, entre otras, las siguientes obligaciones:</p>



<ul><li>Analizar la pertinencia de la denuncia y si ésta cumple con los requisitos formales y materiales para ser tramitada.</li><li>Admitir y registrar la denuncia, en su caso.</li><li>Asignarle un código de acceso que permita al denunciante hacer el seguimiento de la denuncia.</li><li>Informar al denunciante en el plazo de siete días la admisión o rechazo de su denuncia, así como el plazo estimado para su resolución que no podrá superar los tres meses.</li><li>Investigar los hechos denunciados realizando las diligencias necesarias para esclarecer los hechos denunciados y recabar las pruebas que estime pertinentes.</li><li>Realizar entrevistas y recabar las pruebas pertinentes.</li><li>Apoyarse de expertos externos cuando se considere necesario.</li><li>Garantizar la confidencialidad y el anonimato del denunciante.</li><li>Proteger al denunciante de cualquier represalia.</li><li>Respetar los derechos del denunciado, tales como el derecho a la presunción de inocencia, a la información, a la defensa y a la contradicción.</li><li>Analizar las evidencias y las pruebas obtenidas y realizar un informe con las conclusiones y propuestas de medidas sancionadoras o correctivas.</li><li>Cumplir con la legislación de protección de datos.</li><li>Elevar el informe de conclusiones al órgano de administración de la empresa.</li></ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Canal de denuncias. Derecho al anonimato</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Jun 2023 07:05:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El derecho al anonimato del denunciante El preámbulo de la Ley 2/2023 destaca que se permite la denuncia anónima y la obligación de mantener al informante en el anonimato. Se trata de una cuestión controvertida que ha merecido el reproche de no pocos juristas ya que la denuncia anónima permite la difamación, la calumnia y [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>El derecho al anonimato del denunciante</strong></p>



<p>El preámbulo de la Ley 2/2023 destaca que se permite la denuncia anónima y la obligación de mantener al informante en el anonimato.</p>



<p>Se trata de una cuestión controvertida que ha merecido el reproche de no pocos juristas ya que la denuncia anónima permite la difamación, la calumnia y sus graves consecuencias para el denunciado sin riesgo para el denunciante de ser identificado. Es decir, sin consecuencias legales para quien de manera maliciosa formule una denuncia falsa.</p>



<p>Con ello, ya con anterioridad a la regulación expresa de la Ley 2/2023 del derecho al anonimato, el Tribunal Supremo ha venido considerando válida este tipo de denuncias anónimas.</p>



<p>A tal efecto, el Canal de Denuncias deberá ofrecer al informante el derecho a preservar el anonimato de su identidad personal.</p>



<p>Se trata de una opción del denunciante que podrá ser ejercida por éste mediante la comunicación interna de los hechos que pudieren constituir una infracción del ordenamiento jurídico sin necesidad de identificarse.</p>



<p>Aun cuando se trata de un derecho del ciudadano que no impide la investigación objetiva de los hechos denunciados, lo cierto es que la gestión de una denuncia anónima presenta desafíos importantes:</p>



<ul><li>Dificultad para obtener información adicional del denunciante.</li><li>Dificultad para verificar la veracidad de la denuncia.</li><li>Dificultad para proteger al denunciante de posibles represalias.</li><li>Dificultad para tomar medidas disciplinarias contra los responsables de las represalias.</li></ul>



<p>El sistema establecido por la empresa para la gestión de las denuncias deberá contener el protocolo que garantice el anonimato del denunciante y tomar medidas como:</p>



<ul><li>Garantizar la reserva de la identidad del informante durante todo el proceso de gestión de la denuncia.</li><li>Asegurarse que el sistema tecnológico utilizado por gestor de la denuncia dispone de las medidas de seguridad necesarias para preservar el anonimato del denunciante.</li><li>Informar al denunciante anónimo que dispone de la opción de denunciar de forma anónima.</li></ul>



<p><strong>El derecho a la confidencialidad del denunciante y de las partes involucradas</strong></p>



<p>El sistema establecido por la empresa para la gestión de las denuncias deberá contener, además de la opción del anonimato, la opción de que el denunciante revele su identidad. En estos casos impera el deber de confidencialidad.</p>



<p>El derecho a la confidencialidad en el canal de denuncias se regula mediante la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Esta ley establece que los datos personales recopilados en el canal de denuncias (de todas las partes implicadas) deben ser tratados con confidencialidad y solo pueden ser utilizados para los fines previstos en la ley.</p>



<p>La empresa deberá establecer medidas adicionales para proteger la confidencialidad de los empleados que informan sobre posibles irregularidades. Algunas de estas medidas pueden ser:</p>



<p>La implementación de un sistema de seguimiento para garantizar que se tomen medidas adecuadas en respuesta a la denuncia.</p>



<ul><li>Capacitación de los empleados sobre cómo presentar una denuncia y cómo se manejará la información.</li><li>Establecimiento de un proceso claro para investigar las denuncias y tomar medidas adecuadas.</li><li>Establecimiento de un proceso seguro para informar sobre los resultados de la investigación.</li><li>Limitación del acceso a la información relacionada con la denuncia a aquellas personas que necesitan conocerla para llevar a cabo la investigación.</li><li>Proporcionar información clara y transparente sobre los derechos y responsabilidades del denunciante y de todas las partes involucradas.</li></ul>



<p>Las sanciones que cabe imponer por infringir el deber de confidencialidad pueden variar según las circunstancias específicas del caso, sin descartar las consecuencias de las acciones legales que pudiere interponer quien viere vulnerado el derecho de confidencialidad. .</p>



<p>En general, las empresas pueden tomar medidas disciplinarias contra los empleados que incumplen el deber de confidencialidad.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Canal de denuncias. ¿Qué puede ser objeto de denuncia?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jun 2023 06:37:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información y a implementar el Canal de Denuncias pone de manifiesto una triple intención: &#160; Prevenir las amenazas de incumplimientos normativos en el seno de la empresa con el fin de que sean conocidas por ella y realice las acciones [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/06/07/canal-de-denuncias-que-puede-ser-objeto-de-denuncia/">Canal de denuncias. ¿Qué puede ser objeto de denuncia?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información y a implementar el Canal de Denuncias pone de manifiesto una triple intención: &nbsp;</p>



<ul><li>Prevenir las amenazas de incumplimientos normativos en el seno de la empresa con el fin de que sean conocidas por ella y realice las acciones necesarias para corregirlas o para reparar lo antes posible los daños.</li><li>Fortalecer la cultura de la información para detectar incumplimientos o irregularidades.</li><li>Proteger a los informantes de estas irregularidades de posibles represalias.</li></ul>



<p><strong>¿Qué hechos son denunciables?</strong></p>



<p>El Canal de Denuncias tiene por finalidad establecer un mecanismo que permita informar de cualquier acción u omisión que pueda constituir una infracción o incumplimiento de la legislación vigente. En particular y a título enunciativo:</p>



<ul><li>Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal.</li><li>Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones administrativas graves.</li><li>Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones medioambientales.</li><li>Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones urbanísticas.</li><li>Acciones u omisiones que atenten contra la protección de datos de carácter personal.</li><li>Acciones u omisiones que puedan suponer un quebranto para la Hacienda Pública.</li><li>Acciones u omisiones que puedan acarrear un quebranto para la Seguridad Social.</li><li>Acciones u omisiones que supongan una infracción de derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.</li><li>Acciones u omisiones sobre infracciones en el marco de una relación laboral ya sea con empleados, becarios o trabajadores en periodos de formación.</li><li>Acciones u omisiones sobre infracciones que supongan discriminación por motivos de raza, género, orientación sexual, religión, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.</li><li>Acciones u omisiones sobre infracciones en el marco de un proceso de selección de personal o de negociación precontractual.</li><li>Acciones u omisiones que lleven implícitas actuaciones de acoso laboral.</li><li>Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de acoso sexual.</li><li>Acciones u omisiones que lleven implícitas actuaciones del Código Ético de la empresa.</li></ul>
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			</item>
		<item>
		<title>El canal de denuncias. Consulta a los representantes de los trabajadores</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 May 2023 07:03:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>De nuevo, nos encontramos ante un texto legislativo sobre el que han sido denunciados múltiples vacíos y lagunas que no hacen otra cosa que evidenciar la mediocridad de su redacción – tal vez la de sus redactores – y la presencia de un buen número de interrogantes. La responsabilidad de implementar en la empresa un [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/05/09/el-canal-de-denuncias-consulta-a-los-representantes-de-los-trabajadores/">El canal de denuncias. Consulta a los representantes de los trabajadores</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>De nuevo, nos encontramos ante un texto legislativo sobre el que han sido denunciados múltiples vacíos y lagunas que no hacen otra cosa que evidenciar la mediocridad de su redacción – tal vez la de sus redactores – y la presencia de un buen número de interrogantes.</p>



<p>La responsabilidad de implementar en la empresa un Canal de Denuncias recae sobre sus órganos de gobierno quien, según se regula en la Ley 2/2023, deberá evacuar consulta a los representantes de los trabajadores.</p>



<p><strong>¿Consulta para qué?</strong></p>



<p>No vienen explicadas en la ley y no alcanzamos a entender las razones que tuvo el legislador para exigir la práctica de esta consulta en un proceso que no tiene carácter laboral.</p>



<p>En todo caso, justo es reconocer que la Ley 2/2023 exige la consulta a la representación de los trabajadores y nada más. Esto es, no se confiere ningún rol ni actuación a dichos representantes a partir de dicha consulta.</p>



<p>Quizás debió limitar la exigencia a la obligación de “informar” a dichos representantes sindicales.</p>



<p><strong>¿Qué es lo que puede hacerse desde la representación de los trabajadores ante una propuesta de Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>Entendemos, salvo mejor opinión fundada en derecho, que se está en presencia de una consulta meramente testimonial sin que se otorgue a esa representación mayor campo de acción.</p>



<p>Nada establece la Ley 2/2023 sobre posibles actuaciones de la representación de los trabajadores sobre el canal de denuncias propuesto por la empresa y, en especial, sobre actos que puedan afectar a la legitimidad del órgano de administración para definir, a su libre albedrío y con la única limitación de lo regulado en la ley, las condiciones de su propio canal de denuncias.</p>



<p>En todo caso, una vez la empresa haya diseñado su canal de denuncias, deberá evacuar “consulta” a los representantes de los trabajadores. Acto seguido, procederá a implementarlo en la organización, digan lo que digan – si es que dicen algo – estos.</p>
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		<title>La función del canal de denuncias. El rol del abogado</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/05/02/la-funcion-del-canal-de-denuncias-el-rol-del-abogado/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=la-funcion-del-canal-de-denuncias-el-rol-del-abogado</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 May 2023 06:31:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La reciente publicación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) pone de manifiesto una triple intención: &#160; Prevenir la amenaza de incumplimientos normativos que pongan en riesgo a la empresa. Fortalecer la cultura de la información para detectar dichos incumplimientos o irregularidades. Proteger a [&#8230;]</p>
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<p>La reciente publicación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) pone de manifiesto una triple intención: &nbsp;</p>



<ul><li>Prevenir la amenaza de incumplimientos normativos que pongan en riesgo a la empresa.</li><li>Fortalecer la cultura de la información para detectar dichos incumplimientos o irregularidades.</li><li>Proteger a los informantes de estas irregularidades de posibles represalias.</li></ul>



<p>Para el logro de tales objetivos, la Ley 2/2023 establece:</p>



<ul><li>La obligación a la empresa de diseñar, desarrollar y establecer canales internos de información por medio de los cuales puedan ser realizadas denuncias de las posibles irregularidades cometidas en el seno de la organización.</li><li>La obligación de garantizar la ausencia de represalias a quienes hayan formulado las denuncias.</li><li>La imposición de sanciones.</li></ul>



<p><strong>¿A quién obliga?</strong></p>



<ul><li>Empresas con 50 o más trabajadores.&nbsp;</li><li>Organismos Públicos.</li><li>Corporaciones de Derecho Público.</li><li>Universidades Públicas.</li><li>Fundaciones.</li><li>Partidos Políticos.</li><li>Sindicatos.</li></ul>



<p><strong>¿Qué sanciones pueden ser impuestas?</strong></p>



<ul><li>Infracciones Leves: de 1.001 a 10.000 euros.</li><li>Infracciones Graves: de 10.001 a 600.000 euros.</li><li>Infracciones Muy Graves: de 600.001 a 1.000.000 euros.</li></ul>



<p><strong>¿Qué plazos?</strong></p>



<ul><li>Las empresas con más de 250 empleados, antes del 13 de junio de 2023.</li><li>Las empresas con menos de 250, antes del 1 de diciembre de 2023.</li><li>Los organismos públicos, antes de 13 de junio de 2023.</li></ul>



<p><strong>El rol de los despachos de abogados</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que una gran mayoría de las pymes españolas no disponen de equipos jurídicos internos y que, en consecuencia, deberán acudir a servicios externalizados que les ayuden a implementar y gestionar de manera eficiente sus canales de denuncias.</p>



<p>Es seguro que, como acontece regularmente en nuestro país, aparezcan francotiradores y mediopensionistas que ofrezcan sus servicios de ayuda a estas pequeñas y medianas empresas. Nuestra reflexión ante esta grave realidad recurrente en nuestro país es invitar a la empresa a que considere que solo un profesional cualificado puede aportarle una respuesta que esté eficientemente orientada al cumplimiento normativo.</p>



<p>Los despachos de abogados cobran un papel muy relevante ante esta nueva obligación.</p>



<p>¿Qué pueden aportar los abogados?</p>



<ul><li>Implementar el software que gestione el Canal de Denuncias.</li><li>Externalizar el servicio de recepción de denuncias.</li><li>Externalizar el servicio de gestión de las denuncias formuladas.</li><li>Asesorar al responsable del SII en la gestión del Canal de Denuncias.</li></ul>



<p><strong>¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>En Tirant Compliancers hemos desarrollado una plataforma tecnológica que ponemos a disposición de los abogados y asesores.</p>



<p>Puedes ofrecer a tus empresas cliente la implementación de un software de gestión del canal de denuncias y ayudarles a cumplir con la Ley 2/2023 dentro de los plazos establecidos. Para ello necesitarás aplicar no más de 10 minutos y tu cliente dispondrá en su web de su propio Canal de Denuncias.</p>



<p>Para tu información, puedes consultar en nuestra web las condiciones económicas de nuestro software del Canal de Denuncias.</p>



<p>Nosotros decimos que “estamos aquí para ayudarte”.</p>
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		<title>Ponencia en la sede de la CEOE para analizar la gestión del canal de denuncias</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/04/25/ponencia-en-la-sede-de-la-ceoe-para-analizar-la-gestion-del-canal-de-denuncias/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=ponencia-en-la-sede-de-la-ceoe-para-analizar-la-gestion-del-canal-de-denuncias</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Apr 2023 07:18:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 13 de abril nuestro Ceo de Tirant-Compliancers, Rafael Moya Jover, participó como ponente en la Jornada que sobre la obligatoriedad del Canal de Denuncias fue impartida en la sede de la CEOE de Madrid. Se destacaron tres cuestiones fundamentales: El Canal de Denuncias ha de formar parte de un sistema integral de prevención [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El pasado 13 de abril nuestro Ceo de Tirant-Compliancers, Rafael Moya Jover, participó como ponente en la Jornada que sobre la obligatoriedad del Canal de Denuncias fue impartida en la sede de la CEOE de Madrid.</p>



<p>Se destacaron tres cuestiones fundamentales:</p>



<ul><li>El Canal de Denuncias ha de formar parte de un sistema integral de prevención de riesgos. Su efectividad no podrá ser lograda si es considerada como una herramienta autónoma que es implementada exclusivamente para dar cumplimiento a una obligación legal.</li><li>El Canal de Denuncias ha de ser entendido como un testimonio del compromiso de la organización con la responsabilidad social y con las buenas prácticas.</li><li>El Canal de Denuncias ha de ser diseñado de manera que resulte accesible a todos los integrantes de la organización y fácil de utilizar por todos los actores relacionados con la empresa.</li></ul>



<p>Rafael Moya Jover concluyó su intervención con una presentación práctica del funcionamiento del software desarrollado por Tirant-Compliancers para la gestión integral de un canal de denuncias.</p>



<p>Nuestro agradecimiento a la Asociación Española de Servicios Avanzados a Empresas y a la CEOE por su invitación a participar en esta jornada de trabajo.</p>
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		<title>Canal de denuncias. Hablamos a los licenciatarios</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/17/como-implementar-un-canal-de-denuncias/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-implementar-un-canal-de-denuncias</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Mar 2023 11:35:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Eres licenciatario de Tirant Compliancers? Si consideras que la obligación impuesta a las empresas de más de 50 empleados es una oportunidad para incorporar a tu porfolio un nuevo producto: ¿Qué te proponemos? Tu despacho puede incorporar al porfolio de servicios la Gestión del Canal de Denuncias a tus clientes. Se trata de una obligación [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>¿Eres licenciatario de Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Si consideras que la obligación impuesta a las empresas de más de 50 empleados es una oportunidad para incorporar a tu porfolio un nuevo producto:</p>



<p><strong>¿Qué te proponemos?</strong></p>



<p>Tu despacho puede incorporar al porfolio de servicios la Gestión del Canal de Denuncias a tus clientes.</p>



<p>Se trata de una obligación legal.</p>



<p>Externalización de todos o cualquiera de os siguientes servicios:</p>



<ul><li>¿Implementar en el sitio web de tus clientes el software del SII?</li><li>¿Gestionar desde tu despacho el Canal de Denuncias?</li><li>¿Designar a tu despacho como responsable externo del SII?</li></ul>



<p><strong>Nuestra Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias. Sin coste para los licenciatarios de Tirant Compliancers.</strong></p>



<p>En Tirant Compliancers hemos desarrollado una Plataforma de Gestión del SII que ya está a disposición de nuestros licenciatarios.</p>



<p>Puede ayudarte a gestionar el Canal de Denuncias de tus clientes sin necesidad de invertir en un software de gestión de denuncias ni aplicar recursos humanos que necesitas para otras funciones.</p>



<p><strong>¿Cómo acceder a la plataforma de Gestión del Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>Dispones de 2 opciones:</p>



<p><strong>OPCION Nº 1. Renovación de la licencia.</strong></p>



<p>En tu próxima renovación te será aplicada nuestra última versión. V7.0 que incorpora:</p>



<p>Los nuevos delitos de la LO 10/2022, ley del “solo el sí es sí”.</p>



<ul><li>Acoso Laboral.</li><li>Acoso Sexual.</li><li>La Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Precio de Renovación. Se mantienen las condiciones de renovación contratadas. Es decir, no hay incremento de precio.</li></ul>



<p><strong>OPCION Nº2. Si vas a adquirir una nueva licencia, tienes a tu disposición la última versión V7.0.</strong></p>



<ul><li>Precio. La adquisición de la nueva licencia V7.0 mantiene los precios actualmente en vigor. Es decir, no hay incremento.</li><li>La V7.0 incorpora:</li></ul>



<p>Los nuevos delitos de la LO 10/2022, ley del “solo el sí es sí”.</p>



<ul><li>Acoso Laboral.</li><li>Acoso Sexual.</li><li>La Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias.</li></ul>
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		<item>
		<title>Como afecta el canal de denuncias al universo Compliance penal</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/14/como-afecta-el-canal-de-denuncias-al-universo-compliance-penal/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-afecta-el-canal-de-denuncias-al-universo-compliance-penal</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Mar 2023 08:27:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El BOE publicó el pasado día 21 de febrero la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) = Canal de Denuncias. ¿Cómo afecta al universo Compliance? La reciente normativa del Sistema de Información Interna (SII), entre otras cosas, viene a regular: Los mecanismos de denuncia en [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El BOE publicó el pasado día 21 de febrero la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) = Canal de Denuncias.</p>



<p><strong>¿Cómo afecta al universo Compliance?</strong></p>



<p>La reciente normativa del Sistema de Información Interna (SII), entre otras cosas, viene a regular:</p>



<ul><li>Los mecanismos de denuncia en escenarios en los que se observe la existencia de prácticas irregulares en el seno de la empresa.</li><li>El establecimiento de medidas que garanticen la confidencialidad del informante.</li><li>La protección del denunciante frente a eventuales represalias.</li><li>El fomento del uso de la denuncia como instrumento de mejora continua en el marco de las buenas prácticas corporativas.</li></ul>



<p>El nuevo marco legal amplía el alcance del ámbito personal de aplicación de tal manera que puede y ¿debe? ser denunciante cualquier persona que haya mantenido, mantenga o vaya a mantener una relación laboral o mercantil con la empresa.</p>



<p>Somos partidarios de pensar que un modelo de compliance será incompleto si no tiene en cuenta el factor de riesgo que viene dado en terceros ajenos al organigrama interno de la compañía, en tanto que determinadas acciones u omisiones de estos pueden dar lugar a infracciones normativas con trascendencia penal.</p>



<p>El profesional de compliance deberá contemplar el desarrollo de los programas de cumplimiento:</p>



<ul><li>Incluyendo entre las personas de riesgo a las que aplicar los mecanismos de organización y control que requiere un programa de compliance a todos aquellos terceros ajenos al organigrama interno de la empresa, como socios, asesores externos, consultores, auditores, agentes de protección de datos, equipos TIC, proveedores de servicios de gestión de residuos, subcontratistas, proveedores, clientes, autónomos, agentes comerciales, transportistas y, en general, a cualquiera que mantenga una relación mercantil con la organización cerca de los cuales se presente un cierto grado de exposición al riesgo de cometer infracciones del ordenamiento jurídico.</li><li>Previniendo que el alcance del Canal de Denuncias es aplicable a este amplio colectivo.</li><li>Implementando un SII ágil, completo y eficaz que garantice el cumplimiento de la obligación de la empresa de tener a su disposición un Canal de Denuncias.</li></ul>



<p><strong>¿Qué nueva función tiene el abogado de empresa?</strong></p>



<p>El abogado de empresa adquiere un rol relevante en la medida que puede:</p>



<ul><li>Ayudar a sus empresas cliente de Compliance penal.</li><li>Completando su servicio al cliente de Compliance penal</li><li>Implementando el SII en su organización.</li><li>Asesorando al Responsable del SII en la gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Incluso, externalizando el servicio de Gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Ayudar a cualquier empresa con una plantilla de más de 50 empleados para:</li><li>Ofreciendo un nuevo servicio.</li><li>Implementando el SII en su organización.</li><li>Asesorando al Responsable del SII en la gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Incluso, externalizando el servicio de Gestión del Canal de Denuncias.</li></ul>



<p><strong>¿Cómo podemos ayudarle?</strong></p>



<p>Nuestra misión es aportar valor a los abogados y consultores, ofreciéndoles herramientas que les ayuden a crecer y a ser disruptivos en el marco de la transformación de sus despachos profesionales.</p>



<p>Por ello, hemos desarrollado la plataforma tecnológica <em>&#8220;Tirant Compliancers-Canal de Denuncias</em>” que puede ayudar al profesional a gestionar el SII de sus empresas cliente.</p>



<p><strong>¿Cómo puede ayudar el abogado a sus clientes?</strong></p>



<p>Ofreciéndoles un software de gestión de denuncias, evitándoles inversiones innecesarias y la aplicación de recursos humanos que son necesarios para otras funciones.&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Canal de denuncias. Un nuevo reto para los abogados</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/09/canal-de-denuncias-un-nuevo-reto-para-los-abogados/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-un-nuevo-reto-para-los-abogados</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Mar 2023 10:33:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://compliancesofficers.com/?p=12153</guid>

					<description><![CDATA[<p>El BOE publicó el pasado día 21 de febrero la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) = Canal de Denuncias. ¿A quiénes obliga? Empresas con más de 50 trabajadores.&#160; Organismos Públicos. Corporaciones de Derecho Público. Universidades Públicas. Fundaciones. ¿Qué sanciones pueden ser impuestas? Infracciones Leves: [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/03/09/canal-de-denuncias-un-nuevo-reto-para-los-abogados/">Canal de denuncias. Un nuevo reto para los abogados</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El BOE publicó el pasado día 21 de febrero la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) = Canal de Denuncias.</p>



<p><strong>¿A quiénes obliga?</strong></p>



<ul><li>Empresas con más de 50 trabajadores.&nbsp;</li><li>Organismos Públicos.</li><li>Corporaciones de Derecho Público.</li><li>Universidades Públicas.</li><li>Fundaciones.</li></ul>



<p><strong>¿Qué sanciones pueden ser impuestas?</strong></p>



<ul><li>Infracciones Leves: de 1.001 a 10.000 euros.</li><li>Infracciones Graves: de 10.001 a 600.000 euros.</li><li>Infracciones Muy Graves: de 600.001 a 1.000.000 euros.</li></ul>



<p><strong>¿Cuándo cumplir la obligación?</strong></p>



<ul><li>Empresas con más de 250 empleados: antes del 13 de junio de 2023.</li><li>Empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores: antes del 1 de diciembre de 2023.</li></ul>



<p><strong>¿Debe nombrarse una persona responsable de gestionar el canal de Denuncias?</strong></p>



<ul><li>El órgano de administración está obligado a designar la persona física responsable de la Gestión del Canal de Denuncias.</li><li>El responsable designado deberá realizar su función de manera independiente respecto del resto de los órganos de gobierno.</li><li>Puede designarse a un responsable interno.</li><li>Puede designarse a un responsable externo.</li></ul>



<p><strong>¿Nuevo reto para los abogados?</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que estamos en presencia de una nueva obligación para las empresas para cuyo cumplimiento necesitan recursos internos o externalizar el servicio.</p>



<p>Por eso decimos que tienes ante ti un nuevo reto profesional para:</p>



<ul><li>Ayudar a tus empresas cliente de compliance penal.</li><li>Completar tu servicio al cliente de compliance penal.</li><li>Implementar el SII en el sitio web de su organización.</li><li>Externalizar el servicio de Gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Ayudar a aquellas empresas con una plantilla de más de 50 empleados para:</li><li>Ofrecer un nuevo servicio</li><li>Implementar el SII en el sitio web de su organización.</li><li>Externalizar el servicio de Gestión del Canal de Denuncias.</li></ul>



<p><strong>¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Tu despacho puede incorporar al porfolio de servicios la Gestión del Canal de Denuncias a tus clientes.</p>



<p>Se trata de una obligación legal.</p>



<p>Externalización. Te invitamos a formularte las siguientes preguntas:</p>



<ul><li>¿Gestionar desde tu despacho la implementación del Canal de Denuncias?</li><li>¿Designar a tu despacho como responsable externo del SII?</li><li>¿Gestionar desde tu despacho las denuncias formuladas?</li></ul>



<p><strong>Nuestra Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias</strong></p>



<p>En Tirant Compliancers hemos desarrollado una plataforma tecnológica que puede ayudarte a gestionar el Canal de Denuncias de tus clientes sin necesidad de invertir en un software de gestión de denuncias ni aplicar recursos humanos que necesitas para otras funciones.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/03/09/canal-de-denuncias-un-nuevo-reto-para-los-abogados/">Canal de denuncias. Un nuevo reto para los abogados</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Reconocimiento a nuestro equipo de informáticos</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/08/canal-de-denuncias-reconocimiento-a-nuestro-equipo-de-informaticos/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-reconocimiento-a-nuestro-equipo-de-informaticos</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Mar 2023 08:15:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://compliancesofficers.com/?p=12150</guid>

					<description><![CDATA[<p>Nuestro reconocimiento Gran esfuerzo y eficiencia el del equipo de Ingenieros informáticos de Tirant Compliancers. Preparados desde hace tiempo, han culminado con éxito el desarrollo de la Plataforma del SII (Canal de Denuncias) 15 días después de la publicación en el BOE de la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/03/08/canal-de-denuncias-reconocimiento-a-nuestro-equipo-de-informaticos/">Canal de denuncias. Reconocimiento a nuestro equipo de informáticos</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>Nuestro reconocimiento</strong></p>



<p>Gran esfuerzo y eficiencia el del equipo de Ingenieros informáticos de Tirant Compliancers.</p>



<p>Preparados desde hace tiempo, han culminado con éxito el desarrollo de la Plataforma del SII (Canal de Denuncias) 15 días después de la publicación en el BOE de la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) = Canal de Denuncias.</p>



<p>Muchas gracias “Equipo” por vuestro esfuerzo, compromiso y profesionalidad.</p>



<p>¡Con personas como vosotros somos capaces de seguir avanzando!</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Canal interno de denuncias. Obligación a empresas de más de 50 empleados.</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/02/21/canal-interno-de-denuncias-obligacion-a-empresas-de-mas-de-50-empleados/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-interno-de-denuncias-obligacion-a-empresas-de-mas-de-50-empleados</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2023 08:22:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogado de empresa]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado día 16 de febrero quedó aprobada por el Congreso la Ley de Protección de Informantes que regula los sistemas internos de información y la obligación de implementar canales internos de denuncias. ¿Quiénes están obligados? Empresas con más de 50 trabajadores. Partidos Políticos. Sindicatos. Organismos Públicos. Corporaciones de Derecho Público. Universidades Públicas. Fundaciones. Requisitos [&#8230;]</p>
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<p>El pasado día 16 de febrero quedó aprobada por el Congreso la Ley de Protección de Informantes que regula los sistemas internos de información y la obligación de implementar canales internos de denuncias. </p>



<p><strong>¿Quiénes están obligados?</strong></p>



<ul><li>Empresas con más de 50 trabajadores.</li><li>Partidos Políticos.</li><li>Sindicatos.</li><li>Organismos Públicos.</li><li>Corporaciones de Derecho Público.</li><li>Universidades Públicas.</li><li>Fundaciones.</li></ul>



<p><strong>Requisitos del Canal de Denuncias.</strong></p>



<ul><li>Seguridad. Estar diseñado, establecido y gestionado de forma segura y confidencial.</li><li>Independencia. Debe ser independientes de los sistemas internos de la organización.</li><li>Responsable del Sistema. Nombramiento de la persona responsable de gestionarlo.</li><li>Comunicaciones. Debe disponer de procedimientos de gestión de las comunicaciones recibidas.</li><li>Garantías. Debe disponer de sistemas que garanticen la protección de los informantes.</li></ul>



<p><strong>Responsable del Sistema Interno.</strong></p>



<ul><li>El órgano de administración está obligado a designar la persona física responsable de la gestión del Canal de Denuncias.</li><li>El responsable designado deberá realizar su función de manera independiente respecto del resto de los órganos de gobierno.</li></ul>



<p><strong>Régimen Sancionador.</strong></p>



<ul><li>Infracciones Leves: de 1.001 a 10.000 euros.</li><li>Infracciones Graves: de 10.001 a 600.000 euros.</li><li>Infracciones Muy Graves: de 600.001 a 1.000.000 euros.</li></ul>



<p><strong>¿Cómo se gestiona el Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>Corresponde al órgano de administración de la organización la responsabilidad de adoptar e implementar procesos de puesta en marcha de un Canal de Denuncias eficaz.</p>



<p>Esta responsabilidad puede ser gestionada:</p>



<p><strong>Gestión Interna.</strong></p>



<ul><li>Por medio del Compliance Officer. Si se tiene implementado un programa de compliance.</li><li>Por medio de un Responsable de Cumplimiento Normativo designado al efecto.</li></ul>



<p><strong>Gestión Externa.</strong></p>



<ul><li>Por medio de la externalización del servicio a profesionales especializados que realicen las funciones de recepción de denuncias, instrucción y resolución.</li></ul>



<p><strong>¿Cuándo debe estar operativo?</strong></p>



<ul><li>Empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores: antes del 1 de diciembre de 2023.</li><li>Empresas con más de 250 empleados: en el plazo de 3 meses a partir de la entrada en vigor de la ley.</li></ul>



<p><strong>El valor del Canal de Denuncias.</strong></p>



<p>La mala noticia: estamos en presencia de una nueva obligación que se enmarca en el principio de la autorregulación regulada, con el acompañamiento habitual de un importante paquete de sanciones.</p>



<p>Sin embargo, conviene tener presente que la implantación de un Canal de Denuncias aporta los siguientes valores a la organización:</p>



<ul><li>La disposición de una herramienta interna de comunicación esencial para la eficaz implantación de una cultura de cumplimiento y de ética en el seno de la organización.</li><li>La detección anticipada de aquellas conductas que pueden dar lugar a la comisión de un delito.</li><li>El cumplimiento de una obligación legal.</li><li>La exoneración o atenuación de la responsabilidad penal de la persona jurídica y del órgano de administración en aquellos casos de comisión de un delito en el seno de la organización.</li><li>El fortalecimiento de los procesos internos de gestión y control de la empresa.</li><li>La consolidación de la mejora continua de la organización.</li></ul>
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		<title>Canal de denuncias. Obligación a empresas de más de 50 empleados</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Sep 2022 06:28:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La reforma del Código Penal (LO/2015) exige que los modelos de compliance impongan el deber de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención. Esta obligación está en consonancia con la obligación de supervisión, vigilancia y control que el art. 31 bis 1 impone [&#8230;]</p>
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<p>La reforma del Código Penal (LO/2015) exige que los modelos de compliance impongan el deber de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.</p>



<p>Esta obligación está en consonancia con la obligación de supervisión, vigilancia y control que el art. 31 bis 1 impone a los administradores de la persona jurídica. De tal manera que su incumplimiento priva a estos del uso de la eximente en el caso de haber sido cometido un delito en el seno de la organización.</p>



<p><strong>El valor del Canal de Denuncias</strong></p>



<p>Un modelo de compliance eficaz ha de contar con una herramienta para que los integrantes de la organización puedan informar internamente sobre las malas prácticas y sobre toda violación de las obligaciones del programa de prevención de delitos.</p>



<p>Toda nueva obligación impuesta al entorno empresarial es una mala noticia. Sin embargo, conviene tener presente que la implantación de un Canal de Denuncias aporta los siguientes valores a la organización:</p>



<ul><li>La disposición de una herramienta interna de comunicación esencial para la eficaz implantación de una cultura de cumplimiento y de ética en el seno de la organización.</li><li>La detección anticipada de aquellas conductas que pueden dar lugar a la comisión de un delito.</li><li>El cumplimiento de una obligación legal (art.31bis5.4º del Código Penal).</li><li>La exoneración o atenuación de la responsabilidad penal de la persona jurídica y del órgano de administración en aquellos casos de comisión de un delito en el seno de la organización.</li><li>El fortalecimiento de los procesos internos de gestión y control de la empresa.</li><li>La consolidación de la mejora continua de la organización</li></ul>



<p><strong>Cómo se gestiona el Canal de Denuncias</strong></p>



<p>Corresponde al órgano de administración de la empresa la responsabilidad de adoptar e implementar procesos de puesta en marcha de un Canal de Denuncias eficaz.</p>



<p>Esta responsabilidad puede ser gestionada:</p>



<p><strong>Gestión Interna.</strong></p>



<ul><li>Por medio del Compliance Officer.</li><li>Por medio de un Comité de Cumplimiento normativo.</li></ul>



<p><strong>Gestión Externa.</strong></p>



<ul><li>Por medio de la externalización del servicio a profesionales especializados que realicen las funciones de recepción de denuncias, instrucción y resolución.</li><li>Comunicación formal al Compliance Officer de la existencia del servicio externalizado.</li></ul>



<p><strong>Gestión Mixta.</strong></p>



<ul><li>Por medio de la externalización del servicio a profesionales especializados que realicen las funciones de recepción de denuncias.</li><li>Por medio de la gestión interna del proceso de instrucción y resolución.</li></ul>



<p><strong>Quienes estarán obligados a disponer de un Canal de Denuncias</strong></p>



<p>En nuestro país se está gestando el Proyecto de Ley que habrá de regular el Canal de Denuncias. Tarea que no resulta pacífica en la medida en que un programa de whistleblowing destila aromas inquisitoriales que pueden vulnerar derechos de “garantía”.</p>



<p>El Proyecto de Ley establece que la obligación de implementar un Canal de Denuncias afectará a aquellas organizaciones con más de 50 empleados.</p>



<p>Su aprobación definitiva puede dar lugar a establecer de manera implícita la obligación de implementar programas de Compliance para estas empresas, en la medida que un Canal de Denuncias presupone que la empresa tiene implementado un programa de Compliance en el que se establezcan las obligaciones y prohibiciones que se imponen a todos sus integrantes.</p>
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