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	<title>Abogados &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<description>Tirant Compliance Software. La herramienta creada por abogados especialistas en compliance penal para los mejores profesionales</description>
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	<title>Abogados &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<item>
		<title>EL RESPONSABLE DEL CANAL DE DENUNCIAS Y LA EXTERNALIZACION DE FUNCIONES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Nov 2023 07:59:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir [&#8230;]</p>
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<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.</p>



<p><strong>¿Es posible externalizar el Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>La Ley 2/2023 abre la puerta a que la gestión del Canal de Denuncias sea llevada a cabo por un tercero. En tal caso, se exigirá a éste que ofrezca garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.</p>



<p><strong>Ventajas de externalizar la gestión del Canal de Denuncias</strong></p>



<p>Esta externalización ofrece, entre otras, las siguientes ventajas:</p>



<ul><li>Aumento de la confianza de los denunciantes, al contar con un intermediario independiente.</li><li>Mejora de la eficacia y la calidad del canal, al disponer de un equipo especializado y con experiencia en el tratamiento de las denuncias.</li><li>Reducción de los costes y de los recursos necesarios para implantar y mantener el canal.</li><li>Utilización optimizada de los soportes tecnológicos más adecuados.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p><a><span class="has-inline-color has-black-color">Invitamos a los operadores del Canal de Denuncias a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos existentes en el mer</span></a>cado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
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		<title>COMPLIANCE PENAL. BENEFICIOS FRENTE A LOS GRUPOS DE INTERÉS</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Nov 2023 11:59:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con frecuencia el único argumentario que se ofrece a una empresa en la presentación de un proyecto de compliance se limita al de la exoneración de la responsabilidad penal y al alejamiento de posibles sanciones. Es cierto que el compliance penal tiene como objetivo principal evitar o minimizar la responsabilidad penal de la organización y [&#8230;]</p>
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<p>Con frecuencia el único argumentario que se ofrece a una empresa en la presentación de un proyecto de compliance se limita al de la exoneración de la responsabilidad penal y al alejamiento de posibles sanciones.</p>



<p>Es cierto que el compliance penal tiene como objetivo principal evitar o minimizar la responsabilidad penal de la organización y sus representantes; sin embargo, un modelo de cumplimiento es mucho más que un salvoconducto. Su implementación aporta importantes beneficios ante los grupos de interés. Los más significativos son los siguientes:</p>



<ul><li>Fortalece las relaciones con los proveedores.</li><li>Aumento de la confianza y la fidelidad de los clientes.</li><li>Mejora la imagen y la reputación de la organización.</li><li>Disminuye la incertidumbre de terceros a la hora de realizar transacciones de importancia.</li><li>Mejora el posicionamiento en las transacciones internacionales ya que los sistemas de gestión de compliance se basan en reglas aceptadas internacionalmente. Lo que se traduce en nuevas oportunidades de negocio.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Que corresponde al profesional responsable de la implementación de un manual de compliance empoderar a la dirección de la empresa acerca del valor de la implementación de un modelo de cumplimiento.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que &#8220;aquí estamos para ayudarte&#8221;<a>.</a></p>



<p></p>



<p></p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Cultura empresarial de buenas prácticas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Sep 2023 09:32:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley 2/2023 que obliga a implementar un Canal de Denuncias a aquellas organizaciones que cuenten con 50 o más empleados ofrece una oportunidad para mejorar la cultura empresarial.&#160; Por cultura empresarial ha de entenderse el conjunto de valores, creencias, normas de actuación y hábitos de comportamiento que son compartidos por todos los miembros de [&#8230;]</p>
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<p>La Ley 2/2023 que obliga a implementar un Canal de Denuncias a aquellas organizaciones que cuenten con 50 o más empleados ofrece una oportunidad para mejorar la cultura empresarial.&nbsp;</p>



<p>Por cultura empresarial ha de entenderse el conjunto de valores, creencias, normas de actuación y hábitos de comportamiento que son compartidos por todos los miembros de la organización y que influyen en su forma de entender el trabajo y en su forma de relacionarse con la propia empresa, con los clientes, con los proveedores y con la sociedad en general.</p>



<p>Una cultura empresarial fundada en la ética, en las buenas prácticas y en los principios de cumplimiento aporta importantes beneficios:</p>



<ul><li>Aumenta la confianza, el compromiso y la satisfacción de los empleados.</li><li>Mejora la imagen y la reputación de la organización.</li><li>Minimiza los riesgos legales, financieros y reputacionales.</li><li>Fomenta la innovación, la calidad y la competitividad de la empresa.</li><li>Atrae y retiene el talento.</li><li>Fortalece el sentimiento de pertenencia.</li><li>Vigoriza el trabajo en equipo.</li><li>Consolida el principio de mejora continua.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que el Canal de Denuncias aporta un gran valor a cualquier organización: una visión corporativa clara, unos valores compartidos, una comunicación fluida, un liderazgo inspirador y una permanente búsqueda del trabajo bien hecho.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “ahí estamos para ayudarte”.</p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Derecho al anonimato</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Jun 2023 07:05:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Software canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El derecho al anonimato del denunciante El preámbulo de la Ley 2/2023 destaca que se permite la denuncia anónima y la obligación de mantener al informante en el anonimato. Se trata de una cuestión controvertida que ha merecido el reproche de no pocos juristas ya que la denuncia anónima permite la difamación, la calumnia y [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>El derecho al anonimato del denunciante</strong></p>



<p>El preámbulo de la Ley 2/2023 destaca que se permite la denuncia anónima y la obligación de mantener al informante en el anonimato.</p>



<p>Se trata de una cuestión controvertida que ha merecido el reproche de no pocos juristas ya que la denuncia anónima permite la difamación, la calumnia y sus graves consecuencias para el denunciado sin riesgo para el denunciante de ser identificado. Es decir, sin consecuencias legales para quien de manera maliciosa formule una denuncia falsa.</p>



<p>Con ello, ya con anterioridad a la regulación expresa de la Ley 2/2023 del derecho al anonimato, el Tribunal Supremo ha venido considerando válida este tipo de denuncias anónimas.</p>



<p>A tal efecto, el Canal de Denuncias deberá ofrecer al informante el derecho a preservar el anonimato de su identidad personal.</p>



<p>Se trata de una opción del denunciante que podrá ser ejercida por éste mediante la comunicación interna de los hechos que pudieren constituir una infracción del ordenamiento jurídico sin necesidad de identificarse.</p>



<p>Aun cuando se trata de un derecho del ciudadano que no impide la investigación objetiva de los hechos denunciados, lo cierto es que la gestión de una denuncia anónima presenta desafíos importantes:</p>



<ul><li>Dificultad para obtener información adicional del denunciante.</li><li>Dificultad para verificar la veracidad de la denuncia.</li><li>Dificultad para proteger al denunciante de posibles represalias.</li><li>Dificultad para tomar medidas disciplinarias contra los responsables de las represalias.</li></ul>



<p>El sistema establecido por la empresa para la gestión de las denuncias deberá contener el protocolo que garantice el anonimato del denunciante y tomar medidas como:</p>



<ul><li>Garantizar la reserva de la identidad del informante durante todo el proceso de gestión de la denuncia.</li><li>Asegurarse que el sistema tecnológico utilizado por gestor de la denuncia dispone de las medidas de seguridad necesarias para preservar el anonimato del denunciante.</li><li>Informar al denunciante anónimo que dispone de la opción de denunciar de forma anónima.</li></ul>



<p><strong>El derecho a la confidencialidad del denunciante y de las partes involucradas</strong></p>



<p>El sistema establecido por la empresa para la gestión de las denuncias deberá contener, además de la opción del anonimato, la opción de que el denunciante revele su identidad. En estos casos impera el deber de confidencialidad.</p>



<p>El derecho a la confidencialidad en el canal de denuncias se regula mediante la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Esta ley establece que los datos personales recopilados en el canal de denuncias (de todas las partes implicadas) deben ser tratados con confidencialidad y solo pueden ser utilizados para los fines previstos en la ley.</p>



<p>La empresa deberá establecer medidas adicionales para proteger la confidencialidad de los empleados que informan sobre posibles irregularidades. Algunas de estas medidas pueden ser:</p>



<p>La implementación de un sistema de seguimiento para garantizar que se tomen medidas adecuadas en respuesta a la denuncia.</p>



<ul><li>Capacitación de los empleados sobre cómo presentar una denuncia y cómo se manejará la información.</li><li>Establecimiento de un proceso claro para investigar las denuncias y tomar medidas adecuadas.</li><li>Establecimiento de un proceso seguro para informar sobre los resultados de la investigación.</li><li>Limitación del acceso a la información relacionada con la denuncia a aquellas personas que necesitan conocerla para llevar a cabo la investigación.</li><li>Proporcionar información clara y transparente sobre los derechos y responsabilidades del denunciante y de todas las partes involucradas.</li></ul>



<p>Las sanciones que cabe imponer por infringir el deber de confidencialidad pueden variar según las circunstancias específicas del caso, sin descartar las consecuencias de las acciones legales que pudiere interponer quien viere vulnerado el derecho de confidencialidad. .</p>



<p>En general, las empresas pueden tomar medidas disciplinarias contra los empleados que incumplen el deber de confidencialidad.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Por qué decimos que el check-list en un modelo de Compliance es esencial</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/30/por-que-decimos-que-el-check-list-en-un-modelo-de-compliance-es-esencial/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=por-que-decimos-que-el-check-list-en-un-modelo-de-compliance-es-esencial</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Mar 2023 09:31:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Una de las razones por las que la empresa toma la determinación de implementar un programa de compliance es la necesidad estratégica de mitigar el riesgo penal en su organización. ¿Qué metodología proponemos para una Pyme? El profesional de compliance iniciará su trabajo con el análisis del organigrama funcional de la compañía y la descripción [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Una de las razones por las que la empresa toma la determinación de implementar un programa de compliance es la necesidad estratégica de mitigar el riesgo penal en su organización.</p>



<p><strong>¿Qué metodología proponemos para una Pyme?</strong></p>



<p>El profesional de compliance iniciará su trabajo con el análisis del organigrama funcional de la compañía y la descripción de las actividades ordinarias que realiza a diario cada departamento de la organización.</p>



<p>Hecho esto, proponemos que se realice un Check-list que nos permita identificar qué actividades pueden tener implícita una acción de riesgo penal.<strong></strong></p>



<p><strong>¿Cómo hacemos el Check-List?</strong></p>



<p>Somos partidarios de no dejar a la improvisación del profesional de compliance la exploración de las preguntas que habrán de ser formuladas en la importante tarea de identificar estas acciones de riesgo.</p>



<p>Proponemos ayudarle mediante un test de más de 1100 preguntas predefinidas que serán formuladas a cada responsable de departamento o área funcional de la empresa.</p>



<p>Preguntas que se hallan vinculadas a la particular actividad del departamento interrogado y a los más de 40 tipos delictivos que contempla el Código Penal en la responsabilidad penal de la persona jurídica.</p>



<p>Según sea el grado de exposición al riesgo, será definido su grado de recurrencia y probabilidad.</p>



<p>Además, la plataforma deja abierta la posibilidad de formular nuevas preguntas no predefinidas que puedan ser consideradas de interés por el profesional.</p>



<p><strong>La función del Check-list.</strong></p>



<p>El Check-list cobra una gran relevancia en la plataforma de Compliancers y es de suma importancia que todo el interrogatorio sea llevado a cabo con un escrupuloso rigor profesional, con el fin de estar seguros de que la pregunta ha sido comprendida y de que la respuesta es la adecuada. Prescindir del análisis riguroso producirá un mal programa de compliance.</p>



<p>El software de Compliancers genera una serie de informes, mediante un administrador de flujos que gestiona las respuestas ofrecidas y permite automatizar los resultados de forma personalizada para cada departamento de la empresa. Estos informes son, resumidamente los siguientes:</p>



<ul><li>Informe de Actividades de Riesgo.</li><li>Mapa del Grado de Recurrencia.</li><li>Informe de Conductas de Riesgo.</li><li>Mapa del Grado de Severidad.</li><li>Mapa de Calor.</li><li>Informe de Políticas Corporativas. Obligaciones y prohibiciones.</li><li>Informe de Procedimientos y Directrices.</li><li>Acciones de Supervisión y Control.</li></ul>



<p><strong>La función del abogado</strong></p>



<p>La función del abogado responsable y director del proceso de implementación de un manual de cumplimiento es de suma importancia en la medida que es su conocimiento de la ley y de la singularidad de la empresa cliente la que le permitirá asegurarse de que:</p>



<ul><li>Han sido revisados todos los tipos delictivos de los que podría responder penalmente la compañía y sus órganos de administración. En Compliancers tratamos 43 tipos delictivos.</li><li>Han sido formuladas todas las preguntas predefinidas a cada departamento funcional de la empresa.</li><li>Ha añadido aquellas preguntas que considera necesarias en el caso concreto.</li><li>Las respuestas han sido ofrecidas tras un adecuado proceso de comprensión.</li></ul>



<p>Animamos al abogado a que se empodere del concepto de compliance y transmita al empresario &#8211; un paso por delante y desde su iniciativa personal &#8211; el valor de un modelo de compliance.</p>



<p>Nosotros le decimos que “estamos ahí para ayudarle”.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Es cierto que los pequeños y medianos despachos de abogados se sienten amenazados?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/21/es-cierto-que-los-pequenos-y-medianos-despachos-de-abogados-se-sienten-amenazados/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=es-cierto-que-los-pequenos-y-medianos-despachos-de-abogados-se-sienten-amenazados</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Mar 2023 07:34:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Según las últimas estadísticas conocidas en el sector de despachos y asesorías de nuestro país, se contabilizan cerca de 160.000 despachos que prestan servicios legales. Se consideran ”grandes despachos” aquellos que cuentan con más de 50 empleados. Estos rondan la cifra de 200. El resto son pequeños y medianos despachos. Uno de los signos distintivos [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/03/21/es-cierto-que-los-pequenos-y-medianos-despachos-de-abogados-se-sienten-amenazados/">¿Es cierto que los pequeños y medianos despachos de abogados se sienten amenazados?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Según las últimas estadísticas conocidas en el sector de despachos y asesorías de nuestro país, se contabilizan cerca de 160.000 despachos que prestan servicios legales.</p>



<p>Se consideran ”grandes despachos” aquellos que cuentan con más de 50 empleados. Estos rondan la cifra de 200. El resto son pequeños y medianos despachos.</p>



<p>Uno de los signos distintivos de estas 200 grandes firmas de abogados y consultores es que el perfil tradicional de sus clientes está definido por lo que se ha dado en llamar “gran empresa” que en nuestro país son algo más de 5000, a las que prestan servicios globales con excelentes servicios y elevadas facturas de honorarios profesionales.</p>



<p>De tal manera que la pyme no ha estado en su punto de mira y ésta ha permanecido reservada para los pequeños y medianos despachos.</p>



<p>Sin embargo, la tendencia que se observa en los últimos años es que los nuevos y graves desafíos de sostenibilidad que hoy amenazan a estas grandes firmas están promoviendo el desarrollo de estrategias que los llevan a mordisquear en el segmento de la pyme española. Dicho de otro modo, están compitiendo con los pequeños y medianos despachos profesionales, ofreciendo productos con contenidos y precios alineados con la dimensión de la pequeña y mediana empresa.</p>



<p><strong>¿Están amenazados los pequeños y medianos despachos?</strong></p>



<p>A la vista de lo que ya se está viendo, podría decirse que es acertado apreciar que los enormes recursos (humanos, tecnológicos y financieros) con los que tradicionalmente cuentan los grandes bufetes sí constituyen una amenaza para los pequeños y medianos despachos.</p>



<p>Sin embargo, esta sombría percepción no es válida para aquellos despachos que, tras advertir que el sector legal está siendo objeto de una enorme transformación, están pisando el acelerador y evolucionan hacia su propia transformación.</p>



<p>Es una evidencia que los servicios jurídicos se han transformado de una manera espectacular en los últimos años; de tal forma que el despacho profesional solo tiene dos opciones: transformarse o agonizar.</p>



<p>Estamos hablando de lo que se ha dado en llamar los ALSP (Alternative Legal Services Providers). Es decir, operadores del sector jurídico que presentan servicios legales desde un enfoque no tradicional, atentos a las nuevas necesidades del mercado, rompiendo las reglas del juego y con vocación de convertirse en socios estratégicos de la empresa y de involucrarse en su gestión.</p>



<p>En efecto, áreas de trabajo legal que hasta pocos años no existían están ocupando un espacio y ganando protagonismo en las tasas de crecimiento del sector.</p>



<p><strong>Las fortalezas de los pequeños y medianos despachos.</strong></p>



<p>Los pequeños y medianos despachos cuentan con sus propias fortalezas &nbsp;&nbsp;con las que poder competir de manera ventajosa frente a los grandes bufetes:</p>



<ul><li>La relación cercana con sus clientes como aspecto diferencial de la lejanía que se ofrece desde las grandes firmas.</li><li>La flexibilidad y la rapidez de movimientos para adaptarse que nunca tienen las grandes firmas.</li><li>La accesibilidad a la tecnología que ha dejado de ser exclusiva de las grandes firmas. Ya es accesible a los pequeños y medianos despachos con unos costes que ya son asumibles.</li><li>La empatía con la familia empresaria – esencia de la pyme – en la prematura detección de sus necesidades.</li><li>La resistencia de las pymes a ser asesoradas por profesionales que transitan de una marca a otra, de un despacho a otro, sin conectar con las verdaderas necesidades de sus clientes.</li><li>Los bajos costes que le permiten alinear las facturas de honorarios al perfil de las pymes.</li><li>La universalidad en el acceso a determinadas áreas de especialidad a través del uso de herramientas tecnológicas de bajo coste y en el acceso a la formación e-learning. Inmediatez y bajos costes.</li></ul>



<p>Estas fortalezas están siendo utilizadas por un buen número de despachos y de tal manera reaccionan de manera rápida y proactiva ante esta supuesta amenaza. Muchos de estos despachos de reducida dimensión están siendo exitosos.</p>



<p><strong>El compliance como instrumento de penetración de las grandes firmas en el segmento de la pyme.</strong></p>



<p>Sucede que los pequeños y medianos despachos orientan su actividad al segmento de las pymes.</p>



<ul><li>¿Puede suceder que las grandes firmas hayan descubierto que el compliance es un servicio que les abre la puerta de las pymes?</li><li>¿Puede suceder que, una vez que la gran firma ha entrado en la vida de una pyme, amenaza con quedarse con ella para prestarle otros servicios?</li><li>¿Puede suceder que sean muchos los pequeños y medianos despachos los que se sientan amenazados por esta realidad?</li></ul>



<p><strong>El compliance penal no es exclusivo de los grandes bufetes.</strong></p>



<p>En el marco de la actual transformación de los servicios legales, la “gestión del riesgo” se ha manifestado como una de las principales áreas de trabajo.</p>



<p>Son numerosas las áreas de prevención de riesgos las que hoy son tratadas por las grandes firmas de abogados con el mensaje de que son disciplinas reservadas exclusivamente para ellos.</p>



<p>Si bien es cierto que durante mucho tiempo han sido embajadores de la exclusividad de ciertos servicios, no es menos cierto que el escenario actual se ha transformado de manera muy relevante. El fácil acceso a las tecnologías por parte de los operadores jurídicos de reducida dimensión sitúa a los pequeños y medianos despachos en el lugar adecuado para competir con las grandes firmas. Y (…) ya lo están haciendo como respuesta a la percepción de amenaza que es observada.</p>



<p><strong>El compliance penal como estrategia de crecimiento.</strong></p>



<p>Estamos hablando del “compliance penal” como uno de los productos estrella que tradicionalmente y desde el año 2015 han sido ofertados por los bufetes de élite con el santo y seña de su exclusividad y que hoy ya son ofertados por los pequeños y medianos despachos.</p>



<p>Y es así gracias al acceso a las nuevas tecnologías del que disponen los medianos despachos.</p>



<p>Tanto que ya son muchos los que han perdido el miedo a incorporar en su porfolio el compliance penal; de manera que éste se está manifestando como un servicio legal que está siendo abordado cada día por un mayor número de despachos de reducida dimensión y que les está aportando:</p>



<ul><li>Protección de su cartera de clientes.</li><li>Crecimiento orgánico.</li><li>Solvencia profesional.</li><li>Fidelización del cliente.</li><li>Consistencia.</li><li>Resultados en su cuenta de PyG.</li></ul>



<p><strong>¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Que los despachos de reducida dimensión se empoderen de que la transformación del sector , lejos de convertirse en una amenaza, es una oportunidad.</p>



<p>Somos partidarios de pensar que la transformación no es tarea fácil, pero no hay otra alternativa.</p>



<p>¡El momento es ahora!</p>



<p>Proponemos ayudarles con un software de gestión integral de programas de compliance intuitivo y de fácil usabilidad para que avancen en su andadura de transformación y puedan desarrollar de una manera ordenada, estructurada y sistematizada un programa de compliance penal a sus clientes pymes.</p>



<p>El software “Tirant Compliancers” presenta:</p>



<ul><li>Versión para la micro-pyme.</li><li>Versión para la pyme de tamaño mediano o grande.</li></ul>



<p>Les ofrecemos nuestro soporte de ayuda tanto en el ámbito tecnológico como en el de contenido jurídico, atendiendo sus consultas y resolviendo sus dudas.</p>



<p>Por nuestra parte, les decimos que “ahí estamos para ayudarles”.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/03/21/es-cierto-que-los-pequenos-y-medianos-despachos-de-abogados-se-sienten-amenazados/">¿Es cierto que los pequeños y medianos despachos de abogados se sienten amenazados?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<title>Buenas noticias para el universo Compliance de las pymes</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/01/24/buenas-noticias-para-el-universo-compliance-de-las-pymes/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=buenas-noticias-para-el-universo-compliance-de-las-pymes</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jan 2023 07:40:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE LOS MECANISMOS DE CONTROL EN UN COMPLIANCE DEBEN SER PROPORCIONALES A LA DIMENSION DE LA SOCIEDAD Hemos conocido la Sentencia nº 894/2022 de 16 de noviembre del Tribunal Supremo que declara que los mecanismos de supervisión en la prevención de delitos en la persona jurídica deben estar en relación con [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/01/24/buenas-noticias-para-el-universo-compliance-de-las-pymes/">Buenas noticias para el universo Compliance de las pymes</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE LOS MECANISMOS DE CONTROL EN UN COMPLIANCE DEBEN SER PROPORCIONALES A LA DIMENSION DE LA SOCIEDAD</strong></p>



<p>Hemos conocido la Sentencia nº 894/2022 de 16 de noviembre del Tribunal Supremo que declara que los mecanismos de supervisión en la prevención de delitos en la persona jurídica deben estar en relación con la dimensión de la empresa.</p>



<p>Dicho de otro modo: una microempresa no deberá ser imputada penalmente cuando su reducida estructura y la escasez de sus recursos no son capaces de poner a su disposición los medios necesarios para adoptar y ejecutar mecanismos de supervisión y vigilancia en la prevención de delitos.</p>



<p>Esta sentencia viene a poner en juego el principio de proporcionalidad que se inspira en el art. 31bis del Código Penal y en la Circular 01/2016 de la Fiscalía General de Estado que preconizan su aplicación y, en consecuencia, suaviza el marco de la responsabilidad penal para aquellas empresas que por su reducido tamaño no cuentan, ni pueden contar, con los medios necesarios de supervisión y control que sí serían exigibles en todo caso a las organizaciones de mayor dimensión.</p>



<p>Ello, naturalmente, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda ser aplicada a sus órganos de administración y de la responsabilidad civil que es exigible a la propia sociedad.</p>



<p>Bienvenida sea la aplicación real del principio de proporcionalidad.</p>



<p><strong>Lo que proponemos en Tirant Compliancers</strong></p>



<p>Invitamos a los operadores de compliance a que realicen una valoración rigurosa de los medios con los que cuenta su empresa cliente y desarrollen modelos de compliance de manera proporcional a dichos recursos.</p>



<p>No tener en cuenta estos medios es realizar un trabajo ineficaz que solo aportará estrés y ningún resultado de valor.</p>



<p>Ponemos a su disposición diferentes modelos de gestión del compliance que se alinean con el tamaño y los recursos de la empresa y le permiten aplicar el principio de proporcionalidad.</p>



<p>Por nuestra parte, le decimos que “ahí estamos para ayudarle”.</p>
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		<title>Compliance en la Pyme. Instrumentos de supervisión y control</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/01/16/compliance-en-la-pyme-instrumentos-de-supervision-y-control/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=compliance-en-la-pyme-instrumentos-de-supervision-y-control</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2023 08:46:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La disposición de un programa de compliance no exonera por sí sola de la responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración. La base normativa contenida en un manual de cumplimiento es necesaria pero deberá trascender a la pauta de conducta y esta pauta deberá ser objeto de supervisión y control. [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La disposición de un programa de compliance no exonera por sí sola de la responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración.</p>



<p>La base normativa contenida en un manual de cumplimiento es necesaria pero deberá trascender a la pauta de conducta y esta pauta deberá ser objeto de supervisión y control.</p>



<p><strong>¿Cuál es la medida de un plan de supervisión y control?</strong></p>



<p>No existe una regulación legal que defina cuál es contenido y alcance de las acciones de supervisión y control.</p>



<p>Lo que sí regula el art.31bis del Código Penal es que la ausencia de esas acciones de supervisión lleva implícita la aplicación del reproche penal y los consecuentes efectos penales para la empresa y para el propio órgano de administración.</p>



<p><strong>El principio de proporcionalidad</strong></p>



<p>La corpulencia de estas acciones deberá contemplar el principio de proporcionalidad y tener en cuenta factores como el tamaño de la organización y, sobre todo, los recursos financieros y humanos de que dispone.</p>



<p>No hemos de olvidar que estamos hablando de pymes y, por lo tanto, hemos de alienarnos con el principio de proporcionalidad que sugiere la Fiscalía General del estado en su Circular 1/2016. Pues no es exigible a una pyme lo que sí puede exigirse a una gran empresa.</p>



<p><strong>La oportunidad para el profesional de compliance</strong></p>



<p>El profesional de compliance tiene la oportunidad de prestar su colaboración en la gestión de las acciones necesarias para llevar a cabo de manera periódica y continuada la ejecución de las medidas de supervisión y vigilancia que son exigidas por el 31bis del CP.</p>



<p>Somos conscientes de la enorme dificultad que entraña realizar un buen trabajo en matera de supervisión y control.</p>



<p><strong>¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Ayudar al profesional para que de una manera ordenada, estructurada y sistematizada pueda llevar a cabo de manera exitosa un plan de seguimiento de los programas de compliance que haya implementado en sus empresas cliente.</p>



<p>¿Cómo lo hacemos? Con un solo click desde tu despacho.</p>



<p>El software “Tirant Compliancers” permite actuar de la siguiente forma:</p>



<p><strong>Micro-pymes. Controles Preventivos. Plan de Comunicación.</strong></p>



<p>Aquellas que no disponen de demasiados recursos humanos y financieros.</p>



<ul><li>El sistema genera de manera automática la emisión periódica de un email a cada integrante de la organización en el que se le recuerdan las obligaciones y prohibiciones que le afectan en relación con el modelo de compliance aprobado por la empresa.</li><li>El miembro de la organización recibe estas comunicaciones de forma personalizada y atendiendo exclusivamente a aquellos riesgos penales que le afectan según sus concretas funciones de trabajo del día a día encomendadas por la empresa.</li><li>El sistema Compliancers reporta mensualmente el destino de estos emails, quién lo ha recibido y leído y quién no, etc. de tal manera que el profesional puede reportar con idéntica periodicidad a su cliente el resultado de esta acción de comunicación.</li></ul>



<p><strong>Pymes de tamaño medio o grande. Controles de Acción.</strong></p>



<p>Aquellas que cuentan con responsables de departamento capaces e intervenir en el seguimiento del compliance. Además del Plan de Comunicación pueden valerse del sistema de Compliancers con un Plan de Acción:</p>



<ul><li>El sistema genera de manera automática la emisión periódica de un email a cada responsable de departamento en el que se le indican qué acciones debe ejecutar en relación con las políticas aprobadas en el modelo de compliance con el fin de asegurar su cumplimiento.</li><li>El responsable del departamento recibe estas comunicaciones de forma personalizada y atendiendo exclusivamente a aquellos riesgos penales que le afectan según las funciones de trabajo encomendadas a su departamento por la organización.</li><li>El sistema Compliancers aporta unas fichas de ayuda para gestionar las acciones llevadas a cabo y monitorizar el resultado de estas gestiones.</li><li>El sistema Compliancers reporta mensualmente el destino de estos emails, quién lo ha recibido y leído quién no, etc. de tal manera que el profesional puede reportar con idéntica periodicidad a su cliente el resultado de esta acción de comunicación.</li></ul>



<p>Por nuestra parte, le decimos que “ahí estamos para ayudarle”.</p>
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		<title>El Compliance como cultura de empresa</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/01/10/el-compliance-como-cultura-de-empresa/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=el-compliance-como-cultura-de-empresa</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Jan 2023 07:46:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El programa de compliance acostumbra a ser considerado por los líderes de las organizaciones como “una imposición legal”. Diría más todavía, como una “nueva obligación” que se añade a otras muchas – complejas y de alto coste – que devienen de lo que hoy se ha dado en llamar la autorregulación regulada. De igual manera, [&#8230;]</p>
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<p>El programa de compliance acostumbra a ser considerado por los líderes de las organizaciones como “una imposición legal”. Diría más todavía, como una “nueva obligación” que se añade a otras muchas – complejas y de alto coste – que devienen de lo que hoy se ha dado en llamar la autorregulación regulada.</p>



<p>De igual manera, puede afirmarse que una buena parte de estos lideres perciben el programa de compliance con una exclusiva función negativa: evitar que los integrantes de la empresa cometan delitos de los que pueda derivarse la responsabilidad penal a la propia empresa y a sus órganos de administración.</p>



<p>Sin embargo, somos partidarios de pensar que un modelo de cumplimiento tiene una misión eminentemente positiva que se orienta a empoderar a la empresa de una cultura basada en principios éticos y en valores inspirados en el cumplimiento de la legalidad. Todos sus integrantes y quienes se relacionan con la organización perciben su alineamiento con las buenas prácticas.</p>



<p>Un modelo de cumplimiento está llamado a formar parte del ADN de la compañía hasta el punto de que modela sus señas de identidad, haciéndolas visibles en su propia marca.</p>



<p><strong>Lo que nos dicen nuestros licenciatarios.</strong></p>



<p>Nos cuentan nuestros licenciatarios que el “argumento del miedo” no da buenos resultados. Nos dicen que los programas de compliance que surgen con la única función de evitar la responsabilidad penal por delitos que pudieren ser cometidos por los empleados, suelen quedar colgados en las estanterías y nunca se integran en la estrategia empresarial.</p>



<p>Por el contrario, aquellas empresas que aprecian la importancia de la ética y de la observancia de la legalidad, vienen a experimentar que el compliance les ha aportado una serie de valores tales como el fortalecimiento de la conciencia corporativa en el cumplimiento normativo y el compromiso de todos sus integrantes con la cultura corporativa de ética empresarial. A este grupo de empresas pertenecen aquellas que se proyectan a su sostenibilidad y a la mejora continua.</p>



<p><strong>La misión del abogado de empresa.</strong></p>



<p>No nos cansaremos de decir que la misión del abogado – consultor es liderar desde su cultura jurídica el proceso de implementación del sistema de cumplimiento e inspirar a los líderes de la organización a su empoderamiento con los principios de cumplimiento y buenas prácticas y de promover y fomentar el compromiso de todos sus integrantes: directivos y empleados.</p>



<p>Animamos al abogado de empresa a que asuma este compromiso y se esfuerce por transmitir al empresario &#8211; un paso por delante y desde su iniciativa personal &#8211; el valor de un modelo de Compliance.</p>



<p>Por nuestra parte, le decimos que “ahí estamos para ayudarle”.</p>
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		<item>
		<title>¿Cuál es la función del abogado en la empresa en materia de formación interna?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/01/02/cual-es-la-funcion-del-abogado-en-la-empresa-en-materia-de-formacion-interna/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=cual-es-la-funcion-del-abogado-en-la-empresa-en-materia-de-formacion-interna</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Jan 2023 10:13:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recientes estudios sobre el grado de implementación de los programas de compliance en la empresa ponen de manifiesto que, con la excepción de las grandes compañías, son muy pocas empresas españolas las que han tomado conciencia de la importancia de gestionar los procesos de formación interna en materia de cumplimiento normativo. Es cierto que la [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/01/02/cual-es-la-funcion-del-abogado-en-la-empresa-en-materia-de-formacion-interna/">¿Cuál es la función del abogado en la empresa en materia de formación interna?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Recientes estudios sobre el grado de implementación de los programas de compliance en la empresa ponen de manifiesto que, con la excepción de las grandes compañías, son muy pocas empresas españolas las que han tomado conciencia de la importancia de gestionar los procesos de formación interna en materia de cumplimiento normativo.</p>



<p>Es cierto que la pequeña y mediana empresa está avanzando de una manera progresiva en la implementación de programas de compliance.</p>



<p>Sin embargo, es más cierto que son muy pocas las que, una vez tienen implementado un manual de compliance, llevan a cabo un programa eficaz de formación interna para sus empleados y directivos.</p>



<p><strong>La formación interna de compliance a empleados no es una opción. Es una obligación.</strong></p>



<p>Quien advirtió en su día la importancia de implementar un programa de compliance hasta el punto de llevarlo a cabo en el seno de su empresa debió ser advertido de que no serviría de nada – absolutamente de nada – si no era seguido de un plan de formación interna para sus integrantes.</p>



<p>Solo la formación interna a empleados y directivos puede garantizar la identificación y la prevención de los riesgos de cometer un delito que comprometa a la propia compañía y a sus órganos de administración.</p>



<p>Con ser habitual que las empresas implementen modelos de cumplimiento para salvaguardarse de posibles sanciones, somos partidarios de pensar que el objetivo de un plan de formación interna en materia de compliance no debe ser entendido como una simple fórmula para evitar sanciones.</p>



<p>Somos partidarios de pensar que aplicar recursos a la formación interna de compliance es invertir en reputación, en seguridad jurídica, en mejora continua, en retención del talento, en crecimiento, en sentimiento de pertenencia y, en definitiva, en valor de la marca.</p>



<p><strong>El valor de la cultura corporativa.</strong></p>



<p>La empresa – por su propia naturaleza – es un conjunto de ideas, proyectos y actuaciones que transita de manera permanente y creciente en el riesgo continuo de incumplimiento: financiero, contable, legal, penal, fiscal, laboral, igualdad, salud, protección de datos, medioambiente, etc.</p>



<p>Y es por ello por lo que el nuevo management considera prioritario la gestión del riesgo y pone en valor la cultura corporativa como instrumento para su mitigación.</p>



<p>La cultura corporativa ha de alimentarse de los procesos de educación y de formación a todos los integrantes de la organización.</p>



<p>Un modelo de compliance está llamado a ser la herramienta que empodere a cada empleado sobre el contenido y alcance de sus acciones del día a día y ello no será posible si la empresa se limita a guardar en un cajón un montón de papeles encuadernados, sin tener en cuenta un plan permanente, actualizado y personalizado de formación que informe a todos los integrantes de la organización de los riesgos de cometerse un delito en el seno de la empresa y de sus graves consecuencias.</p>



<p><a><strong>El papel del abogado en la aportación de la cultura de formación.</strong></a></p>



<p>Somos partidarios de pensar que el valor del abogado de empresa es su compromiso con la formación en materia de compliance a todos sus integrantes.</p>



<p>El abogado de empresa deberá ir más allá de desarrollar modelos de cumplimiento para sus empresas cliente y retirarse a sus cuarteles de invierno. Cumplirá con su compromiso profesional si planifica y ejecuta procesos de formación interna en materia de cumplimiento normativo.</p>



<p><strong>La propuesta de Tirant Compliancers.</strong></p>



<p>Somos conscientes de que no es fácil ejecutar programas de formación que resulten posibles, agiles y eficaces.</p>



<p>Hemos dado una respuesta a este desafío. La respuesta es la formación E-learning para aquellas empresas y profesionales que trabajan con nuestra plataforma de compliance porque eso hace posible poner el foco en el mapa de riesgos que afecta a cada empresa en particular y en atención individualizada a cada uno de sus departamentos funcionales.</p>



<p>El resultado es que tratamos a cada empresa en función de sus particulares actividades de riesgo y se forma a cada empleado en aquello que realmente le afecta y le concierne en función de su trabajo en el seno de la organización.</p>



<p>Somos partidarios de pensar que una formación generalista – igual para todos – no alcanza su objetivo.</p>



<p>Cada empresa tiene sus actividades específicas de riesgo en función de su actividad, de su estructura, del sector y de sus procesos de trabajo; De igual manera, cada empleado realiza una actividad específica y queda sometido al riesgo inherente a su trabajo diario; riesgo que es sustancialmente diferente del riesgo de otros compañeros.</p>



<p>Actividades y conductas de riesgo propias que deben ser contempladas por el programa de formación desde la singularidad y ello es posible con la formación E-learning diseñada por Tirant Compliancers.</p>



<p>Te invitamos a navegar por nuestra web <a href="http://www.compliancers.es">www.compliancers.es</a> y conocer de qué manera puedes resolver el desafío de la formación en Compliance a los empleados de tus empresas cliente.</p>
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		<item>
		<title>¿Qué puede aportar el abogado a la cultura corporativa de su empresa cliente?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/12/28/que-puede-aportar-el-abogado-a-la-cultura-corporativa-de-su-empresa-cliente/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=que-puede-aportar-el-abogado-a-la-cultura-corporativa-de-su-empresa-cliente</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Dec 2022 07:49:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El mundo empresarial, nunca como hasta ahora, ha tenido a su disposición tantas herramientas de management que le faciliten en tiempo real toda la información que precisa. Una de las características más relevantes de las nuevas tecnologías es que son accesibles para cualquier empresa. Hoy, empresas de reducida dimensión tienen a su disposición por un [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/12/28/que-puede-aportar-el-abogado-a-la-cultura-corporativa-de-su-empresa-cliente/">¿Qué puede aportar el abogado a la cultura corporativa de su empresa cliente?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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<p>El mundo empresarial, nunca como hasta ahora, ha tenido a su disposición tantas herramientas de management que le faciliten en tiempo real toda la información que precisa.</p>



<p>Una de las características más relevantes de las nuevas tecnologías es que son accesibles para cualquier empresa. Hoy, empresas de reducida dimensión tienen a su disposición por un precio razonable tecnologías como el ERP, el CRM, el Power Business Inteligent, el Power Automate, el RPA, Business processes, intranet, big data y todo un ecosistema tecnológico.</p>



<p>Nadie pone en duda que la transformación tecnológica es hoy una necesidad. La pregunta clave es ¿puede la tecnología sustituir a las personas?</p>



<p>Los activos de la empresa son importantes, como lo es la tecnología; pero lo realmente relevante y lo que marca la diferencia es la intervención de las personas.</p>



<p>Bienvenido sea el nuevo management que contempla la dimensión humana y que pone el foco en las personas hasta considerarlas como el mayor activo de la empresa y situarlas en el centro de toda organización.</p>



<p><strong>El valor de la cultura corporativa.</strong></p>



<p>El nuevo management se enfoca a las personas y a su capacidad para realizar aportaciones de valor que nunca podrán realizar las tecnologías.</p>



<ul><li>Personas como la suma de capacidades.</li><li>Personas como estrategias.</li><li>Personas como visión de un propósito común.</li><li>Personas como base del aprendizaje dirigido al propósito.</li></ul>



<p>La aportación de las personas, más allá de compartir principios y objetivos, es crear valor a la cultura corporativa.</p>



<p>Si entendemos que cultura corporativa es el conjunto de normas, valores, principios, creencias, acciones, pensamientos y sentimientos que son compartidos por los integrantes de una empresa, podemos afirmar que el valor de las personas se cuece en y para la cultura corporativa.</p>



<p><strong>La propuesta de valor del cumplimiento normativo.</strong></p>



<p>La denominada regulación auto-regulada, tan de moda de un tiempo a esta parte, pone de manifiesto dos cosas:</p>



<ul><li>El empresario está sometido a una cascada permanente de normas, obligaciones y amenazas por su incumplimiento.</li><li>El empresario que lea cada día el BOE no dispondrá de tiempo para ejercer de empresario.</li></ul>



<p>Es en este cotidiano escenario del cumplimiento normativo que el abogado proactivo tiene una gran misión: empoderar a la compañía sobre el valor de establecer políticas de cumplimiento normativo que, más allá de evitar sanciones, generen cultura corporativa.</p>



<p><strong>El papel del abogado en la aportación de cultura corporativa.</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que el valor del abogado de empresa es su capacidad de detectar – antes de que lo pida la empresa – qué es lo que no tiene que debería tener y dar respuestas que aporten valor.</p>



<p>La capacidad técnica del profesional para dar respuestas se da por supuesta. La diferencia entre el abogado reactivo y el proactivo se encuentra en que el primero espera a que la empresa señale una necesidad y actúa cuando es solicitado y el proactivo la detecta antes que nadie y propone respuestas antes de ser solicitado.</p>



<p>El abogado de empresa de los tiempos actuales deberá romper con sus cómodas inercias y poner al cliente en el centro.</p>



<p>Su principal objetivo es desaprender la manera en que ha venido ejerciendo su profesión y aprender que debe abandonar las cómodas inercias del pasado.</p>



<p>Ya tenemos dicho en Newsletters anteriores que la profesión de abogado está siendo objeto de una transformación radical. El abogado que aspira a crecer es aquel que es fundamentalmente proactivo, que conecta con el negocio de su cliente, que camina un paso por delante de sus conflictos y desafíos y que ayuda a crecer a su cliente. Una manera de hacerlo es aportar cultura corporativa.</p>



<p>Este tipo de abogado nunca será considerado por el volumen de sus facturas, como sucede con cualquier coste. Al contrario, se convierte en un activo diferencial para la empresa.</p>



<p><strong>Lo que el compliance aporta a la cultura corporativa.</strong></p>



<p>El compliance ha de ser entendido por el abogado como una excelente herramienta que se inspira desde la proactividad y de la determinación de ayudar al cliente en la consolidación de la cultura corporativa.</p>



<p>A nivel interno, la cultura corporativa provoca sentido de pertenencia de todos los integrantes de la empresa lo que aporta compromiso, motivación y retención de talento.</p>



<p>A nivel externo, promueve la transmisión a los stakeholders de la personalidad de la compañía y su manera de hacer las cosas, lo que aporta confianza y un elemento diferenciador.</p>



<p>Animamos al abogado de nuestro tiempo a que se empodere del concepto de Compliance y transmita al empresario &#8211; un paso por delante y desde su iniciativa personal &#8211; el valor de un modelo de Compliance.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/12/28/que-puede-aportar-el-abogado-a-la-cultura-corporativa-de-su-empresa-cliente/">¿Qué puede aportar el abogado a la cultura corporativa de su empresa cliente?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<title>¿Cómo afecta la Ley del &#8220;solo sí es sí&#8221; a la responsabilidad penal de la persona jurídica? La función del abogado de empresa</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/12/26/como-afecta-la-ley-del-solo-si-es-si-a-la-responsabilidad-penal-de-la-persona-juridica-la-funcion-del-abogado-de-empresa/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-afecta-la-ley-del-solo-si-es-si-a-la-responsabilidad-penal-de-la-persona-juridica-la-funcion-del-abogado-de-empresa</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Dec 2022 09:43:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual aprobada por la LO 10/2022, conocida como la ley del “solo el sí es sí”, introduce dos nuevos delitos en el Código Penal español. La relevancia que los medios de comunicación han dado esta reforma del Código Penal y los altavoces instalados en el Ministerio de [&#8230;]</p>
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<p>La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual aprobada por la LO 10/2022, conocida como la ley del “solo el sí es sí”, introduce dos nuevos delitos en el Código Penal español.</p>



<p>La relevancia que los medios de comunicación han dado esta reforma del Código Penal y los altavoces instalados en el Ministerio de Igualdad han logrado que en muy poco tiempo todos sepamos de qué va este nuevo delito y su trascendencia en la vida social del día a día.</p>



<p><strong>¿Cómo afectan estos dos nuevos delitos al mundo empresarial?</strong></p>



<p>Al margen de valoraciones sobre el contenido de la reforma y de su trasfondo político o ideológico, es lo cierto que no es tan conocido el interés que la reforma del Código Penal tiene en el ámbito de la empresa.</p>



<p>Estos dos nuevos tipos delictivos han sido incluidos en la esfera del art. 31bis, de tal manera que cuando sean cometidos por personas que forman parte de la plantilla de la empresa o por personas que realizan funciones de dirección, con independencia de la responsabilidad penal del autor del delito, será llamada a responsabilidad penal la propia empresa y sus órganos de administración.</p>



<p>Dicho de otro modo, se dará el caso de que una persona física será la que comete el delito y otra persona jurídica (la empresa) la que, además, asume la responsabilidad penal y las consecuencias de la actuación de la persona física; transcendiendo éstas a sus representantes legales.</p>



<p>La importancia de la Ley del “Solo el sí es sí” para la empresa es que, si quiere mitigar o eliminar el riesgo de ser imputado por un delito cometido por un tercero, deberá tomar las medidas necesarias para que, llegado el momento en el que se produzca una denuncia por un empleado por un delito de acoso en el seno de la organización, no se vea salpicada y no sufra consecuencias penales.</p>



<p>Estas medidas necesarias consisten en implementar un compliance en la compañía que, entre otros, incluya el control y vigilancia de los riesgos de la comisión de delitos contra la libertad sexual.</p>



<p>Lo que sucede con esta reforma es que se obliga a la empresa – nueva obligación – a elaborar protocolos de prevención de delitos, a gestionar la formación interna a todos los integrantes de la organización y, finalmente, a establecer medidas de supervisión, vigilancia y control.</p>



<p>El fin es muy loable. Sin duda.</p>



<p>Sin embargo, no parece fácil comprender que sea el marco empresarial – saturado hasta el extremo de riesgos y de obligaciones – el que esté llamado a asumir a su cargo el deber de evitar la comisión de determinados delitos hasta el extremo de responder por aquellos que son cometidos por terceras personas.</p>



<p><strong>El abogado de empresa.</strong></p>



<p>No nos cansaremos de repetir que el papel del abogado de empresa ha sufrido una gran revolución en la última década. Ha pasado de ser el profesional que resolvía pleitos y redactaba contratos a formar parte de los procesos de estrategia y de decisión de la empresa.</p>



<p>Esta es una cuestión que deberá pasar por su mesa de trabajo, de tal manera que el cumplimiento normativo se presenta como una de sus principales funciones, siendo su objetivo el de implementar un manual de compliance con el fin de mitigar el grado de exposición al riesgo penal a estos nuevos delitos.</p>



<p>Animamos al abogado de empresa en cualquiera de sus modalidades <a>–</a> in house o externo – a que se empodere del concepto de compliance y transmita desde su iniciativa personal el valor de un modelo de compliance a sus empresas cliente.</p>



<p><a href="http://www.compliancers.es">www.compliancers.es</a></p>
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		<title>Como desarrollar un  programa de Compliance con eficiencia</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/12/20/como-desarrollar-un-programa-de-compliance-con-eficiencia/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-desarrollar-un-programa-de-compliance-con-eficiencia</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Dec 2022 07:35:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El programa de compliance se define como el conjunto de actividades que aspira a prevenir y detectar la comisión de delitos en el ámbito empresarial, de tal manera que puede afirmarse que la gestión del riesgo penal se constituye como una de las prioridades de la dirección de aquellas organizaciones que valoran su consistencia y [&#8230;]</p>
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<p>El programa de compliance se define como el conjunto de actividades que aspira a prevenir y detectar la comisión de delitos en el ámbito empresarial, de tal manera que puede afirmarse que la gestión del riesgo penal se constituye como una de las prioridades de la dirección de aquellas organizaciones que valoran su consistencia y su sostenibilidad.</p>



<p><strong>Lo que nos dicen nuestros licenciatarios.</strong></p>



<p>No son pocos licenciatarios de Tirant Compliancers los nos cuentan que, a menudo, se ven sumergidos en el desafío de tener que asumir las responsabilidades de desarrollar un modelo de compliance para una empresa cliente sin que ésta aplique los recursos necesarios para que finalmente resulte un trabajo eficiente.</p>



<p>A estos licenciatarios solo podemos decirles que el logro de la eficiencia en un programa de compliance debe ser considerado como un ejercicio de enorme relevancia y absolutamente necesario.</p>



<p><strong>¿Cómo lograr la eficiencia de un programa de compliance?</strong></p>



<p>Somos partidarios de pensar que una buena recomendación sería tener en cuenta las siguientes consideraciones:</p>



<ul><li>Aplicación de Recursos. Plantear con claridad a la empresa cliente que ésta deberá aplicar ciertos recursos a la implementación de un programa de cumplimiento normativo. Recursos que van más allá de los invertidos en la factura del abogado encargado de su desarrollo.</li><li>Recursos de tiempo para formación. La empresa deberá asumir la necesidad de que su plantilla de empleados y directivos reciba una formación continua sobre el cumplimiento normativo. Sin dicha formación, el modelo de cumplimiento no pasará de ser un montón de folios encuadernados y colocados sobre una estantería. Para ello, deberá aplicar un tiempo de todos los integrantes de la organización.</li><li>Recursos de tiempo para su seguimiento periódico. La empresa deberá asumir que un programa de compliance no servirá de gran cosa si no se realizan labores periódicas y continuadas de supervisión, vigilancia y control que requieren la aplicación de un cierto tiempo de los responsables de cada departamento.</li><li>Recursos aplicados a asesores externos. Salvo en aquellos casos en los que la empresa disponga de un equipo interno de compliance officers, deberá aplicar una partida presupuestaria anual para contratar servicios externalizados en las funciones de supervisión, vigilancia y control.</li></ul>



<p><strong>La importancia de simplificar tareas que consumen recursos.</strong></p>



<p>Es cierto que, de un tiempo a esta parte, existe una mayor sensibilización en la pyme española por implementar modelos de compliance y su disposición para aplicar recursos es cada día mayor.</p>



<p>Sim embargo, el mayor obstáculo planteado por la empresa para la aplicación de recursos radica en la inversión de sus recursos humanos. Es decir, tiempo para la formación de empleados que han de interrumpir por demasiadas horas su trabajo diario y tiempo de sus responsables de departamentos para aplicar a labores de seguimiento y control.</p>



<p>La contribución de Tirant Compliancers para abordar estas necesidades es nuestro software integral de compliance que aporta valor a la simplificación de tareas que consumen recursos.</p>



<ul><li>Formación online. La respuesta de Tirant Compliancers a este desafío es la configuración de una plataforma de formación E-learning que haga viable de una manera sencilla y eficaz el proceso de formación a todos los integrantes de la organización.</li><li>Seguimiento automatizado. El servicio externalizado permite gestionar con un solo click el proceso de seguimiento periódico en términos de proporcionalidad y eficiencia, reduciendo de forma considerable la aplicación de los recursos humanos internos de la empresa.</li></ul>



<p>Invitamos al abogado &#8211; consultor de compliance a que navegue en la búsqueda y selección rigurosa del software que mejor simplifique tareas complejas que resuelvan de manera eficiente, proporcional y equilibrada el desarrollo integral de un programa de compliance.</p>



<p>Por nuestra parte, le decimos que “ahí estamos para ayudarle”.</p>
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		<title>El Compliance y el consumidor, la función del abogado</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/12/07/el-compliance-y-el-consumidor-la-funcion-del-abogado/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=el-compliance-y-el-consumidor-la-funcion-del-abogado</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Dec 2022 08:28:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La globalización de los mercados ha dado como resultado, entre otros muchos, que la actividad mercantil de nuestro tiempo sea cada día más dinámica y alcance mercados que hasta hace poco parecían inalcanzables. Sistemas de ventas modulares, plataformas CRM, software as a service, programas de inteligencia de ventas, gestión de leads, software CPQ y otros [&#8230;]</p>
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<p>La globalización de los mercados ha dado como resultado, entre otros muchos, que la actividad mercantil de nuestro tiempo sea cada día más dinámica y alcance mercados que hasta hace poco parecían inalcanzables.</p>



<p>Sistemas de ventas modulares, plataformas CRM, software as a service, programas de inteligencia de ventas, gestión de leads, software CPQ y otros muchos modelos tecnológicos más están irrumpiendo cada día en la actividad mercantil de las empresas.</p>



<p><strong>Reclamación de los usuarios.</strong></p>



<p>Con solo leer la prensa cada día, podemos observar que este mayor alcance de la oferta y el dinamismo de las operaciones comerciales está generando un incremento de las reclamaciones de los usuarios; reclamaciones que se encuentran amparadas por el Código Penal y de las que responderá la empresa como persona jurídica con sanciones que pueden llegar a la suspensión de la actividad y sus órganos de administración con penas que pueden llevar la privación de libertad.</p>



<p>Reclamaciones que se vienen concentrando fundamentalmente en:</p>



<ul><li>Publicidad engañosa.</li><li>Estafas.</li><li>Daños contra la salud.</li><li>Protección de datos de carácter personal.</li></ul>



<p><strong>La función del compliance.</strong></p>



<p>Aquella empresa que aspire al crecimiento, a la sostenibilidad &nbsp;y a su consistencia en los mercados deberá ser consciente del alto grado de exposición al riesgo de ser objeto de una imputación penal por delitos cometidos en el seno de su organización por empleados o directivos o, incluso, por personas relacionadas con la cadena de suministro, sin que, en los más de los casos, se sea consciente de ello.</p>



<p>Así puede suceder y así está sucediendo.</p>



<p>Puede suceder y sucede que una imputación penal a la empresa, más allá del resultado final del proceso penal, produce de inmediato un daño reputacional para la marca de tal magnitud que en muchos casos puede llegar a resultar insalvable.</p>



<p>Visto el escenario expuesto, la implementación de un modelo de compliance se constituye como una exigencia en la empresa para mitigar el riesgo penal y sus consecuencias.</p>



<p><strong>La función del abogado</strong></p>



<p>La función del abogado de empresa es de suma importancia. Su conocimiento de la ley y, sobre todo, del alto riesgo de que en el seno de la organización sean cometidos determinados delitos – las más de las veces por ignorancia o simple negligencia de sus autores – han de inspirarle a prestarle la ayuda necesaria que mitigue la comisión de estos delitos.</p>



<p>Animamos al abogado a que se empodere del concepto de Compliance y transmita al empresario &#8211; un paso por delante y desde su iniciativa personal &#8211; el valor de un modelo de Compliance.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/12/07/el-compliance-y-el-consumidor-la-funcion-del-abogado/">El Compliance y el consumidor, la función del abogado</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<title>Qué tecnología utilizar para realizar un Compliance</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/11/30/que-tecnologia-utilizar-para-realizar-un-compliance/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=que-tecnologia-utilizar-para-realizar-un-compliance</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Nov 2022 08:45:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Nadie duda que el contexto legal que acompaña al mundo empresarial de nuestro tiempo es cada día más complejo. El legislador de las dos últimas décadas no ha cesado en aprobar leyes de regulación de cumplimiento que han de ser ejecutadas bajo el principio de “sírvase usted mismo”. En el actual escenario normativo la tecnología [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Nadie duda que el contexto legal que acompaña al mundo empresarial de nuestro tiempo es cada día más complejo.</p>



<p>El legislador de las dos últimas décadas no ha cesado en aprobar leyes de regulación de cumplimiento que han de ser ejecutadas bajo el principio de “sírvase usted mismo”.</p>



<p>En el actual escenario normativo la tecnología se ha revelado como una herramienta imprescindible. Tanto que puede afirmarse que sin ella no sería posible cumplir con la cascada legal de normas de imperativo cumplimiento.</p>



<p>El cumplimiento normativo en materia penal para la persona jurídica que se promulga desde la reforma del Código Penal de 2010 y 2015 no es ajeno a este desafío.</p>



<p><strong>¿Qué tecnología es la más adecuada?</strong></p>



<p>¿Qué tecnología utilizar para llevar a buen término el desarrollo de un programa de compliance? Es la pregunta clave ante la oferta de productos existentes en el mercado.</p>



<p>Es lo cierto que todos ellos son presentados con una excelente dotación de recursos y aplicaciones. Sin embargo, el usuario deberá tener en cuenta qué perfil de cliente le demanda su colaboración profesional para la implementación de un programa de compliance.</p>



<p>Cuando la empresa cliente es una gran multinacional que trabaja con multitud de procesos, podría ser aconsejable un software que desarrolle el modelo de cumplimiento de manera abierta con el fin de que pueda adaptarse a los diferentes y complejos procesos que cada compañía tiene. Se trata de un trabajo espinoso que precisa de una herramienta compleja, generalmente destinada a empresas y profesionales con un alto nivel de conocimiento tecnológico.</p>



<p>Sin embargo, cuando estamos en presencia de una pyme, el profesional deberá seleccionar aquella tecnología que resuelva de manera eficaz las necesidades de un modelo de cumplimiento viable, asequible, eficiente y proporcional.</p>



<p>No hacerlo así puede conducirle a navegar sin rumbo en el entorno de una tecnología sobredimensionada que nunca proporcionará un modelo de compliance válido.</p>



<p><strong>¿Qué ofrece Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>En Tirant Compliancers, desde el principio, desistimos de la configuración de una plataforma abierta, con espacios en blanco que debieran ser rellenados por el profesional según su mejor o peor inspiración.</p>



<p>El software de Compliancers se crea en el año 2015 y ha sido objeto de sucesivas versiones de mejora a lo largo de los años, en función de las sucesivas reformas del código penal y de los criterios que la reciente jurisprudencia nos va dando a conocer.</p>



<p>Una buena parte de estas mejoras han sido consecuencia del feedback recibido de nuestros licenciatarios con quienes mantenemos un contacto permanente a fin de conocer sus opiniones, sus necesidades y sus requerimientos.</p>



<p>Su objetivo es ayudar al profesional de compliance que trabaja para la pequeña y mediana empresa con un software intuitivo y de fácil manejo para personas no expertas en las nuevas tecnologías.</p>



<p>El método de trabajo transita de manera sistemática por las tres fases del proceso de desarrollo de un modelo de cumplimiento:</p>



<p><strong>IMPLEMENTACION</strong></p>



<p><strong>FORMACION</strong></p>



<p><strong>SUPERVISION -VIGILANCIA Y CONTROL</strong></p>



<p>Animamos al profesional de Compliance a que navegue por las distintas ofertas de software y realice un concienzudo análisis de sus necesidades.<strong></strong></p>
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