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	<title>Asesores &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<description>Tirant Compliance Software. La herramienta creada por abogados especialistas en compliance penal para los mejores profesionales</description>
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	<title>Asesores &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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		<title>EL RESPONSABLE DEL CANAL DE DENUNCIAS Y LA EXTERNALIZACION DE FUNCIONES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Nov 2023 07:59:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir [&#8230;]</p>
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<p>El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.</p>



<p><strong>¿Es posible externalizar el Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>La Ley 2/2023 abre la puerta a que la gestión del Canal de Denuncias sea llevada a cabo por un tercero. En tal caso, se exigirá a éste que ofrezca garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.</p>



<p><strong>Ventajas de externalizar la gestión del Canal de Denuncias</strong></p>



<p>Esta externalización ofrece, entre otras, las siguientes ventajas:</p>



<ul><li>Aumento de la confianza de los denunciantes, al contar con un intermediario independiente.</li><li>Mejora de la eficacia y la calidad del canal, al disponer de un equipo especializado y con experiencia en el tratamiento de las denuncias.</li><li>Reducción de los costes y de los recursos necesarios para implantar y mantener el canal.</li><li>Utilización optimizada de los soportes tecnológicos más adecuados.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p><a><span class="has-inline-color has-black-color">Invitamos a los operadores del Canal de Denuncias a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos existentes en el mer</span></a>cado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
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		<title>El control de riesgos. Que Dios nos coja confesados</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Sep 2022 07:34:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Presión regulatoria A nadie se le oculta que el legislador español de los últimos tiempos ha puesto en marcha una cascada de normas orientadas a generar la obligación de las empresas a desarrollar internamente complejos procesos de identificación, gestión y control de riesgos y a sancionar con rigor su incumplimiento. Nace así el concepto “compliance”; [&#8230;]</p>
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<p><strong>Presión regulatoria</strong></p>



<p>A nadie se le oculta que el legislador español de los últimos tiempos ha puesto en marcha una cascada de normas orientadas a generar la obligación de las empresas a desarrollar internamente complejos procesos de identificación, gestión y control de riesgos y a sancionar con rigor su incumplimiento.</p>



<p>Nace así el concepto “compliance”; concepto que comprende escenarios, entre otros, como el penal, laboral, fiscal, medioambiental, competencia, protección de datos de carácter personal, blanqueo de capitales, corrupción, igualdad, acoso laboral, etc.</p>



<p>Es cierto que las grandes corporaciones están empoderadas de la importancia de gestionar el riesgo y tienen implantados procesos eficaces y grandes equipos de compliance officer desde mucho antes que el legislador se ocupara de esta cuestión; tan cierto como que las pymes – sensibles a esta necesidad pero generalmente desprovistas de recursos – se han visto atrapadas en una encrucijada de normas incapaces de cumplir con eficacia.</p>



<p>Ante esta situación de déficit, aparece el legislador imponiendo por ley que estas pequeñas y medianas empresas se autorregulen, a menudo, con el desarrollo de complejos y costosos procesos de gestión del riesgo y siempre con el anuncio de importantes sanciones económicas o, incluso, de penas de privación de libertad.</p>



<p>La iniciativa legislativa es conveniente y oportuna en tanto que pone el foco en el principio de las buenas prácticas y en la cultura de cumplimiento y sería irreprochable, si no fuera porque se echa de menos que nuestro gobierno sea tan generoso para apoyar con ayudas y subvenciones a determinadas iniciativas (los llamados chiringuitos ideológicos) y no aplique un solo céntimo a apoyar a las pymes en estas cuestiones, olvidando que son las pymes el principal motor de la economía de nuestro país y que ellas solas aportan más del 90% del empleo.&nbsp; &nbsp;</p>



<p><strong>¿Qué Dios nos pille confesados?</strong></p>



<p>En la medida en que el empresario percibe que la exposición al riesgo de su empresa constituye una de sus principales inquietudes y que no es capaz de gestionarlo con recursos propios, tiene dos opciones de trabajo: (a) no hacer nada y confiar que Dios le coja confesado y (b) externalizar el servicio a profesionales cualificados.</p>



<p><strong>La externalización del compliance penal</strong></p>



<p>Puede afirmarse que una buena parte de estas medidas han sido externalizadas a consultores y abogados y desarrolladas convenientemente; por ejemplo, las relativas a la protección de datos de carácter personal y a la prevención de riesgos laborales.</p>



<p>Sin embargo, puede observarse que un gran número de pymes transitan a diario por el riesgo de incumplimiento en materias como la prevención de delitos.</p>



<p>Desde nuestra experiencia personal, podemos afirmar que se observan dos razones que explican tal situación:</p>



<ul><li>La ausencia de información y apoyo institucional a la pyme española sobre la necesidad de desarrollar programas de compliance penal que aporten un razonable nivel de exposición al riesgo de que empleados o directivos incurran en la comisión de ciertos delitos respecto de los cuales será responsable la propia empresa y sus órganos de administración.</li><li>La falta de formación de la mayoría de los asesores de empresa en la disciplina del compliance penal. Lo que conduce a la ausencia de advertencia sobre esta materia.</li></ul>



<p><strong>Nuestra recomendación</strong></p>



<ul><li>A la pyme, que realice el esfuerzo de empoderarse del valor del “cumplimiento normativo” y de lo que éste aporta a la “mejora continua” y se disponga a contactar y seleccionar a un buen profesional especializado en Compliance penal. Solo estos profesionales – y no francotiradores oportunistas – podrán ayudarles a implementar un Compliance penal que cumpla los requisitos del art. 31bis del Código Penal, aporte valor a su organización y exonere de responsabilidad penal a la empresa y a sus órganos de administración.</li><li>Al profesional de Compliance, que contacte con sus empresas cliente hasta concienciarles de la necesidad de incorporar en sus responsabilidades la implementación de un programa de cumplimiento penal.</li></ul>
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		<title>Nueva función del software de gestión integral. La formación E-learning a empleados.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Feb 2022 08:18:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[E-learning]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La formación de empleados en Compliance no es una opción La formación a empleados, ¿una opción o una obligación? La respuesta viene en el art. 31bis del Código Penal: “La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si, antes de la comisión del delito, ha adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de organización y gestión (compliance) [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>La formación de empleados en Compliance no es una opción</strong></p>



<p><strong>La formación a empleados, ¿una opción o una obligación?</strong></p>



<p>La respuesta viene en el art. 31bis del Código Penal: <em>“La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si, antes de la comisión del delito, ha adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de organización y gestión (compliance) que resulte adecuado para prevenir delitos de la naturaleza del que fue cometido (…).</em></p>



<p>Los términos en que se expone la condición que limita la exención de responsabilidad nos llevan a la siguiente conclusión: prescindir de una formación a empleados es incumplir el requisito de “adopción y ejecución eficaz” de un modelo de Compliance según establece el 31bis del CP. Dicho de otro modo: la formación de empleados “no es una opción”. Es ”una obligación” para toda empresa que haya implementado un programa de Compliance.</p>



<p><strong>La visión de los tribunales</strong></p>



<p>No resulta difícil pensar que un tribunal considerará no cumplido el requisito de haber sido adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de cumplimiento si no se aportan pruebas bastantes de haberse ejecutado un programa de formación idóneo a empleados.</p>



<p>Y (…) no debemos olvidar que corresponde a la empresa alegar la concurrencia de los instrumentos adecuados y eficaces para la prevención de delitos.</p>



<p>Siempre que la empresa acredite que ha tomado las medidas necesarias que están a su alcance para prevenir la comisión de delitos y que la acción delictiva del empleado constituye un caso aislado excepcional, llevada a cabo en contra de las políticas de la empresa, podrá aspirar a la aplicación de la exoneración de s responsabilidad.</p>



<p><strong>Empezamos 2022 con una buena noticia.</strong></p>



<p>La plataforma de Tirant Compliancers ha incorporado una nueva función: La formación e-learning de Compliance para empleados.</p>



<p>Con solo click podrás conocer de qué manera puedes resolver el desafío de la formación en Compliance a los empleados de tus empresas cliente.</p>



<p>Estamos seguros de que la nueva función que hemos incorporado al software de gestión integral de Compliance dará una respuesta satisfactoria a tus necesidades como profesional del Compliance.</p>
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		<item>
		<title>La formación de Compliance a empleados. La asignatura pendiente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Feb 2022 08:09:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un trabajador no formado en Compliance es un factor de riesgo. La implementación de un modelo de Compliance es una aportación de gran valor para la empresa: prevención de delitos, cultura de buenas prácticas y consolidación del principio de mejora continua. Sin embargo, la inversión de recursos llevada a cabo en un modelo de cumplimiento [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/02/09/la-formacion-de-compliance-a-empleados-la-asignatura-pendiente/">La formación de Compliance a empleados. La asignatura pendiente</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>Un trabajador no formado en Compliance es un factor de riesgo.</strong></p>



<p>La implementación de un modelo de Compliance es una aportación de gran valor para la empresa: prevención de delitos, cultura de buenas prácticas y consolidación del principio de mejora continua.</p>



<p>Sin embargo, la inversión de recursos llevada a cabo en un modelo de cumplimiento carecerá de eficacia si los integrantes de la organización no alcanzan a conocer en qué consiste el modelo de Compliance aprobado por su empresa, de qué forma les afecta, qué medidas han de tener en cuenta para gestionar adecuadamente la prevención de delitos y las ventajas que les aporta.</p>



<p><em>Nuestros licenciatarios nos dicen:</em> <em>“No somos capaces de resolver el desafío de gestionar una formación eficaz a empleados. Una plantilla no formada es un factor de riesgo para la empresa”.</em></p>



<p>Dicho de otro modo, no servirá de nada disponer de un excelente modelo de compliance si directivos y empleados no conocen los principios básicos en los que se asienta el programa de cumplimiento.</p>



<p>Son estos principios los que, por medio de una formación adecuada, permiten la concienciación y la sensibilización de toda la organización en la cultura de cumplimiento normativo que se postula desde un modelo de Compliance.</p>



<p>Las normas ISO 19600 y 37301 sobre la Función del Compliance señalan el rol de un proceso de formación a los empleados de la organización:</p>



<ul><li>Mejorar el conocimiento de las obligaciones y prohibiciones que afectan a cada empleado en su trabajo diario.</li><li>Dar a conocer a cada empleado los riesgos de incumplimiento y sus consecuencias.</li><li>Recordar las políticas corporativas aprobadas por la empresa para que cada empleado las pueda aplicar en su trabajo diario.</li></ul>



<p>Estos objetivos solo son posibles con una formación eficaz.</p>



<p><strong>Empezamos 2022 con una buena noticia.</strong></p>



<p>La plataforma de Tirant Compliancers ha incorporado una nueva función: La formación e-learning de Compliance para empleados.</p>



<p>Con solo click podrás conocer de qué manera puedes resolver el desafío de la formación en compliance a los empleados de tus empresas cliente.</p>



<p>Estamos seguros de que la nueva función que hemos incorporado al software de gestión integral de Compliance responderá a tus necesidades como profesional del Compliance.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/02/09/la-formacion-de-compliance-a-empleados-la-asignatura-pendiente/">La formación de Compliance a empleados. La asignatura pendiente</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Lo que nos dicen nuestros licenciatarios</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Feb 2022 07:44:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
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		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Transcurridos siete años desde la entrada en vigor de la LO 1/2015, constatamos que son muchos los profesionales de Compliance que sostienen que, al día de hoy, existe una asignatura pendiente: la formación eficaz a los integrantes de la organización que reclama el 31bis del Código Penal. Nuestra reflexión: la presencia de este desafío nos [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/02/02/lo-que-nos-dicen-nuestros-licenciatarios/">Lo que nos dicen nuestros licenciatarios</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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<p>Transcurridos siete años desde la entrada en vigor de la LO 1/2015, constatamos que son muchos los profesionales de Compliance que sostienen que, al día de hoy, existe una asignatura pendiente: la formación eficaz a los integrantes de la organización que reclama el 31bis del Código Penal.</p>



<p><em>Nuestra reflexión:</em> <em>la presencia de este desafío nos ha impulsado a analizar lo que sucede y por qué sucede y, finalmente, a diseñar un modelo de formación que alcance los objetivos de un modelo de Compliance y el cumplimiento de los requisitos del art. 31bis del Código Penal.</em></p>



<p><strong>Objeciones de las empresas para impartir la formación a empleados en materia de Compliance</strong></p>



<p>La formación en compliance, a diferencia de otras formaciones que pueden ser selectivas, ha de ser impartida, sin excepción, a todos los integrantes de la organización.</p>



<p>La experiencia que nos narran nuestros licenciatarios nos ha mostrado la resistencia de muchas empresas, a menudo insuperable, a llevar a cabo este tipo de formación a todos los integrantes de la organización.</p>



<p>Las razones que alegan: no es posible reunir a toda la plantilla por motivos de tiempo, de espacio, de oportunidad, de coyuntura en el desarrollo de la actividad productiva y otras muchas.</p>



<p><em>Nuestros licenciatarios de Compliance nos dicen:</em> <em>“La empresa cliente no está por la labor de interrumpir sus planes de trabajo más allá de un par de horas para impartir una formación de Compliance a sus empleados. Así, no es posible impartir una formación eficaz”.</em></p>



<p><strong>Empezamos 2022 con una buena noticia.</strong></p>



<p>La plataforma de Tirant Compliancers ha incorporado una nueva función: La formación e-learning de Compliance para empleados.</p>



<p>Con un solo click podrás conocer de qué manera puedes resolver el desafío de la formación en Compliance a los empleados de tus empresas cliente.</p>



<p>Estamos seguros de que la nueva función que hemos incorporado al software de gestión integral de Compliance responderá a tus necesidades como profesional del Compliance.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/02/02/lo-que-nos-dicen-nuestros-licenciatarios/">Lo que nos dicen nuestros licenciatarios</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<title>2022 Una buena noticia. Lanzamiento de la formación de Compliance a empleados a través de la plataforma E-LEARNING</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Jan 2022 12:17:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Integramos en nuestra plataforma de gestión del compliance la aplicación de formación e-learning a empleados en materia de compliance Las normas ISO 19600 y 37301 sobre la Función del Compliance señalan el rol de un proceso de formación a los empleados de la organización: Mejorar el conocimiento de las obligaciones y prohibiciones que afectan a [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2022/01/27/2022-una-buena-noticia-lanzamiento-de-la-formacion-de-compliance-a-empleados-plataforma-e-learning/">2022 Una buena noticia. Lanzamiento de la formación de Compliance a empleados a través de la plataforma E-LEARNING</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>Integramos en nuestra plataforma de gestión del compliance la aplicación de formación e-learning a empleados en materia de compliance</strong></p>



<p>Las normas ISO 19600 y 37301 sobre la Función del Compliance señalan el rol de un proceso de formación a los empleados de la organización:</p>



<ul><li>Mejorar el conocimiento de las obligaciones y prohibiciones que afectan a cada empleado en su trabajo diario.</li><li>Dar a conocer a cada empleado los riesgos de incumplimiento y sus consecuencias.</li><li>Recordar las políticas corporativas aprobadas por la empresa para que cada empleado las pueda aplicar en su trabajo diario.</li></ul>



<p>Transcurridos siete años desde la entrada en vigor de la LO 1/2015, constatamos que son muchos los profesionales de compliance que sostienen que, al día de hoy, existe un déficit relevante en la puesta en práctica de un proceso de formación a los empleados de la empresa en los términos de eficacia que reclama el 31bis del Código Penal.</p>



<p><strong>¿Qué echan en falta los profesionales de compliance en materia de formación a empleados?</strong></p>



<p>La formación en compliance a empleados debería cumplir los siguientes requisitos:</p>



<ul><li><strong>Aprendizaje personalizado</strong>. Estar diseñada para cada empresa en función de su modelo de compliance.</li><li><strong>Aprendizaje específico</strong>. Disponer de contenidos específicos para cada empleado, según las actividades de riesgo detectadas en su trabajo diario.</li><li><strong>Aprendizaje práctico</strong>. Poner en el centro al empleado a partir de casos prácticos que reconozca en su trabajo diario.</li><li><strong>Desde el principio</strong>. Ser impartida desde el comienzo de la relación del empleado con la empresa.</li><li><strong>Continuidad</strong>. Mantenerla de forma continuada a lo largo del tiempo mediante programas formativos anuales.</li><li><strong>Flexibilidad</strong>. Hacer viable su acceso, según la disponibilidad del empleado.</li><li><strong>Universalidad</strong>. Ser capaz de llegar a todos los integrantes de la organización sin excepción.</li><li><strong>Evaluación inmediata</strong>. Ser evaluada con agilidad y eficacia.</li><li><strong>Trazabilidad</strong>. Ser susceptible de aportar la prueba de su realización de manera eficaz.</li><li><strong>Información a Dirección</strong>. Hacer viable una información puntual a gerencia del proceso seguido en la formación de sus empleados.</li></ul>



<p><strong>Empezamos 2022 con una buena noticia.</strong></p>



<p>La plataforma de Tirant Compliancers ha incorporado una nueva función: La formación e-learning de compliance para empleados.</p>



<p>Con solo click podrás conocer de qué manera puedes resolver el desafío de la formación en compliance a los empleados de tus empresas cliente.</p>



<p>Estamos seguros de que la nueva función que hemos incorporado al software de gestión integral de compliance responderá a tus necesidades como profesional del compliance.</p>



<p>.</p>



<p></p>
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		<title>Un mal trabajo. Omitir la vigilancia y control en el compliance</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2021/04/21/un-mal-trabajo-omitir-la-vigilancia-y-control-en-el-compliance/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=un-mal-trabajo-omitir-la-vigilancia-y-control-en-el-compliance</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Apr 2021 15:14:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Transformación Digital]]></category>
		<category><![CDATA[software de gestión del compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[vigilancia y control]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde 2015 nuestro software viene colaborando con un buen número de abogados especialistas en compliance y con compliance officers para el desarrollo de programas de cumplimiento en pymes. Cuando un profesional confía en nosotros, en la medida en que nos lo permite, procuramos mantenernos cerca de él para ayudarle a optimizar nuestra herramienta de trabajo [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Desde 2015 nuestro software viene colaborando con un buen número de abogados especialistas en compliance y con compliance officers para el desarrollo de programas de cumplimiento en pymes.</p>



<p>Cuando un profesional confía en nosotros, en la medida en que nos lo permite, procuramos mantenernos cerca de él para ayudarle a optimizar nuestra herramienta de trabajo y prestarle nuestra ayuda. Por esa razón podemos saber y afirmar que una gran mayoría hacen un excelente trabajo pero que, en algunos casos, encuentran grandes dificultades para persuadir a sus clientes de la necesidad de llevar a cabo un seguimiento del programa una vez ha sido implementado.</p>



<p>Lo que nos dicen algunos de ellos es que sus clientes consideran suficiente haber implementado el programa de compliance y haber llevado a cabo un proceso de formación a la organización y vienen a considerar que el seguimiento y supervisión es un gasto innecesario.</p>



<p>En definitiva, está sucediendo que un buen número de empresas tienen colgado en sus estanterías un programa de cumplimiento y, mientras se cubre de polvo, queda estático como una vieja edición del Quijote.</p>



<p><strong>Lo que dice el Código Penal.</strong></p>



<p><em>“Las personas jurídicas serán penalmente responsables (…)&nbsp; b) De los delitos cometidos por quienes están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma, por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso”.</em></p>



<p><strong>El objetivo final de un compliance.</strong></p>



<p>Entendemos que el objetivo de todo programa de compliance, más allá de tener aprobadas unas políticas corporativas, es asegurar su cumplimiento y vigilar qué sucede que no debería suceder o qué no sucede que sí debería suceder.</p>



<p>Descuidar esta obligación es someter a la empresa a la ineficacia del modelo de compliance y al rigor de las penas establecidas por la ley.</p>



<p>No debemos olvidar que un manual de compliance no servirá de gran cosa si no se ejecuta con idoneidad un plan de supervisión periódico que permita verificar el grado de cumplimiento y tomar las medidas correctoras pertinentes en los casos en que se produzcan inobservancias de las políticas corporativas.</p>



<p>La exención de responsabilidad de la persona jurídica y del propio órgano de administración solo será posible si éste adopta y ejecuta medidas que incluyen acciones de vigilancia y control.</p>



<p>Un trabajo de asesoramiento en compliance que decline llevar a cabo una supervisión periódica y un control exhaustivo sobre el cumplimiento de las políticas corporativas es un trabajo mal realizado que tiene consecuencias para la empresa cliente y, muy posiblemente, para el propio profesional.</p>



<p><a><strong>¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?</strong></a></p>



<p>Sugerir con determinación a la empresa que no cometa el error de considerar cumplido el objetivo de un compliance si se queda a mitad de camino.</p>



<p>Somos partidarios de pensar que es responsabilidad del profesional lograr que su cliente asuma la necesidad de llevar a cabo la realización de un compliance en sus tres fases esenciales: implementación, formación y vigilancia y control.</p>



<p>Los planes de supervisión deberán ser periódicos y continuos y, sobre todo, deberá dejarse evidencia documental de su realización. Solo así podrá acreditarse ante un juez que se están haciendo los deberes.</p>
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		<title>ABOGADO. ¿TE GUSTARIA QUE TU DESPACHO TUVIERA INGRESOS RECURRENTES?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Sep 2020 10:57:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Innovación]]></category>
		<category><![CDATA[Transformación Digital]]></category>
		<category><![CDATA[herramientas tecnológicas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Somos partidarios de cuestionar todo aquello que impide que los despachos de abogados tradicionales obtengan ingresos recurrentes. Somos partidarios de pensar de forma diferente. La manera en que desafiamos el status quo de los despachos tradicionales es desarrollar herramientas tecnológicas que hagan posible que el abogado ofrezca al cliente servicios de continuidad que aporten valor [&#8230;]</p>
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<p><strong>Somos partidarios de cuestionar todo aquello que impide que los despachos de abogados tradicionales obtengan ingresos recurrentes.</strong></p>



<p><strong>Somos partidarios de pensar de forma diferente.</strong></p>



<p>La manera en que desafiamos el status quo de los despachos tradicionales es desarrollar herramientas tecnológicas que hagan posible que el abogado ofrezca al cliente servicios de continuidad que aporten valor e ingresos recurrentes.</p>



<p>Resulta que hemos creado Tirant Compliancers. Una herramienta tecnológica genial que te permitirá prestar un servicio continuado a tus clientes, mantenerte en contacto permanente con ellos y lograr ingresos periódicos recurrentes.</p>



<p>Tirant Compliancers te proporciona la posibilidad de acompañar a tu cliente de manera continua desde la implementación de un programa de compliance hasta la fase de seguimiento, vigilancia y control, con un coste alineado con los recursos de tu despacho.</p>



<p>Tirant Compliancers optimiza tu trabajo de manera intuitiva y sencilla, automatiza resultados y monitoriza desde tu ordenador y de manera automática el seguimiento periódico del plan de supervisión, vigilancia y control de un manual de compliance penal.</p>



<p>Te invitamos a conocer las herramientas de compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas.</p>



<p>Si te interesa conocer más, puedes inscribirte de manera gratuita en nuestros webinar a través del enlace <a href="https://lnkd.in/dh2teAt">https://lnkd.in/dh2teAt</a> donde realizamos ejemplos prácticos y análisis de documentos todos los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
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		<title>SEPTIEMBRE, NUEVO COMIENZO</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/08/31/septiembre-nuevo-comienzo/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=septiembre-nuevo-comienzo</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 31 Aug 2020 09:05:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[normalidad]]></category>
		<category><![CDATA[Riesgos]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El presente artículo, siendo el primero tras el periodo estival y como deferencia al lector que se reincorpora al trabajo tras un breve periodo de asueto, no tratará sobre contenido técnico o específico de la plataforma Tirant- Compliancers. Nuestro objetivo es motivar al profesional del Compliance a que vea el mes de septiembre como una [&#8230;]</p>
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<p>El presente artículo, siendo el primero tras el periodo estival y como deferencia al lector que se reincorpora al trabajo tras un breve periodo de asueto, no tratará sobre contenido técnico o específico de la plataforma Tirant- Compliancers.</p>



<p>Nuestro objetivo es motivar al profesional del Compliance a que vea el mes de septiembre como una nueva oportunidad de expandir el Compliance entre sus clientes o posibles clientes.</p>



<p>La vuelta a la normalidad laboral debe presentarse como una ocasión propicia para la implementación de programas de Compliance pues, hoy más que nunca, las empresas deben protegerse frente a los riesgos externos e internos que afectan a su actividad.</p>



<p>Entre los principales objetivos de una empresa debe estar el solventar necesidades y, para ello, debe invertir recursos, tiempo y energía. Para que esta importante inversión no pueda verse afectada o, más bien, perjudicada por factores que escapan al control razonable de la empresa, el tener un Compliance debe plantearse como una urgente necesidad.</p>



<p>Los riesgos externos, la mayor de las veces, son imprevisibles y escapan a nuestro control. Sin embargo, los de carácter interno son más fácilmente detectables y cuantificables, por ello, con una actitud diligente por parte del órgano de administración y con el asesoramiento proactivo de los profesionales del Compliance conseguiremos que las empresas estén protegidas y preparadas, de la mejor manera posible, frente a los riesgos.</p>



<p>Desde Tirant Compliancers animamos a los profesionales del Compliance a que no cesen en su empeño de dar a conocer la cultura del Compliance entre el tejido empresarial.</p>
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		<item>
		<title>COMPLIANCE SECTORIAL. NO HAY DOS EMPRESAS IGUALES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Jul 2020 08:33:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Licencia Sectorial]]></category>
		<category><![CDATA[prevención de delitos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las empresas son el fiel reflejo de quienes la regentan, por ello, cada empresa es única y diferente a cualquier otra. Aunque en apariencia externa, ya sea por cuota de facturación, número de trabajadores o por el sector en el que desarrolla su actividad pueden observarse gran número de similitudes, si nos adentramos con mayor [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2020/07/01/compliance-sectorial-no-hay-dos-empresas-iguales/">COMPLIANCE SECTORIAL. NO HAY DOS EMPRESAS IGUALES</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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<p>Las empresas son el fiel reflejo de quienes la regentan, por ello, cada empresa es única y diferente a cualquier otra.</p>



<p>Aunque en apariencia externa, ya sea por cuota de facturación, número de trabajadores o por el sector en el que desarrolla su actividad pueden observarse gran número de similitudes, si nos adentramos con mayor profundidad y detalle en la realidad de la empresa nos daremos cuenta de que cada empresa presenta características diferenciadoras que la configuran como distinta a cualquier otra.</p>



<p>Por ello, a la hora de implementar un plan de prevención de delitos debemos, necesariamente, tener en consideración las singularidades propias de cada empresa.</p>



<p>En Compliancers hemos desarrollado la Licencia Sectorial que permite al profesional del compliance prestar a sus empresas cliente un servicio único en el mercado que contempla no solo las particularidades de cada empresa si no que, además, tiene presente el sector en el que ejerce su actividad aplicando, más aún si cabe, un mayor contenido sobre los delitos más frecuentes.</p>



<p>La Licencia Sectorial abarca, actualmente, 40 sectores de actividad.</p>



<p>Si estas interesado en conocer nuestros sectores, contáctanos.</p>
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		<item>
		<title>ANTICIPACIÓN Y PREVENCIÓN, NUESTRAS ARMAS FRENTE A FUTUROS RIESGOS</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/06/16/anticipacion-y-prevencion-nuestras-armas-frente-a-futuros-riesgos/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=anticipacion-y-prevencion-nuestras-armas-frente-a-futuros-riesgos</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2020 09:51:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[anticipación]]></category>
		<category><![CDATA[crisis]]></category>
		<category><![CDATA[pandemia]]></category>
		<category><![CDATA[plan de prevención]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La evolución de la pandemia consecuencia de la reciente crisis sanitaria ha derivado en lo que se conoce como “la nueva normalidad”, ante esta nueva situación, las empresas pueden actuar de dos formas: La primera, retomar su actividad de la misma forma que antes de la crisis sanitaria, como si nada hubiera pasado confiando en [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2020/06/16/anticipacion-y-prevencion-nuestras-armas-frente-a-futuros-riesgos/">ANTICIPACIÓN Y PREVENCIÓN, NUESTRAS ARMAS FRENTE A FUTUROS RIESGOS</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La evolución de la pandemia consecuencia de la reciente crisis sanitaria ha derivado en lo que se conoce como “la nueva normalidad”, ante esta nueva situación, las empresas pueden actuar de dos formas:</p>



<p>La primera, retomar su actividad de la misma forma que antes de la crisis sanitaria, como si nada hubiera pasado confiando en que no volverá a suceder.</p>



<p>La segunda, retomar su actividad estableciendo medidas de prevención que preparen a la empresa para afrontar posibles situaciones de crisis sobrevenidas, anticipándose a los riesgos con el objetivo de minimizar al máximo su probable impacto.</p>



<p>La anticipación y prevención puede determinar la continuidad de una empresa o su, irremediable, desaparición.</p>



<p>Desde Compliancers proporcionamos a los profesionales del compliance la oportunidad de &nbsp;ofrecer a sus empresas cliente un producto que no solo proteja frente a los riesgos penales derivados del artículo 31 bis del código penal sino que, además, prevenga a la empresa sobre posibles situaciones de crisis como la reciente.</p>



<p>El “Módulo 42 gestión de crisis” es consecuencia de la necesaria evolución de cualquier programa de compliance, pues el principio de mejora continua frente a los riesgos es una máxima irrenunciable si queremos mantener “vivo” nuestro plan de prevención.</p>



<p>Un asesoramiento responsable y preventivo es la mejor arma que podemos ofrecer a los clientes.</p>
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		<item>
		<title>FUNCIONALIDAD Y CONTENIDO DOCUMENTAL  DEL “MODULO 42 GESTIÓN DE CRISIS”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Jun 2020 15:34:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[crisis]]></category>
		<category><![CDATA[Módulo 42: gestión de crisis]]></category>
		<category><![CDATA[Prevención]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Muchas han sido las consultas planteadas por nuestros licenciatarios y profesionales del compliance relacionadas con el “Módulo 42: gestión de crisis”. Siendo una demanda reiterada, estamos obligados a desarrollar el tema en detalle a efectos de desgranar y analizar la funcionalidad y el &#160;contenido documental del módulo 42. La funcionalidad del módulo 42 pretende dar [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2020/06/11/funcionalidad-y-contenido-documental-del-modulo-42-gestion-de-crisis/">FUNCIONALIDAD Y CONTENIDO DOCUMENTAL  DEL “MODULO 42 GESTIÓN DE CRISIS”</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Muchas han sido las consultas planteadas por nuestros licenciatarios y profesionales del compliance relacionadas con el “Módulo 42: gestión de crisis”.</p>



<p>Siendo una demanda reiterada, estamos obligados a desarrollar el tema en detalle a efectos de desgranar y analizar la funcionalidad y el &nbsp;contenido documental del módulo 42.</p>



<p>La funcionalidad del módulo 42 pretende dar respuesta a una necesidad de las pequeñas y medianas empresas que ha quedado patente a raíz de los recientes acontecimientos acaecidos como consecuencia del Covid-19.</p>



<p>Esta situación puso de manifiesto que muchas empresas no disponían de medidas preventivas para poder hacer frente, de la mejor manera posible, a una situación de crisis sobrevenida.</p>



<p>El contenido documental sigue el principio esquemático de la Versión 6.0 de Compliancers, esto es, a partir de plantear un check-list a los responsables de la empresa se generan una serie de informes como son, entre otros:</p>



<ul><li>Informe de actividades de riesgo.</li><li>Gráficas de probabilidad.</li><li>Informe de conductas de riesgo.</li><li>Gráficas de impacto.</li><li>Políticas corporativas</li><li>Procedimientos y directrices.</li><li>Informe global de riesgos. Mapa de calor.</li></ul>



<p>El método de trabajo que ha permitido diseñar y nutrir de contenido el módulo 42 parte del principio de analizar todos aquellos delitos que, de la lista de los que afectan a la persona jurídica, puedan tener una mayor incidencia en situaciones como la vivida y, a partir de&nbsp; ahí, desarrollar una serie de informes que ayuden a minimizar los riesgos que puedan derivarse para las empresas.</p>



<p>Como profesional del compliance, ¿qué puede aportarme el módulo 42?</p>



<p>Supone plantear una oferta diferenciada a potenciales clientes frente&nbsp; a lo que ofrecen la mayoría de profesionales y la oportunidad de, a través del módulo 42, concienciar a las empresas de la necesidad de implantar programas de compliance.</p>



<p>¿Qué puede aportar a mis empresas cliente el módulo 42?</p>



<p>Puede ser la oportunidad de actualizar los programas de compliance de tus empresas cliente, ofreciendo un valor añadido a la prevención de riesgos.</p>
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		<item>
		<title>ANTE LA EVOLUCIÓN DE LOS RIESGOS DEBEMOS REVISAR Y AMPLIAR LOS PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Jun 2020 07:25:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[crisis sanitaria]]></category>
		<category><![CDATA[Módulo 42: gestión de crisis]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los recientes acontecimientos derivados de la situación de crisis sanitaria han dejado al descubierto, aún más si cabe, la fragilidad y volatilidad de un gran número de empresas del tejido productivo de nuestro país. Los riesgos que afectan a las empresas han aumentado considerablemente, lo que nos indica que la protección frente a los mismos [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2020/06/09/ante-la-evolucion-de-los-riesgos-debemos-revisar-y-ampliar-los-programas-de-cumplimiento/">ANTE LA EVOLUCIÓN DE LOS RIESGOS DEBEMOS REVISAR Y AMPLIAR LOS PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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<p>Los recientes acontecimientos derivados de la situación de crisis sanitaria han dejado al descubierto, aún más si cabe, la fragilidad y volatilidad de un gran número de empresas del tejido productivo de nuestro país.</p>



<p>Los riesgos que afectan a las empresas han aumentado considerablemente, lo que nos indica que la protección frente a los mismos debe aumentar, al menos, en la misma proporción.</p>



<p>Riesgos de carácter tecnológico, como la ciberseguridad, han pasado de “puntillas” por la mayoría de las empresas.&nbsp; Un ejemplo de ello: esta misma semana una empresa que distribuía, exclusivamente, a través de internet sufrió un ataque por el que se le bloquearon todas sus plataformas de venta.</p>



<p>Los riesgos aumentan cada día, por ello, las medidas de protección de las empresas también deben de hacerlo, en Compliancers hemos implementado el “Módulo 42: gestión de crisis” con el objetivo de proteger a las empresas frente a los riesgos producidos por situaciones sobrevenidas como la actual.</p>



<p>En una coyuntura como la presente, solo las empresas que inviertan en medidas de prevención y protección podrán mantener su actividad.</p>



<p>La fragilidad de las empresas ante riesgos no previstos debe de reducirse mediante la aplicación de programas Compliance penal.</p>



<p>El “Módulo 42: gestión de crisis” ofrece a los profesionales un valor añadido y diferenciado para presentar a sus empresas cliente.</p>
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		<title>EL MOMENTO ES AHORA. PROTEGE A TUS EMPRESAS CLIENTE CON EL MÓDULO 42</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Jun 2020 11:22:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Módulo 42. Gestión de crisis]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ante un probable riesgo o una situación de crisis sobrevenida los profesionales que nos dedicamos al asesoramiento de empresas podemos actuar de dos formas: ser reactivos o preventivos. La diferencia entre ambas formas de actuar es la siguiente: Los profesionales reactivos esperan a que las cosas sucedan, dejan pasar el tiempo esperando a que las [&#8230;]</p>
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<p>Ante un probable riesgo o una situación de crisis sobrevenida los profesionales que nos dedicamos al asesoramiento de empresas podemos actuar de dos formas: ser reactivos o preventivos.</p>



<p>La diferencia entre ambas formas de actuar es la siguiente:</p>



<ul><li>Los profesionales reactivos esperan a que las cosas sucedan, dejan pasar el tiempo esperando a que las situaciones se produzcan y, en función del resultado, actúan.</li></ul>



<ul><li>Los profesionales preventivos están preparados para eventualidades o situaciones de las que no sabemos ni cuándo ni en qué grado van a suceder, anticipándose a las mismas y tomando medidas para mitigar o atenuar el impacto.</li></ul>



<p>La actual situación derivada de la crisis del Covid-19 ha supuesto un gran impacto económico para muchas empresas.</p>



<p>La realidad nos ha demostrado que nadie, o muy pocos, han podido prever las consecuencias de dicha situación de pandemia.</p>



<p>Con las reservas necesarias, la reciente crisis supone una oportunidad para que los profesionales del Compliance colaboremos con las empresas en la implantación de medidas preventivas con el objetivo de reducir el impacto que produciría una futura situación de crisis como la vivida.</p>



<p>Compliancers incorpora a su plataforma tecnológica el “Módulo 42. Gestión de crisis” con el objetivo de que las empresas estén mejor preparadas adoptando una actitud preventiva frente a los posibles riesgos que pueden afectar a su actividad.</p>
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		<title>TECNOLOGÍA DE COMPLIANCE FRENTE AL RIESGO DEL COVID 19</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Jun 2020 08:51:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Covid -19]]></category>
		<category><![CDATA[Módulo 42: gestión de crisis]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Afirmar hoy en día que la “tecnología ha venido para quedarse” significa que ya hemos llegado tarde. Los riesgos del Covid -19 deben ser tratados con urgencia. Ya estamos inmersos en ellos y es ahora, precisamente ahora, cuando han de ser gestionados. ¿Cómo hacer?, ¿artesanía de los despachos de abogados y asesores? Compliancers quiere ayudar [&#8230;]</p>
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<p>Afirmar hoy en día que la “tecnología ha venido para quedarse” significa que ya hemos llegado tarde.</p>



<p>Los riesgos del Covid -19 deben ser tratados con urgencia. Ya estamos inmersos en ellos y es ahora, precisamente ahora, cuando han de ser gestionados.</p>



<p>¿Cómo hacer?, ¿artesanía de los despachos de abogados y asesores?</p>



<p>Compliancers quiere ayudar a los profesionales de compliance. Compliancers te propone optimizar tiempo y recursos y asegurarte que trabajas con procesos dinámicos en constante evolución.</p>



<p>La situación actual de pandemia derivada del Covid-19 ha supuesto un nuevo riesgo que obliga a una revisión de los programas de compliance penal de las empresas.</p>



<p>En Compliancers hemos implementado en nuestra Versión 6.0 de software de compliance el “Módulo 42: gestión de crisis” con el objetivo de analizar, prevenir y mitigar los nuevos riesgos derivados de tal extraordinaria situación.</p>



<p>El módulo 42 se incorpora de manera gratuita a la Versión 6.0 y genera un argumento de peso para revisar los programas de Compliance de nuestros clientes.</p>



<p>Implementar el módulo 42 es poner en práctica el principio de “mejora continua” al que todo despacho aspira.</p>



<p>Estaremos encantados en contarte más.</p>
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