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	<title>Código penal &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<description>Tirant Compliance Software. La herramienta creada por abogados especialistas en compliance penal para los mejores profesionales</description>
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	<title>Código penal &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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		<title>El principio de la proporcionalidad en el Compliance. El tamaño sí importa.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Nov 2020 09:15:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[anticipación]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Somos partidarios de que el compliance se adapte al tamaño y a los recursos de la empresa.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<h2><strong>Somos partidarios de que el compliance se adapte al tamaño y a los recursos de la empresa.</strong></h2>



<p><strong>Los recursos financieros y los recursos humanos de una organización deben ser tenidos en cuenta a la hora de establecer las exigencias de los contenidos de su modelo de compliance. Estamos hablando del principio de proporcionalidad que proclama la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado.</strong></p>



<p><em>“Las personas jurídicas de pequeñas dimensiones podrán demostrar su compromiso ético mediante una razonable adaptación a su propia dimensión de los requisitos formales del 31bis, apartado 5, en coherencia con las menores exigencias que estas sociedades tienen también desde el punto de vista contable, mercantil y fiscal. Los Sres. Fiscales, atendiendo a las especiales características de estas sociedades, extremarán la prudencia en su imputación, en evitación de una inconstitucional situación de bis in idem”.</em></p>



<h2><strong>¿Cómo podemos ayudarles?</strong></h2>



<p>Entendiendo que el objetivo de todo programa de compliance es su viabilidad y su capacidad para poder ser llevado a la práctica. Teniendo claro que no es lo mismo un compliance para una empresa del IBEX que para la clínica veterinaria de la esquina.</p>



<p>Entendiendo que el principio de proporcionalidad pone el foco en la voluntad de integrar y simplificar los entornos de gestión de cumplimiento, sin renunciar a los requisitos exigidos por el Código Penal, posibilitando que cualquier organización, con independencia de su tamaño y de sus recursos, pueda implementar un modelo de compliance y mostrar su compromiso con las buenas prácticas y con los principios de buen gobierno.</p>



<h2><strong>¿Qué hemos hecho en Tirant Compliancers?</strong></h2>



<p>Ponemos a disposición del profesional un software de gestión integral de compliance alineado a la dimensión de la empresa cliente y según sus propios recursos. Tirant Compliancers se aviene a la recomendación de la Circular 1/2016 y facilita al profesional tres modelos de software de compliance:</p>



<p><strong>El software Micro</strong>, diseñado para las micro-empresas.</p>



<p><strong>El software Profesional</strong>, diseñado pala las pymes.</p>



<p><strong>El software Sectorial</strong>, dotado de hasta 40 sectores especializados, proyectado para las medianas y grandes empresas con un mayor nivel de recursos y de exigencias.</p>



<h2><strong>Compliance Penal</strong></h2>



<p>Te invitamos a conocer las herramientas de compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas. Si te interesa conocer más, puedes visitar nuestra web&nbsp;<a href="https://compliancesofficers.com/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.compliancesofficers.com</a>&nbsp;o inscribirte de manera gratuita en nuestros Webinars de demo semanales. Los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Está tu despacho de abogados atrapado por lo obvio?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/11/04/esta-tu-despacho-de-abogados-atrapado-por-lo-obvio/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=esta-tu-despacho-de-abogados-atrapado-por-lo-obvio</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2020 10:37:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[compliance penal software]]></category>
		<category><![CDATA[compliance program]]></category>
		<category><![CDATA[compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[software de gestión del compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant-Compliancers]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Quieres que tu despacho obtenga resultados diferentes haciendo lo que siempre has hecho?</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p class="has-black-color has-text-color">¿Quieres que tu despacho obtenga resultados diferentes haciendo lo que siempre has hecho?</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Somos partidarios de pensar que lo obvio nos limita para ver la oportunidad de plantearnos nuevas opciones. Somos partidarios de pensar de forma diferente para lograr resultados diferentes.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La mayoría de los despachos de abogados tratan de afrontar el cambio de paradigma de la profesión con las viejas soluciones. Haciendo las cosas como siempre las han hecho; por la sencilla razón de que siempre se han hecho así.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">A menudo nos asaltan nuevas ideas; Sin embargo, lo verdaderamente difícil no es tener nuevas ideas, es superar las antiguas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La manera en que queremos desafiar el status quo de los despachos tradicionales que transitan en lo obvio es incitarles a pensar que los conocimientos adquiridos dejan de ser útiles por sí mismos y que lo realmente importante es comprender que la mente anclada en lo obvio no permite que entre nada nuevo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Lo verdaderamente imprescindible son las habilidades para asimilar la transformación, siendo parte activa de ésta. ¿Cómo? La clave es hacer que las cosas sucedan de manera diferente.</p>



<h2>¿Cómo puede ayudarte Tirant Compliancers?</h2>



<p class="has-black-color has-text-color">Es el tiempo del Compliance penal. Un producto que cuenta con un mercado de más de 1,2 millones de medianas empresas en España que, antes o después, implementarán un programa de compliance. Un producto que ya está siendo altamente demandado en los despachos de abogados.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Una reciente encuesta nos informa que el 65% de las empresas están pensando en implementar en breve un programa de cumplimiento penal. La buena noticia: estamos en el momento adecuado.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Y resulta que hemos creado una herramienta tecnológica genial que te permitirá percibir la realidad de tu despacho de una manera desacostumbrada.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La responsabilidad penal de la persona jurídica y el Compliance penal son una oportunidad excelente para salir de lo obvio y provocar el inicio del cambio en tu despacho.</p>



<h2>¿Qué aporta Tirant Compliancers?</h2>



<p class="has-black-color has-text-color">Tirant Compliancers te guía de principio a fin hasta implementar un programa de Compliance en la empresa cliente y transita por todos los procesos de un Compliance: implementación + formación + seguimiento, vigilancia y control que hará posible que seas el provocador del cambio en tu despacho.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Te invitamos a conocer las herramientas de Compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Si te interesa conocer más, puedes visitar nuestra web&nbsp;<a href="https://compliancesofficers.com/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.compliancesofficers.com</a>&nbsp;o inscribirte de manera gratuita en nuestros Webinars de demo semanales. Los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>CÓMO EMPEZAR A HABLAR DE COMPLIANCE A UN POTENCIAL CLIENTE</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/05/17/como-empezar-a-hablar-de-compliance-a-un-potencial-cliente/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-empezar-a-hablar-de-compliance-a-un-potencial-cliente</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 May 2019 11:39:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Explicar a un empresario de qué forma le afecta la reforma del Código Penal de 2015 y la responsabilidad penal de la persona jurídica es todo un desafío. Lo cierto es que lo que nos solemos encontrar es que “ni sabe ni le importa”. Los profesionales del derecho tenemos claro que, en los tiempos actuales, [&#8230;]</p>
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<p>Explicar a un empresario de qué forma
le afecta la reforma del Código Penal de 2015 y la responsabilidad penal de la
persona jurídica es todo un desafío. Lo cierto es que lo que nos solemos
encontrar es que “ni sabe ni le importa”.</p>



<p>Los profesionales del derecho tenemos
claro que, en los tiempos actuales, además de buen conocimiento en la
disciplina que tratamos, hemos de ser expertos en comunicación y marketing. Así
son las cosas, aunque nunca nos hayan hablado de ello en la facultad.</p>



<p>Como en todo movimiento que tenga el
objetivo de la obtención de una venta, ha de transitarse por lo que los
especialistas de nuestros días denominan “el recorrido del proceso de compra
del consumidor”. Las 5 “A”: <strong>A</strong>tención
+ <strong>A</strong>tracción + <strong>A</strong>veriguación + <strong>A</strong>cción + <strong>A</strong>pología”.</p>



<p>Sin duda, lo primero que habrá de
lograse es que nuestro potencial cliente preste <strong>atención</strong> a la palabreja “compliance” y lo que ella lleva implícito.
Conseguida tal cosa, podremos avanzar a las fases de atracción, averiguación y
acción de compra.</p>



<p>Para ello, según el decir de los
expertos en marketing, no deberemos olvidar que nuestra intervención deberá
tener una buena presencia, un buen nivel de conocimiento, una cierta
sociabilidad, un uso adecuado de la inteligencia emocional, una cierta
personalidad y un sentido ético de nuestra propuesta.</p>



<p>Difícil tarea la del tránsito por el
recorrido de compra.</p>



<p>A nuestros licenciatarios de
Compliancers les invitamos a considerar que, para vencer las iniciales
resistencias, puede ser una buena idea la elaboración de un “test de
compliance”. Este test puede ser desarrollado por el profesional, según su leal
saber y entender y tiene por objetivo realizar una serie de sencillas preguntas
cuya respuesta sea un “sí” existe el riesgo de cometer tal y tal delito. En
respuesta del test, se emitiría un breve informe en el que se pondría de
manifiesto cómo, sin saberlo el empresario, podrán ser cometidos determinados
delitos en el seno de la empresa. La mayoría de estos delitos serían cometidos
por ignorancia de sus trabajadores.</p>



<p>Nuestros licenciatarios disponen de más
de 25 documentos de apoyo para la utilización de nuestro software de gestión de
compliance. “Uno de ellos es el test de compliance”. El feedback que recibimos
de algunos de estos licenciatarios es que en no pocas ocasiones tal herramienta
les facilita superar el desafío de la puerta fría.</p>



<p>Si quieres ver más te invitamos a
navegar por nuestra web.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>NUESTROS WEBINARS. PRESENTACIÓN DE DEMO COMPLETA Y A TIEMPO REAL DE COMPLIANCE.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Apr 2019 17:09:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance penal software]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[webinar]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el mes de julio de 2015 quedó aprobada la reforma del Código Penal que incorporaba a nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos cometidos en el seno de su organización por empleados o directivos. La reforma del Código Penal ha otorgado a abogados y consultores una gran oportunidad de [&#8230;]</p>
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]]></description>
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<p></p>



<p>En el mes de julio de 2015 quedó aprobada la reforma del Código Penal que incorporaba a nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos cometidos en el seno de su organización por empleados o directivos.</p>



<p>La reforma del Código Penal ha
otorgado a abogados y consultores una gran oportunidad de incorporar a su
porfolio de servicios un nuevo producto profesional de alto valor: el
compliance penal.</p>



<p>Tras
cuatro años desde la vigencia de la reforma del código penal, hoy puede
afirmarse que el compliance es un producto que inicia su explosión en el tejido
empresarial español.</p>



<p>Más
allá de la formación adquirida por el profesional en esta nueva disciplina, la
pregunta que se hace es la siguiente: ¿Qué tecnología debo utilizar para
desarrollar un gran trabajo en materia de compliance?</p>



<p>Hoy existe una decena de
plataformas especializadas en compliance penal. </p>



<p>Estamos seguros de que cada
una de estas plataformas diseñadas para el compliance aporta un determinado
valor.</p>



<p>El desafío consiste en conocer
qué valor es el que el profesional precisa para su perfil de cliente. ¿Gran
empresa? ¿Pyme? o ¿Micro-empresa?</p>



<p>Queremos ayudaros a elegir el
software adecuado para desarrollar un manual de compliance penal. </p>



<p>Más allá de lo que puede
leerse en cualquier exposición literaria, queremos presentaros una demo a
tiempo real en la que podáis conocer lo que Compliancers puede hacer en el
desarrollo de un manual de compliance. </p>



<p>Os invitamos a nuestras
sesiones semanales de webinars.</p>



<ul><li>Los miércoles. Horario: 17:00h a 18:00h</li><li>Los viernes. Horario: 11:00h a 12:00h.</li></ul>



<p>La sesión puede alargarse por
más tiempo si el trámite de preguntas así lo requiere.</p>



<p>En el transcurso del webinar
podréis hacer las preguntas que consideréis oportunas. Estaremos encantados en
resolver vuestras dudas.

Puedes inscribirte
visitando <a href="http://www.compliancesofficers.com">www.compliancesofficers.com</a></p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/04/09/nuestros-webinars-presentacion-de-demo-completa-y-a-tiempo-real-de-compliance/">NUESTROS WEBINARS. PRESENTACIÓN DE DEMO COMPLETA Y A TIEMPO REAL DE COMPLIANCE.</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>EL CHECK-LIST. LA IMPORTANCIA DE IDENTIFICAR ADECUADAMENTE LAS ACTIVIDADES DE RIESGO PENAL</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/03/29/el-check-list-la-importancia-de-identificar-adecuadamente-las-actividades-de-riesgo-penal/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=el-check-list-la-importancia-de-identificar-adecuadamente-las-actividades-de-riesgo-penal</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Mar 2019 13:24:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Check-list]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La identificación de las actividades de riesgo existentes en una empresa es el punto de partida de un compliance penal. ¿Por qué es importante el check-list? A partir del check-list, nuestra plataforma gestiona de manera automática los siguientes informes: Un check-list incompleto o defectuoso dará como resultado unos informes defectuosos y, sobre todo, un plan [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/03/29/el-check-list-la-importancia-de-identificar-adecuadamente-las-actividades-de-riesgo-penal/">EL CHECK-LIST. LA IMPORTANCIA DE IDENTIFICAR ADECUADAMENTE LAS ACTIVIDADES DE RIESGO PENAL</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La identificación de las actividades de riesgo existentes en una empresa es el punto de partida de un compliance penal.</p>



<p>¿Por qué es importante el check-list?</p>



<p>A partir del check-list, nuestra plataforma
gestiona de manera automática los siguientes informes:</p>



<p>Un check-list incompleto o defectuoso dará
como resultado unos informes defectuosos y, sobre todo, un plan de seguimiento
y control ineficaz. </p>



<p>Una deficiente individualización de los
riesgos de naturaleza penal de una empresa sitúa al trabajo realizado por el
profesional en el marco de la ineficacia. Lo que es lo mismo que decir:
se habrá hecho un trabajo inútil. Y, lo que es peor, el profesional que haya
intervenido en el asesoramiento del programa de compliance podría ser llamado a
responsabilidad.</p>



<p>Un buen
método asegura un buen resultado. </p>



<p>Estamos
seguros de que cada profesional dispone de su propia metodología. </p>



<p>Sin ánimo de
descartar otros procedimientos de trabajo, queremos presentar un ejemplo de
cómo el software de gestión de compliance diseñado por Compliancers puede
ayudarte.</p>



<p>Imaginemos
que estamos trabajando con una empresa de fabricación de producto. </p>



<p>Nuestro
programa trabaja respecto de los 34 delitos de los que cabe derivar la
responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración.</p>



<p>Compliancers
desarrolla su gestor de procesos cerca de cada uno de los departamentos del
organigrama funcional de la empresa.</p>



<p>Imaginemos
que estamos tratando el delito CONTRA LA HACIENDA PUBLICA, regulado por los artículos
305 &#8211; 306 del Código Penal y que queremos identificar las actividades de riesgo
de los distintos departamentos o áreas funcionales de la empresa cliente.</p>



<p>Imaginemos
que estamos analizando el departamento de contabilidad.</p>



<p>¿Qué hacemos?</p>



<p>Realizaremos
una serie de consultas ya definidas al responsable de dicho departamento a fin
de que, según sus respuestas, puedan ser identificadas las actividades de
riesgo de incurrir en un delito contra la hacienda pública.</p>



<p>Compliancers
sugiere el siguiente check-list: LINK.</p>



<p><a href="https://compliancesofficers.com/documentos/0-hoja-del-check-list.pdf">https://compliancesofficers.com/documentos/0-hoja-del-check-list.pdf</a></p>



<p><strong>MUY IMPORTANTE. Si el profesional desea añadir alguna pregunta no
contemplada en el check-list, la plataforma le guiará por todo el proceso para
gestionar las nuevas preguntas y generar los correspondientes informes de
actividades y conductas de riesgo, las políticas corporativas, los
procedimientos y directrices y los planes de seguimiento y control.</strong></p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/03/29/el-check-list-la-importancia-de-identificar-adecuadamente-las-actividades-de-riesgo-penal/">EL CHECK-LIST. LA IMPORTANCIA DE IDENTIFICAR ADECUADAMENTE LAS ACTIVIDADES DE RIESGO PENAL</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>LOS PASOS PARA QUE UN MODELO DE COMPLIANCE SEA CALIFICADO DE EFICAZ</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/03/26/los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz</link>
					<comments>https://compliancesofficers.com/2019/03/26/los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Mar 2019 17:53:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[código penal]]></category>
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		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El artículo 31bis del Código Penal regula la posibilidad de que la persona jurídica quede exenta de responsabilidad si se cumple, entre otras, la siguiente condición: 2. “(…) que el órgano de administración haya adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia [&#8230;]</p>
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]]></description>
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<p>El artículo 31bis del Código
Penal regula la posibilidad de que la persona jurídica quede exenta de
responsabilidad si se cumple, entre otras, la siguiente condición: </p>



<p>2. “(…) que el órgano de
administración haya adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del
delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y
control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de
forma significativa el riesgo de su comisión”</p>



<p>Una vez más, hemos de lamentar
que el legislador no haya realizado el esfuerzo de definir qué se entiende por
“eficacia” y qué se entiende por “medidas idóneas”.</p>



<p>Tampoco facilita el legislador un
listado de los contenidos exigidos en un programa de cumplimiento penal para
que se entienda realizado con eficacia.</p>



<p>Como siempre, ha de transitarse
por el terreno de la inseguridad jurídica. Como siempre, habremos de recurrir a
la doctrina de nuestros tribunales para conocer la interpretación de estos dos
conceptos esenciales.</p>



<p>Es muy razonable colegir que una
mejor tarea legislativa habría de reducir la litigiosidad.</p>



<p>Mientras tanto, y a la vista de
lo que ya viene exigiéndose en las resoluciones judiciales que vamos
conociendo, en la Versión 5.0 de Compliancers hemos venido a desarrollar y a
perfeccionar un gestor de procesos que incluye las sucesivas fases por las que
debe transitar la implantación de un modelo de compliance. Procesos que vienen
inspirados desde directrices de la UNE-ISO 19600 y 19601 y desde la doctrina
jurisprudencial.</p>



<p>El organigrama de estos procesos
sería el siguiente:</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img src="https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance.jpg" alt="" class="wp-image-10819" width="956" height="621" srcset="https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance.jpg 956w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-300x195.jpg 300w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-768x499.jpg 768w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-600x390.jpg 600w" sizes="(max-width: 956px) 100vw, 956px" /></figure></div>



<p>Estamos
seguros de que cada profesional dispone de su propia metodología.</p>



<p>Sin embargo,
siendo conscientes de que, en muchos casos, se trabaja bajo el procedimiento de
“prueba – error”, nos permitimos presentar este organigrama con la confianza de
que pueda servir de ayuda a quienes han apostado por incorporar a su porfolio
de servicios el compliance penal.</p>



<p>El objetivo
de Compliancers es que el diseño de su software de gestión de compliance aporte
al profesional:</p>



<ul><li>El seguimiento guiado en todas las fases de
implantación de un programa de cumplimiento.</li><li>La automatización de todo el proceso a partir de
la fase de consultas (check-list).</li><li>La guía en la fase de formación a directivos y
empleados.</li><li>La generación de evidencias probatorias.</li><li>La automatización del trabajo recurrente y
periódico del seguimiento, supervisión, vigilancia y control, una vez ha sido
implementado un manual de compliance.</li><li>Documentos de apoyo para llevar a cabo todos los
procesos.</li><li>La optimización de recursos con la finalidad de que
el profesional pueda presentar una minuta de honorarios asequible para sus
clientes.</li><li>En definitiva, la realización de un trabajo
excelente que aporte valor a su cliente y, finalmente, a su despacho.</li></ul>
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			</item>
		<item>
		<title>NUEVO TRATAMIENTO LEGAL DEL SECRETO EMPRESARIAL</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Mar 2019 13:15:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance program]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 13 de marzo entró en vigor la Ley 1/2019 de 20 de febrero de Secretos Empresariales. Hemos de recordar que el delito de revelación de secretos de empresa (artículos 278 – 279 y 280 del Código Penal) es uno de los 34 delitos generadores de responsabilidad penal a la persona jurídica y a [&#8230;]</p>
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<p>El pasado 13 de marzo entró en
vigor la Ley 1/2019 de 20 de febrero de Secretos Empresariales.</p>



<p>Hemos
de recordar que el delito de revelación de secretos de empresa (artículos 278 –
279 y 280 del Código Penal) es uno de los 34 delitos generadores de
responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración.</p>



<p>La Ley 1/2019 postula la
protección de la confidencialidad con la finalidad de garantizar la
competitividad empresarial, la transferencia de conocimiento y la innovación en
investigación.</p>



<p>Le ley define el conceto de
secreto empresarial de conformidad con lo dispuesto en la Directiva (UE)
2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 8 de junio de 2016.</p>



<p>A efectos de esta ley se
considera secreto de empresas cualquier información o conocimiento, incluido el
tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero que
reúna determinadas condiciones:</p>



<ol><li>Ser
secreto, en el sentido de que, en su conjunto, no sea generalmente conocido ni fácilmente
accesible.</li><li>Tener
un valor empresarial; ya sea real o, simplemente, potencial.</li><li>Haber
sido objeto de medidas razonable por parte de su titular para mantenerlo en
secreto.</li></ol>



<p>Se protege al titular de un
secreto empresarial (persona física o jurídica) que legítimamente ejerza el
control sobre el mismo y se extiende frente a cualquier modalidad de obtención,
utilización o revelación de la información constitutiva de secreto de empresa
que resulte ilícita o tenga origen ilícito con arreglo a lo previsto en esta
ley.</p>



<p>La LSE viene a proteger y a
patrimonializar los secretos empresariales, configurando un nuevo marco
normativo en materia de ejercicio de acciones judiciales y especialidades de
carácter procesal lo que significa un nuevo desafío para as empresas y para el
compliance penal.</p>



<p>De nuevo, el compliance penal
cobra relevancia en la prevención de delitos.</p>



<p>Un modelo eficaz de compliance
deberá contemplar la nueva regulación del concepto “secreto empresarial”.</p>



<p>Compliancers se dispone a
actualizar su software de gestión de compliance en lo concerniente al delito de
revelación de secretos, a fin de mantener alineada su plataforma con la
reciente legislación.</p>



<p>En breve informaremos a nuestros
licenciatarios de dicha actualización.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>NUEVOS DELITOS PARA EL COMPLIANCE PENAL</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Mar 2019 16:20:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ley Orgánica 1/2019 de 20 de febrero incorpora nuevos tipos delictivos en el marco de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La reforma del CP entra en vigor el próximo 13 de marzo de 2019. Art. 285 bis. CP. Abuso de mercado. Comunicación ilícita de información privilegiada. Art. 432 a 434 CP. Lucha [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La ley Orgánica 1/2019 de 20 de
febrero incorpora nuevos tipos delictivos en el marco de la responsabilidad
penal de las personas jurídicas. La reforma del CP entra en vigor el próximo 13
de marzo de 2019.</p>



<ul><li>Art.
285 bis. CP. Abuso de mercado. Comunicación ilícita de información
privilegiada.</li><li>Art.
432 a 434 CP. Lucha contra el fraude. Malversación y administración desleal y
apropiación indebida del patrimonio público.</li><li>573
a 580 CP. Lucha contra el terrorismo. Colaboración con terroristas,
adoctrinamiento, exaltación, enaltecimiento o incitación al terrorismo.</li></ul>



<p>En Compliancers ya estamos
trabajando para incorporar a nuestra plataforma estos nuevos tipos delictivos.</p>



<p>Informaremos puntualmente a
nuestros licenciatarios cuando hayamos finalizado nuestro trabajo.</p>



<p><a href="https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/02/21/legal/1550760459_258667.html">https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/02/21/legal/1550760459_258667.html</a></p>
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