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	<title>Compliance Penal &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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	<description>Tirant Compliance Software. La herramienta creada por abogados especialistas en compliance penal para los mejores profesionales</description>
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	<title>Compliance Penal &#8211; Tirant Compliancers &#8211; Compliance Software</title>
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		<title>COMPLIANCE PENAL. CRITERIOS PARA VALORAR LA EFICACIA DE UN MODELO DE CUMPLIMIENTO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Nov 2023 11:10:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogado de empresa]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado reconoce de forma expresa que “no resultará sencillo a Fiscales y Jueces comprobar que los modelos de organización y gestión cumplen las condiciones y, sobre todo, los requisitos respectivamente establecidos en los apartados 2 y 5 del art. 31 bis”. Es por ello – continúa diciendo [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado reconoce de forma expresa que <em>“</em><em>no resultará sencillo a Fiscales y Jueces comprobar que los modelos de organización y gestión cumplen las condiciones y, sobre todo, los requisitos respectivamente establecidos en los apartados 2 y 5 del art. 31 bis”.</em></p>



<p>Es por ello – continúa diciendo la Circular 1/2016 – que, sin perjuicio de las muy diversas circunstancias atendibles en cada caso concreto, se proporcionan las siguientes pautas exegéticas de carácter general que, resumidamente, pasamos a exponer:</p>



<ul><li>Ha de evitarse que la mera adopción de estos modelos constituya un salvoconducto para la impunidad de la persona jurídica (…).</li><li>Los modelos de organización y han de promover una verdadera cultura ética empresarial.</li><li>Cualquier programa eficaz deberá depender del inequívoco compromiso y apoyo de la alta dirección de la compañía.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Ofrecemos 3 modelos de trabajo, según se esté en presencia de una microempresa o pyme con nuestras versiones: “micro”, “profesional” o “premium”.</p>



<p>Invitamos a los operadores de compliance a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos sobre gestión de compliance existentes en el mercado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades de adaptación a los recursos disponibles por la empresa.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
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		<title>COMPLIANCE PENAL. LA EVALUACIÓN DEL RIESGO PENAL</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Nov 2023 10:12:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Uno de los riesgos a los que una empresa se expone es el riesgo de que cualquier miembro de la organización cometa un delito del que quepa derivar la responsabilidad penal a la empresa y a sus órganos de administración. ¡Ah! Hoy en día, el Código Penal recoge hasta 43 tipos delictivos que, cometidos por [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Uno de los riesgos a los que una empresa se expone es el riesgo de que cualquier miembro de la organización cometa un delito del que quepa derivar la responsabilidad penal a la empresa y a sus órganos de administración. ¡Ah! Hoy en día, el Código Penal recoge hasta 43 tipos delictivos que, cometidos por empleados, podrían ser imputados a la empresa y a sus administradores.</p>



<p>La evaluación del riesgo penal es un elemento clave para el diseño e implementación de un sistema de gestión de compliance penal.</p>



<p>Solo podrá decirse que ha sido implementado un buen programa de compliance cuando pueda asegurarse que se ha trabajado sobre cada uno de los departamentos funcionales del organigrama corporativo mediante las siguientes acciones iniciales:</p>



<ul><li>Identificación de las actividades de riesgo: reconocimiento de los eventos o situaciones que pueden afectar al trabajo diario de los integrantes de cada departamento funcional de la empresa.</li><li>Identificación de las conductas de riesgo: reconocimiento de las conductas derivadas de las actividades de riesgo en el trabajo diario de cada empleado que puedan ser constitutivas de delito.</li><li>Análisis de los riesgos: estimación de la probabilidad y el impacto de cada riesgo, así como su causa y su efecto.</li><li>Evaluación de los riesgos: para determinar su nivel de aceptabilidad y su prioridad.</li><li>Tratamiento de los riesgos: acciones de implementación de los mecanismos adecuados para eliminar o reducir cada riesgo.</li><li>Monitorización de los riesgos: acciones de verificación del cumplimiento y la efectividad de las acciones implementadas.</li></ul>



<p><strong>¿Qué decimos en Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Ponemos a disposición del profesional llamado a implementar programas de compliance en las pymes españolas, un software de gestión de compliance que ha sido desarrollado bajo las directrices de la ISO 19600 y la UNE 19601.</p>



<p>Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.</p>



<p>Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2023/11/02/compliance-penal-la-evaluacion-del-riesgo-penal/">COMPLIANCE PENAL. LA EVALUACIÓN DEL RIESGO PENAL</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<item>
		<title>Canal de denuncias. Hablamos a los licenciatarios</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/03/17/como-implementar-un-canal-de-denuncias/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=como-implementar-un-canal-de-denuncias</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Mar 2023 11:35:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Eres licenciatario de Tirant Compliancers? Si consideras que la obligación impuesta a las empresas de más de 50 empleados es una oportunidad para incorporar a tu porfolio un nuevo producto: ¿Qué te proponemos? Tu despacho puede incorporar al porfolio de servicios la Gestión del Canal de Denuncias a tus clientes. Se trata de una obligación [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>¿Eres licenciatario de Tirant Compliancers?</strong></p>



<p>Si consideras que la obligación impuesta a las empresas de más de 50 empleados es una oportunidad para incorporar a tu porfolio un nuevo producto:</p>



<p><strong>¿Qué te proponemos?</strong></p>



<p>Tu despacho puede incorporar al porfolio de servicios la Gestión del Canal de Denuncias a tus clientes.</p>



<p>Se trata de una obligación legal.</p>



<p>Externalización de todos o cualquiera de os siguientes servicios:</p>



<ul><li>¿Implementar en el sitio web de tus clientes el software del SII?</li><li>¿Gestionar desde tu despacho el Canal de Denuncias?</li><li>¿Designar a tu despacho como responsable externo del SII?</li></ul>



<p><strong>Nuestra Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias. Sin coste para los licenciatarios de Tirant Compliancers.</strong></p>



<p>En Tirant Compliancers hemos desarrollado una Plataforma de Gestión del SII que ya está a disposición de nuestros licenciatarios.</p>



<p>Puede ayudarte a gestionar el Canal de Denuncias de tus clientes sin necesidad de invertir en un software de gestión de denuncias ni aplicar recursos humanos que necesitas para otras funciones.</p>



<p><strong>¿Cómo acceder a la plataforma de Gestión del Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>Dispones de 2 opciones:</p>



<p><strong>OPCION Nº 1. Renovación de la licencia.</strong></p>



<p>En tu próxima renovación te será aplicada nuestra última versión. V7.0 que incorpora:</p>



<p>Los nuevos delitos de la LO 10/2022, ley del “solo el sí es sí”.</p>



<ul><li>Acoso Laboral.</li><li>Acoso Sexual.</li><li>La Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias.</li><li>Precio de Renovación. Se mantienen las condiciones de renovación contratadas. Es decir, no hay incremento de precio.</li></ul>



<p><strong>OPCION Nº2. Si vas a adquirir una nueva licencia, tienes a tu disposición la última versión V7.0.</strong></p>



<ul><li>Precio. La adquisición de la nueva licencia V7.0 mantiene los precios actualmente en vigor. Es decir, no hay incremento.</li><li>La V7.0 incorpora:</li></ul>



<p>Los nuevos delitos de la LO 10/2022, ley del “solo el sí es sí”.</p>



<ul><li>Acoso Laboral.</li><li>Acoso Sexual.</li><li>La Plataforma de Gestión del Canal de Denuncias.</li></ul>
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		<item>
		<title>Canal interno de denuncias. Obligación a empresas de más de 50 empleados.</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2023/02/21/canal-interno-de-denuncias-obligacion-a-empresas-de-mas-de-50-empleados/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-interno-de-denuncias-obligacion-a-empresas-de-mas-de-50-empleados</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2023 08:22:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogado de empresa]]></category>
		<category><![CDATA[Canal de denuncias]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado día 16 de febrero quedó aprobada por el Congreso la Ley de Protección de Informantes que regula los sistemas internos de información y la obligación de implementar canales internos de denuncias. ¿Quiénes están obligados? Empresas con más de 50 trabajadores. Partidos Políticos. Sindicatos. Organismos Públicos. Corporaciones de Derecho Público. Universidades Públicas. Fundaciones. Requisitos [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El pasado día 16 de febrero quedó aprobada por el Congreso la Ley de Protección de Informantes que regula los sistemas internos de información y la obligación de implementar canales internos de denuncias. </p>



<p><strong>¿Quiénes están obligados?</strong></p>



<ul><li>Empresas con más de 50 trabajadores.</li><li>Partidos Políticos.</li><li>Sindicatos.</li><li>Organismos Públicos.</li><li>Corporaciones de Derecho Público.</li><li>Universidades Públicas.</li><li>Fundaciones.</li></ul>



<p><strong>Requisitos del Canal de Denuncias.</strong></p>



<ul><li>Seguridad. Estar diseñado, establecido y gestionado de forma segura y confidencial.</li><li>Independencia. Debe ser independientes de los sistemas internos de la organización.</li><li>Responsable del Sistema. Nombramiento de la persona responsable de gestionarlo.</li><li>Comunicaciones. Debe disponer de procedimientos de gestión de las comunicaciones recibidas.</li><li>Garantías. Debe disponer de sistemas que garanticen la protección de los informantes.</li></ul>



<p><strong>Responsable del Sistema Interno.</strong></p>



<ul><li>El órgano de administración está obligado a designar la persona física responsable de la gestión del Canal de Denuncias.</li><li>El responsable designado deberá realizar su función de manera independiente respecto del resto de los órganos de gobierno.</li></ul>



<p><strong>Régimen Sancionador.</strong></p>



<ul><li>Infracciones Leves: de 1.001 a 10.000 euros.</li><li>Infracciones Graves: de 10.001 a 600.000 euros.</li><li>Infracciones Muy Graves: de 600.001 a 1.000.000 euros.</li></ul>



<p><strong>¿Cómo se gestiona el Canal de Denuncias?</strong></p>



<p>Corresponde al órgano de administración de la organización la responsabilidad de adoptar e implementar procesos de puesta en marcha de un Canal de Denuncias eficaz.</p>



<p>Esta responsabilidad puede ser gestionada:</p>



<p><strong>Gestión Interna.</strong></p>



<ul><li>Por medio del Compliance Officer. Si se tiene implementado un programa de compliance.</li><li>Por medio de un Responsable de Cumplimiento Normativo designado al efecto.</li></ul>



<p><strong>Gestión Externa.</strong></p>



<ul><li>Por medio de la externalización del servicio a profesionales especializados que realicen las funciones de recepción de denuncias, instrucción y resolución.</li></ul>



<p><strong>¿Cuándo debe estar operativo?</strong></p>



<ul><li>Empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores: antes del 1 de diciembre de 2023.</li><li>Empresas con más de 250 empleados: en el plazo de 3 meses a partir de la entrada en vigor de la ley.</li></ul>



<p><strong>El valor del Canal de Denuncias.</strong></p>



<p>La mala noticia: estamos en presencia de una nueva obligación que se enmarca en el principio de la autorregulación regulada, con el acompañamiento habitual de un importante paquete de sanciones.</p>



<p>Sin embargo, conviene tener presente que la implantación de un Canal de Denuncias aporta los siguientes valores a la organización:</p>



<ul><li>La disposición de una herramienta interna de comunicación esencial para la eficaz implantación de una cultura de cumplimiento y de ética en el seno de la organización.</li><li>La detección anticipada de aquellas conductas que pueden dar lugar a la comisión de un delito.</li><li>El cumplimiento de una obligación legal.</li><li>La exoneración o atenuación de la responsabilidad penal de la persona jurídica y del órgano de administración en aquellos casos de comisión de un delito en el seno de la organización.</li><li>El fortalecimiento de los procesos internos de gestión y control de la empresa.</li><li>La consolidación de la mejora continua de la organización.</li></ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Compliance Penal. Un apunte práctico para desarrollar un modelo de Compliance</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/10/25/compliance-penal-un-apunte-practico-para-desarrollar-un-modelo-de-compliance/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=compliance-penal-un-apunte-practico-para-desarrollar-un-modelo-de-compliance</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Oct 2022 07:12:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La experiencia que nos relatan algunos de nuestros licenciatarios es que han venido a desarrollar modelos de compliance a sus empresas cliente y que, una vez finalizada la implementación, no ha sido posible llevar a cabo un plan de supervisión, vigilancia y control. La explicación que se nos da es sencilla: la empresa no dispone [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>La experiencia que nos relatan algunos de nuestros licenciatarios es que han venido a desarrollar modelos de compliance a sus empresas cliente y que, una vez finalizada la implementación, no ha sido posible llevar a cabo un plan de supervisión, vigilancia y control.</p>



<p>La explicación que se nos da es sencilla: la empresa no dispone de recursos ni de formación suficiente para ejecutar con eficiencia un plan de seguimiento.</p>



<p>Dicho de otro modo: ha sido realizado un programa de compliance demasiado complejo para una pyme y ésta se siente asfixiada con las tareas que demanda el modelo de cumplimiento.</p>



<p><strong>El tamaño sí importa.</strong></p>



<p>El objetivo esencial de un programa de compliance es el cumplimiento de la ley y la prevención de determinados delitos.</p>



<p>Este objetivo no deberá en ningún caso prevalecer sobre la propia actividad de la empresa. Cuando así sucede, sencillamente se abandona el compliance.</p>



<p>Nuestra reflexión es que debemos acogernos al principio de proporcionalidad que es postulado por la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del estado. Es decir, el tamaño sí importa.</p>



<p>El primer elemento que ha de tenerse presente es que si un programa de compliance es imposible de ser ejecutado en razón de los medios de que dispone la empresa, no es un buen compliance.</p>



<p>El resultado de un compliance desproporcionado es el colapso de la organización y, finalmente, el abandono.</p>



<p><strong>¿Podemos ayudarte?</strong></p>



<p>La plataforma de compliance que proponemos en Tirant Compliancers puede ayudar al profesional a contemplar el principio de proporcionalidad. De tal manera que disponemos de tres versiones de trabajo: La “micro”, la “profesional” y la “premium”.</p>



<p>Estamos seguros de que el profesional podrá evaluar la conveniencia de utilizar una u otra en función de la estrategia de Compliance que haya diseñado para su cliente.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Canal de denuncias. Que infracción deben ser objeto de denuncia</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/10/13/canal-de-denuncias-que-infraccion-deben-ser-objeto-de-denuncia/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=canal-de-denuncias-que-infraccion-deben-ser-objeto-de-denuncia</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Oct 2022 14:39:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Dark]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 13 de septiembre tuvo entrada en las Cortes el Proyecto de Ley de Protección al Denunciante que viene a obligar a todas las empresas de más de 50 empleados y a las administraciones públicas a disponer de un Canal de Denuncias. La nueva norma viene a reforzar los canales de comunicación y denuncia [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El pasado 13 de septiembre tuvo entrada en las Cortes el Proyecto de Ley de Protección al Denunciante que viene a obligar a todas las empresas de más de 50 empleados y a las administraciones públicas a disponer de un Canal de Denuncias.</p>



<p>La nueva norma viene a reforzar los canales de comunicación y denuncia interna ya existentes en el marco del compliance penal a los que se contemplan en art. 31bis del Código Penal y en la UNE 19601.</p>



<p>El Proyecto de Ley regula de manera específica, más allá de lo ya regulado en el Código Penal, la obligatoriedad de denunciar infracciones por acción o por omisión y por prácticas lícitas o abusivas sobre:</p>



<ul><li>Contratación pública.</li><li>Blanqueo de capitales.</li><li>Seguridad en las cadenas de producción y distribución de productos.</li><li>Seguridad en el transporte.</li><li>Seguridad en la protección del medio ambiente.</li><li>Seguridad de los alimentos: cadena de producción y distribución.</li><li>Seguridad de piensos y sanidad animal: cadena de producción y distribución.</li><li>Salud pública.</li></ul>



<p>La aplicación práctica y la puesta en marcha de estos canales de denuncia viene dada en el entorno del Compliance penal en la medida en que es desde las políticas corporativas que cada empresa tenga implantadas en su organización que puede ser gestionado con eficacia un canal de denuncias. El Proyecto de Ley viene a anunciar la obligatoriedad de implementar programas de Compliance penal para las empresas con más de 50 empleados. estas organizaciones.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>La concienciación del Compliance en la empresa</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2022/09/20/la-concienciacion-del-compliance-en-la-empresa/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=la-concienciacion-del-compliance-en-la-empresa</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Sep 2022 06:50:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El valor de la concienciación La concienciación es el proceso mediante el&#160;cual las personas son estimuladas y animadas a explorar su realidad y su conciencia, de forma que&#160;la comprensión de la realidad y de su propia conciencia es cada vez más profunda y comienza a comprometerse como praxis. Partiendo de esta sencilla definición, la concienciación [&#8230;]</p>
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<p><strong>El valor de la concienciación</strong></p>



<p>La concienciación es el proceso mediante el&nbsp;cual las personas son estimuladas y animadas a explorar su realidad y su conciencia, de forma que&nbsp;la comprensión de la realidad y de su propia conciencia es cada vez más profunda y comienza a comprometerse como praxis.</p>



<p>Partiendo de esta sencilla definición, la concienciación en materia de cumplimiento normativo se convierte en la principal herramienta de prevención del incumplimiento normativo.</p>



<p>Hasta tal punto que un programa de compliance, por sólido y completo que sea, no resultará eficaz sin un plan de acción que ponga el foco en la transmisión de los mensajes adecuados a todos los integrantes de la organización.</p>



<p>Un modelo de compliance que aspire a la eficacia deberá orientarse a la puesta a disposición de empleados y directivos de las pautas y modelos de comportamiento que hagan posible su conocimiento, su concienciación y su cumplimiento.</p>



<p><strong>La formación como proceso</strong></p>



<p>El proceso de una estrategia de formación en materia de compliance deberá aspirar a lograr mucho más que la simple transmisión de conocimiento, ideas o conceptos.</p>



<p>Es absolutamente esencial que el proceso formativo de empleados y directivos venga inspirado por los líderes de la organización desde el compromiso con la integridad y materializado por el profesional que ha desarrollado el compliance desde el principio de algo tan sencillo como hacer siempre lo correcto ante cualquier situación que pueda plantearse en el día a día.</p>



<p>La formación, pues, se convierte en el punto de partida para lograr la concienciación de todos los integrantes de la organización.</p>



<p>Qué duda cabe que la formación presencial es, en principio, la más efectiva. Sin embargo, el profesional responsable de la implementación de un programa de compliance deberá valorar la viabilidad de una formación presencial eficaz cuando, como sucede frecuentemente, no es posible que la empresa concentre a toda su plantilla en unidad de acto o, simplemente, no disponga del tiempo suficiente para destinarlo a la formación de sus empleados.</p>



<p>La alternativa es la formación e-learning.</p>



<p>Este tipo de formación, pese a ser considerada como un arte menor, no merecería ser denostado pues aporta importantes ventajas que no serían posibles en una formación presencial. En efecto, y por citar algunas de ellas, es personalizada ya que se enfoca a cada empleado en función de sus particulares actividades de riesgo; es completa en tanto que se aplica a todas las posibles conductas delictivas que podrían ser cometidas por el empleado; es flexible en tanto que no se sujeta a un horario predeterminado; es progresiva en la medida en que el alumno avanza según los módulos que le son aplicables y es universal al garantizar que toda la plantilla – actual o futura – tiene acceso a ella.</p>



<p><strong>La concienciación como objetivo</strong></p>



<p>La concienciación es el resultado de un buen programa de formación y sólo podrá afirmarse que se ha logrado cuando todos los integrantes de la organización toman conciencia del grado de exposición al riesgo al que están sometidos a diario de ser autores de un delito e interioricen la importancia y la necesidad de mantener un comportamiento ético, de buenas prácticas y de cumplimiento normativo.</p>
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		<title>¿Quieres conocer un caso práctico de Compliance con nuestro software?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2021/05/04/quieres-conocer-un-caso-practico-de-compliance-con-nuestro-software/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=quieres-conocer-un-caso-practico-de-compliance-con-nuestro-software</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 May 2021 10:53:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Si tienes dudas de qué herramienta tecnológica es la más adecuada para desarrollar un modelo de cumplimiento penal para tus clientes, te invitamos a conocer un caso práctico de implementación de un modelo de compliance. Te invitamos a un webinar para que compruebes por ti mismo cómo desarrollamos un caso práctico real de un modelo [&#8230;]</p>
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<p>Si tienes dudas de qué herramienta tecnológica es la más adecuada para desarrollar un modelo de cumplimiento penal para tus clientes, te invitamos a conocer un caso práctico de implementación de un modelo de compliance.</p>



<p>Te invitamos a un webinar para que compruebes por ti mismo cómo desarrollamos un caso práctico real de un modelo de compliance.</p>



<p>Estaremos en directo, de principio a fin, hasta dar por completado un programa de compliance en el que trataremos un delito. Será suficiente para que compruebes de qué forma puede ayudarte nuestra plataforma.</p>



<p><strong>¿Qué podrás ver?</strong></p>



<p>Elegiremos un delito y transitaremos de principio a fin por las fases de:</p>



<ul><li>Organigrama de la empresa.</li><li>Consultas. Check list.</li><li>Informe de Actividades de Riesgo.</li><li>Informe de Conductas de Riesgo.</li><li>Mapa de Riesgos y Mapa de Calor.</li><li>Informe de Políticas Corporativas.</li><li>Informe de Directrices y Procedimientos.</li><li>Plan de Seguimiento, supervisión y control.</li><li>Plan de Comunicación.</li><li>Plan de Acción.</li><li>Registros de Control.</li><li>Plan de formación.</li><li>Canal de Denuncias.</li><li>Welcome pack para miembros de la empresa.</li><li>Código de Ética.</li></ul>



<p>Y estaremos a tu disposición para responder a cuantas preguntas nos formules.</p>



<p>Puedes inscribirte de forma gratuita en <a href="https://compliancesofficers.com/demo/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://compliancesofficers.com/demo/</a> y reservar tu plaza para cualquiera de los días:</p>



<p>Día 12 de mayo, a las 12:00 horas.</p>



<p>Día 14 de mayo, a las 12:00 horas.</p>



<p>Te esperamos</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2021/05/04/quieres-conocer-un-caso-practico-de-compliance-con-nuestro-software/">¿Quieres conocer un caso práctico de Compliance con nuestro software?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<title>Formación online a nuestros licenciatarios del uso de nuestra herramienta</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2021/01/28/formacion-online-a-nuestros-licenciatarios-del-uso-de-nuestra-herramienta/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=formacion-online-a-nuestros-licenciatarios-del-uso-de-nuestra-herramienta</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Jan 2021 08:18:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
		<category><![CDATA[online]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Uno de nuestros licenciatarios iniciaba su camino en el mundo del compliance y ha solicitado nuestra ayuda. Conocer la ley no siempre es suficiente, nos decía.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<h2><strong>Más que un software de compliance</strong></h2>



<p>Uno de nuestros licenciatarios iniciaba su camino en el mundo del compliance y ha solicitado nuestra ayuda. Conocer la ley no siempre es suficiente, nos decía.</p>



<h2><strong>¿Qué hemos hecho en Tirant Compliancers?</strong></h2>



<p>Estamos encantados de poder ayudar a nuestros licenciatarios. Queremos que nos considere algo más que sus proveedores. Queremos acompañarlos en su camino del compliance.</p>



<p>Hemos diseñado un plan de “formación online de ayuda al licenciatario”, gracias al cual se realiza un programa de cumplimiento completo en sede de la plataforma de nuestro licenciatario.</p>



<p>El caso práctico ha tenido una duración de 2 sesiones de 3 horas cada una de ellas.</p>



<p>Ha conocido:</p>



<ul><li>Cómo planificar sus papeles de trabajo.</li><li>Cómo realizar el check list de más de 800 preguntas a cada departamento del organigrama de la empresa.</li><li>Cómo desarrollar un informe de actividades de riesgo.</li><li>Cómo desarrollar un mapa de conductas de riesgo.</li><li>Cómo definir un código de conducta.</li><li>Cómo crear las políticas corporativas.</li><li>Cómo generar un informe de procedimientos y directrices.</li><li>Cómo enfocar la formación a los integrantes de la organización.</li><li>Cómo preparar el Welcome pack.</li><li>Como realizar un plan de supervisión, vigilancia y control.</li><li>Cómo gestionar un canal de denuncias.</li><li>Cómo gestionar un plan de recordatorios periódicos de las políticas corporativas a los miembros de la organización.</li><li>Cómo gestionar la evidencia documental.</li></ul>



<p>El resultado: Nuestro licenciatario ha llegado a realizar su primer modelo de compliance completo. De principio a fin. Hemos resuelto sus dudas. Nos dice que ya puede caminar solo.</p>



<h2><strong>Compliance Penal</strong></h2>



<p>Creemos que la “formación online de ayuda al licenciatario” es una excelente herramienta para que conozca todas las posibilidades que le ofrece Tirant Compliancers y que esté en disposición de hacer un gran trabajo a sus clientes.</p>



<p>Te invitamos a conocer las herramientas de compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas. Si te interesa conocer más, puedes visitar nuestra web <a href="http://www.compliancesofficers.com" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.compliancesofficers.com</a>&nbsp;o inscribirte de manera gratuita en nuestros Webinars de demo semanales. Los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
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		<title>¿Está tu despacho de abogados atrapado por lo obvio?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/11/04/esta-tu-despacho-de-abogados-atrapado-por-lo-obvio/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=esta-tu-despacho-de-abogados-atrapado-por-lo-obvio</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2020 10:37:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[compliance penal software]]></category>
		<category><![CDATA[compliance program]]></category>
		<category><![CDATA[compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[software de gestión del compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant-Compliancers]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Quieres que tu despacho obtenga resultados diferentes haciendo lo que siempre has hecho?</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p class="has-black-color has-text-color">¿Quieres que tu despacho obtenga resultados diferentes haciendo lo que siempre has hecho?</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Somos partidarios de pensar que lo obvio nos limita para ver la oportunidad de plantearnos nuevas opciones. Somos partidarios de pensar de forma diferente para lograr resultados diferentes.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La mayoría de los despachos de abogados tratan de afrontar el cambio de paradigma de la profesión con las viejas soluciones. Haciendo las cosas como siempre las han hecho; por la sencilla razón de que siempre se han hecho así.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">A menudo nos asaltan nuevas ideas; Sin embargo, lo verdaderamente difícil no es tener nuevas ideas, es superar las antiguas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La manera en que queremos desafiar el status quo de los despachos tradicionales que transitan en lo obvio es incitarles a pensar que los conocimientos adquiridos dejan de ser útiles por sí mismos y que lo realmente importante es comprender que la mente anclada en lo obvio no permite que entre nada nuevo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Lo verdaderamente imprescindible son las habilidades para asimilar la transformación, siendo parte activa de ésta. ¿Cómo? La clave es hacer que las cosas sucedan de manera diferente.</p>



<h2>¿Cómo puede ayudarte Tirant Compliancers?</h2>



<p class="has-black-color has-text-color">Es el tiempo del Compliance penal. Un producto que cuenta con un mercado de más de 1,2 millones de medianas empresas en España que, antes o después, implementarán un programa de compliance. Un producto que ya está siendo altamente demandado en los despachos de abogados.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Una reciente encuesta nos informa que el 65% de las empresas están pensando en implementar en breve un programa de cumplimiento penal. La buena noticia: estamos en el momento adecuado.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Y resulta que hemos creado una herramienta tecnológica genial que te permitirá percibir la realidad de tu despacho de una manera desacostumbrada.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">La responsabilidad penal de la persona jurídica y el Compliance penal son una oportunidad excelente para salir de lo obvio y provocar el inicio del cambio en tu despacho.</p>



<h2>¿Qué aporta Tirant Compliancers?</h2>



<p class="has-black-color has-text-color">Tirant Compliancers te guía de principio a fin hasta implementar un programa de Compliance en la empresa cliente y transita por todos los procesos de un Compliance: implementación + formación + seguimiento, vigilancia y control que hará posible que seas el provocador del cambio en tu despacho.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Te invitamos a conocer las herramientas de Compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Si te interesa conocer más, puedes visitar nuestra web&nbsp;<a href="https://compliancesofficers.com/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.compliancesofficers.com</a>&nbsp;o inscribirte de manera gratuita en nuestros Webinars de demo semanales. Los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
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		<title>COMPLIANCE Y COVID 19</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/10/21/compliance-y-covid-19/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=compliance-y-covid-19</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Oct 2020 11:30:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[covid 19]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[crisis]]></category>
		<category><![CDATA[crisis sanitaria]]></category>
		<category><![CDATA[pandemia]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[software de gestión del compliance penal]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant Compliancers]]></category>
		<category><![CDATA[Tirant-Compliancers]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Crees que sería una oportunidad para tu despacho ayudar a tus clientes a gestionar la responsabilidad penal de sus empresas por los riesgos del Covid 19?</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p><strong>¿Crees que sería una oportunidad para tu despacho ayudar a tus clientes a gestionar la responsabilidad penal de sus empresas por los riesgos del Covid 19?</strong></p>



<p><strong>Muchas gracias a nuestros licenciatarios por sus testimonios. Nos felicitan por haber incorporado al software de Tirant Compliancers el “Gestión de crisis y riesgos de pandemia”.</strong></p>



<p><strong>Vuestras palabras nos animan a seguir aportando valor a vuestros despachos.</strong></p>



<p>La crisis sanitaria derivada del Covid 19 ha puesto sobre la mesa el valor del compliance en las organizaciones. Está siendo de vital importancia que las empresas mantengan su actividad aportando las garantías necesarias para asegurar la salud de sus empleados y no incurrir en responsabilidad penal.</p>



<p>Ya tenemos experiencias de reclamaciones contra empresas de empleados que han resultado infectados por el Covid 19 y que presentan graves secuelas por causa de una supuesta falta de diligencia en la adopción de las medidas de prevención del riesgo sanitario.</p>



<p>En el actual escenario de incertidumbre y el cambio en nuevos métodos de trabajo evidencian la dificultad en el control y seguimiento de las políticas corporativas. De tal forma que determinados riesgos penales ven aumentado su grado de probabilidad. Hablamos de delitos como la publicidad engañosa, daños informáticos, estafas, insolvencias punibles, delitos contra la intimidad, delitos contra la salud, delitos de odio, revelación de secretos, propiedad industrial, cohecho, etc. Riesgos que acrecientan la posible responsabilidad penal de empresas y de sus órganos de administración.</p>



<p>Los abogados que han implementado programas de compliance en sus empresas cliente no han tenido tiempo para alinear su modelo de compliance al nuevo escenario de riesgos penales derivados de la pandemia sanitaria.</p>



<h2><strong>¿Qué hemos hecho en Tirant Compliancers?</strong></h2>



<p>Hemos incorporado en nuestro software de compliance el “Gestión de crisis y riesgos de pandemia” con el objetivo de facilitar a nuestros licenciatarios un seguimiento detallado de este nuevo riesgo.</p>



<p>Se identifican más de 70 actividades de riesgo penal por pandemia y te guiamos de principio a fin hasta implementar las políticas corporativas que deberán ser seguidas por la empresa y el plan de acción para supervisar, controlar y evaluar las acciones adoptadas. Y, sobre todo, te ayudamos a generar un fondo documental que respalde la adecuación de las acciones tomadas en el caso de una futura demanda por responsabilidad penal o civil de la empresa y de su órgano de administración.</p>



<p>Creemos que es una buena oportunidad para conectar con tus clientes y ofrecerles una nueva propuesta de valor.</p>



<h2><strong>Compliance Penal</strong></h2>



<p>Te invitamos a conocer las herramientas de compliance penal que existen hoy en el mercado. Es muy posible que la forma en que Tirant Compliancers desafía el status quo de los despachos tradicionales sea la que mejor responda a tus expectativas. Si te interesa conocer más, puedes visitar nuestra web www.compliancers.es o inscribirte de manera gratuita en nuestros Webinars semanales en el siguiente enlace https://compliancesofficers.com/demo/ . Los miércoles, a las 16:30h y los viernes, a las 12:00h.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2020/10/21/compliance-y-covid-19/">COMPLIANCE Y COVID 19</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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		<item>
		<title>¿A QUE NUEVOS RIESGOS PENALES SE ENFRENTA LA EMPRESA CON EL COVID 19?</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2020/05/26/a-que-nuevos-riesgos-penales-se-enfrenta-la-empresa-con-el-covid-19/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=a-que-nuevos-riesgos-penales-se-enfrenta-la-empresa-con-el-covid-19</link>
					<comments>https://compliancesofficers.com/2020/05/26/a-que-nuevos-riesgos-penales-se-enfrenta-la-empresa-con-el-covid-19/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 May 2020 07:36:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Asesores]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[covid 19]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://compliancesofficers.com/?p=11109</guid>

					<description><![CDATA[<p>Un modelo de compliance requiere una adaptación permanente a los nuevos riesgos que amenacen a la empresa. Ahora es el momento. En un proceso penal será analizado minuciosamente el compliance que presente la empresa para lograr su exculpación. Ya estamos viendo lo que ocurre. El fiscal hará muchas preguntas. Entra otras: ¿Cuándo se aprobó el [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>Un modelo de compliance requiere una adaptación permanente a los nuevos riesgos que amenacen a la empresa. Ahora es el momento.</p>



<p>En un proceso penal será analizado minuciosamente el compliance que presente la empresa para lograr su exculpación. Ya estamos viendo lo que ocurre. El fiscal hará muchas preguntas. Entra otras:</p>



<p>¿Cuándo se aprobó el modelo de cumplimiento?</p>



<p>¿Qué actualizaciones se han desarrollado desde entonces?</p>



<p>¿Ha habido algún cambio en la empresa que motive una actualización del compliance?</p>



<p>La actual situación de crisis derivada del Covid 19 constituye un gran cambio en los riesgos penales de toda organización. Se presentan nuevos riesgos ante un buen número de delitos.</p>



<p>Por ejemplo, delitos contra los derechos de los trabajadores por incumplimiento del deber de proteger su salud; delitos contra la intimidad derivados de la gestión de datos de carácter personal y de la gestión de los activos informáticos; delitos de insolvencia punible que pueden derivarse de una imprevisión de la situación financiera de la empresa y otros, como delitos de publicidad engañosa, estafas, phishing, etc.</p>



<p>¿Qué queremos decir con ello? Que la crisis del Covid 19 debe dar lugar a la actualización del modelo de compliance.</p>



<p>En Compliancers queremos ayudar al profesional en la gestión de cumplimiento de los nuevos riesgos del Covid 19. Hemos implementado en nuestro software un nuevo riesgo: el módulo de “gestión de crisis de pandemia” que propone la gestión de más de 70 actividades de riesgo.</p>



<p>Estaremos encantados en ofrecerte una demo de un supuesto práctico para que puedas valorar si Compliancers es bueno para ti.</p>
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					<wfw:commentRss>https://compliancesofficers.com/2020/05/26/a-que-nuevos-riesgos-penales-se-enfrenta-la-empresa-con-el-covid-19/feed/</wfw:commentRss>
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			</item>
		<item>
		<title>LOS PASOS PARA QUE UN MODELO DE COMPLIANCE SEA CALIFICADO DE EFICAZ</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/03/26/los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz</link>
					<comments>https://compliancesofficers.com/2019/03/26/los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Mar 2019 17:53:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[Software compliance penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El artículo 31bis del Código Penal regula la posibilidad de que la persona jurídica quede exenta de responsabilidad si se cumple, entre otras, la siguiente condición: 2. “(…) que el órgano de administración haya adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p>El artículo 31bis del Código
Penal regula la posibilidad de que la persona jurídica quede exenta de
responsabilidad si se cumple, entre otras, la siguiente condición: </p>



<p>2. “(…) que el órgano de
administración haya adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del
delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y
control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de
forma significativa el riesgo de su comisión”</p>



<p>Una vez más, hemos de lamentar
que el legislador no haya realizado el esfuerzo de definir qué se entiende por
“eficacia” y qué se entiende por “medidas idóneas”.</p>



<p>Tampoco facilita el legislador un
listado de los contenidos exigidos en un programa de cumplimiento penal para
que se entienda realizado con eficacia.</p>



<p>Como siempre, ha de transitarse
por el terreno de la inseguridad jurídica. Como siempre, habremos de recurrir a
la doctrina de nuestros tribunales para conocer la interpretación de estos dos
conceptos esenciales.</p>



<p>Es muy razonable colegir que una
mejor tarea legislativa habría de reducir la litigiosidad.</p>



<p>Mientras tanto, y a la vista de
lo que ya viene exigiéndose en las resoluciones judiciales que vamos
conociendo, en la Versión 5.0 de Compliancers hemos venido a desarrollar y a
perfeccionar un gestor de procesos que incluye las sucesivas fases por las que
debe transitar la implantación de un modelo de compliance. Procesos que vienen
inspirados desde directrices de la UNE-ISO 19600 y 19601 y desde la doctrina
jurisprudencial.</p>



<p>El organigrama de estos procesos
sería el siguiente:</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img src="https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance.jpg" alt="" class="wp-image-10819" width="956" height="621" srcset="https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance.jpg 956w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-300x195.jpg 300w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-768x499.jpg 768w, https://compliancesofficers.com/wp-content/uploads/2019/03/Proyecto-compliance-600x390.jpg 600w" sizes="(max-width: 956px) 100vw, 956px" /></figure></div>



<p>Estamos
seguros de que cada profesional dispone de su propia metodología.</p>



<p>Sin embargo,
siendo conscientes de que, en muchos casos, se trabaja bajo el procedimiento de
“prueba – error”, nos permitimos presentar este organigrama con la confianza de
que pueda servir de ayuda a quienes han apostado por incorporar a su porfolio
de servicios el compliance penal.</p>



<p>El objetivo
de Compliancers es que el diseño de su software de gestión de compliance aporte
al profesional:</p>



<ul><li>El seguimiento guiado en todas las fases de
implantación de un programa de cumplimiento.</li><li>La automatización de todo el proceso a partir de
la fase de consultas (check-list).</li><li>La guía en la fase de formación a directivos y
empleados.</li><li>La generación de evidencias probatorias.</li><li>La automatización del trabajo recurrente y
periódico del seguimiento, supervisión, vigilancia y control, una vez ha sido
implementado un manual de compliance.</li><li>Documentos de apoyo para llevar a cabo todos los
procesos.</li><li>La optimización de recursos con la finalidad de que
el profesional pueda presentar una minuta de honorarios asequible para sus
clientes.</li><li>En definitiva, la realización de un trabajo
excelente que aporte valor a su cliente y, finalmente, a su despacho.</li></ul>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/03/26/los-pasos-para-que-un-modelo-de-compliance-sea-calificado-de-eficaz/">LOS PASOS PARA QUE UN MODELO DE COMPLIANCE SEA CALIFICADO DE EFICAZ</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>NUEVO TRATAMIENTO LEGAL DEL SECRETO EMPRESARIAL</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/03/15/nuevo-tratamiento-legal-del-secreto-empresarial/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=nuevo-tratamiento-legal-del-secreto-empresarial</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Mar 2019 13:15:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[Código penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance program]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 13 de marzo entró en vigor la Ley 1/2019 de 20 de febrero de Secretos Empresariales. Hemos de recordar que el delito de revelación de secretos de empresa (artículos 278 – 279 y 280 del Código Penal) es uno de los 34 delitos generadores de responsabilidad penal a la persona jurídica y a [&#8230;]</p>
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]]></description>
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<p>El pasado 13 de marzo entró en
vigor la Ley 1/2019 de 20 de febrero de Secretos Empresariales.</p>



<p>Hemos
de recordar que el delito de revelación de secretos de empresa (artículos 278 –
279 y 280 del Código Penal) es uno de los 34 delitos generadores de
responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración.</p>



<p>La Ley 1/2019 postula la
protección de la confidencialidad con la finalidad de garantizar la
competitividad empresarial, la transferencia de conocimiento y la innovación en
investigación.</p>



<p>Le ley define el conceto de
secreto empresarial de conformidad con lo dispuesto en la Directiva (UE)
2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 8 de junio de 2016.</p>



<p>A efectos de esta ley se
considera secreto de empresas cualquier información o conocimiento, incluido el
tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero que
reúna determinadas condiciones:</p>



<ol><li>Ser
secreto, en el sentido de que, en su conjunto, no sea generalmente conocido ni fácilmente
accesible.</li><li>Tener
un valor empresarial; ya sea real o, simplemente, potencial.</li><li>Haber
sido objeto de medidas razonable por parte de su titular para mantenerlo en
secreto.</li></ol>



<p>Se protege al titular de un
secreto empresarial (persona física o jurídica) que legítimamente ejerza el
control sobre el mismo y se extiende frente a cualquier modalidad de obtención,
utilización o revelación de la información constitutiva de secreto de empresa
que resulte ilícita o tenga origen ilícito con arreglo a lo previsto en esta
ley.</p>



<p>La LSE viene a proteger y a
patrimonializar los secretos empresariales, configurando un nuevo marco
normativo en materia de ejercicio de acciones judiciales y especialidades de
carácter procesal lo que significa un nuevo desafío para as empresas y para el
compliance penal.</p>



<p>De nuevo, el compliance penal
cobra relevancia en la prevención de delitos.</p>



<p>Un modelo eficaz de compliance
deberá contemplar la nueva regulación del concepto “secreto empresarial”.</p>



<p>Compliancers se dispone a
actualizar su software de gestión de compliance en lo concerniente al delito de
revelación de secretos, a fin de mantener alineada su plataforma con la
reciente legislación.</p>



<p>En breve informaremos a nuestros
licenciatarios de dicha actualización.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Las compañías aseguradoras deberán abstenerse de asegurar a empresas que no tengan un compliance</title>
		<link>https://compliancesofficers.com/2019/02/15/las-companias-aseguradoras-deberan-abstenerse-de-asegurar-a-empresas-que-no-tengan-un-compliance/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=las-companias-aseguradoras-deberan-abstenerse-de-asegurar-a-empresas-que-no-tengan-un-compliance</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Compliances]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Feb 2019 13:14:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance Penal]]></category>
		<category><![CDATA[compliance]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Afirma Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En caso de delito doloso cometido en sede de una empresa, las compañías de seguros responderán directamente cubriendo las responsabilidades civiles derivadas del delito de un directivo. Para ver más puedes seguir leyendo en el siguiente link: http://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/deben-asegurar-las-companias-aseguradoras-a-empresas-sin-compliance-penal</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/02/15/las-companias-aseguradoras-deberan-abstenerse-de-asegurar-a-empresas-que-no-tengan-un-compliance/">Las compañías aseguradoras deberán abstenerse de asegurar a empresas que no tengan un compliance</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;" class="sharethis-inline-share-buttons" ></div>
<p></p>



<p>Afirma Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.</p>



<p>En caso de delito doloso cometido en sede de una empresa, las compañías de seguros responderán directamente cubriendo las responsabilidades civiles derivadas del delito de un directivo.</p>



<p>Para ver más puedes seguir leyendo en el siguiente link:</p>



<p><a href="http://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/deben-asegurar-las-companias-aseguradoras-a-empresas-sin-compliance-penal">http://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/deben-asegurar-las-companias-aseguradoras-a-empresas-sin-compliance-penal</a></p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com/2019/02/15/las-companias-aseguradoras-deberan-abstenerse-de-asegurar-a-empresas-que-no-tengan-un-compliance/">Las compañías aseguradoras deberán abstenerse de asegurar a empresas que no tengan un compliance</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://compliancesofficers.com">Tirant Compliancers - Compliance Software</a>.</p>
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