Compliance Penal. Un apunte práctico para desarrollar un modelo de Compliance

La experiencia que nos relatan algunos de nuestros licenciatarios es que han venido a desarrollar modelos de compliance a sus empresas cliente y que, una vez finalizada la implementación, no ha sido posible llevar a cabo un plan de supervisión, vigilancia y control.

La explicación que se nos da es sencilla: la empresa no dispone de recursos ni de formación suficiente para ejecutar con eficiencia un plan de seguimiento.

Dicho de otro modo: ha sido realizado un programa de compliance demasiado complejo para una pyme y ésta se siente asfixiada con las tareas que demanda el modelo de cumplimiento.

El tamaño sí importa.

El objetivo esencial de un programa de compliance es el cumplimiento de la ley y la prevención de determinados delitos.

Este objetivo no deberá en ningún caso prevalecer sobre la propia actividad de la empresa. Cuando así sucede, sencillamente se abandona el compliance.

Nuestra reflexión es que debemos acogernos al principio de proporcionalidad que es postulado por la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del estado. Es decir, el tamaño sí importa.

El primer elemento que ha de tenerse presente es que si un programa de compliance es imposible de ser ejecutado en razón de los medios de que dispone la empresa, no es un buen compliance.

El resultado de un compliance desproporcionado es el colapso de la organización y, finalmente, el abandono.

¿Podemos ayudarte?

La plataforma de compliance que proponemos en Tirant Compliancers puede ayudar al profesional a contemplar el principio de proporcionalidad. De tal manera que disponemos de tres versiones de trabajo: La “micro”, la “profesional” y la “premium”.

Estamos seguros de que el profesional podrá evaluar la conveniencia de utilizar una u otra en función de la estrategia de Compliance que haya diseñado para su cliente.