El sector de la agricultura es cada día más consciente de la necesidad de mitigar riesgos penales.
Desde la reforma penal del año 2015 en la que se incorporaba la responsabilidad penal de la persona jurídica, la sensibilización de la empresa sobre la implementación de programas de compliance va creciendo día a día.
Pero no todos los sectores han avanzado al mismo ritmo. Uno de los más rezagados es el sector de la agricultura que hasta el día de hoy se comporta con cierta resistencia.
Sin embargo, la creciente aparición de noticias sobre determinadas alarmas contra la salud de los consumidores está haciendo que el mundo de la agricultura y, sobre todo, de las cooperativas agrarias, estén contemplando la alta exposición al riesgo penal de sus organizaciones.
Ya son varios licenciatarios de Tirant Compliancers los que nos han hablado de que la cooperativa agraria visita sus despachos solicitando asesoramiento en el Compliance de sus organizaciones.
Responsabilidad de los órganos rectores de la cooperativa agraria.
Nos ha llamado la atención que el principal desencadenante de la decisión de buscar un abogado especialista en Compliance es tan sencillo como éste: “soy miembro del Consejo Rector de la Cooperativa; no estoy retribuido y voy a ser el responsable penal de los delitos contra la salud que puedan ser cometidos por cualquiera de los 500 cooperativistas”.
El compliance como instrumento de seguridad.
Es cierto, la ausencia de un modelo de cumplimiento puede dar lugar a que una mala praxis de cualquiera de los procesos de gestión del alimento determina la responsabilidad penal de la cooperativa con multas millonarias y la privación de libertad de sus órganos rectores.