La reciente publicación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero que obliga a implementar un Sistema Interno de Información (SII) pone de manifiesto una triple intención:
- Prevenir la amenaza de incumplimientos normativos que pongan en riesgo a la empresa.
- Fortalecer la cultura de la información para detectar dichos incumplimientos o irregularidades.
- Proteger a los informantes de estas irregularidades de posibles represalias.
Para el logro de tales objetivos, la Ley 2/2023 establece:
- La obligación a la empresa de diseñar, desarrollar y establecer canales internos de información por medio de los cuales puedan ser realizadas denuncias de las posibles irregularidades cometidas en el seno de la organización.
- La obligación de garantizar la ausencia de represalias a quienes hayan formulado las denuncias.
- La imposición de sanciones.
¿A quién obliga?
- Empresas con 50 o más trabajadores.
- Organismos Públicos.
- Corporaciones de Derecho Público.
- Universidades Públicas.
- Fundaciones.
- Partidos Políticos.
- Sindicatos.
¿Qué sanciones pueden ser impuestas?
- Infracciones Leves: de 1.001 a 10.000 euros.
- Infracciones Graves: de 10.001 a 600.000 euros.
- Infracciones Muy Graves: de 600.001 a 1.000.000 euros.
¿Qué plazos?
- Las empresas con más de 250 empleados, antes del 13 de junio de 2023.
- Las empresas con menos de 250, antes del 1 de diciembre de 2023.
- Los organismos públicos, antes de 13 de junio de 2023.
El rol de los despachos de abogados
Somos partidarios de pensar que una gran mayoría de las pymes españolas no disponen de equipos jurídicos internos y que, en consecuencia, deberán acudir a servicios externalizados que les ayuden a implementar y gestionar de manera eficiente sus canales de denuncias.
Es seguro que, como acontece regularmente en nuestro país, aparezcan francotiradores y mediopensionistas que ofrezcan sus servicios de ayuda a estas pequeñas y medianas empresas. Nuestra reflexión ante esta grave realidad recurrente en nuestro país es invitar a la empresa a que considere que solo un profesional cualificado puede aportarle una respuesta que esté eficientemente orientada al cumplimiento normativo.
Los despachos de abogados cobran un papel muy relevante ante esta nueva obligación.
¿Qué pueden aportar los abogados?
- Implementar el software que gestione el Canal de Denuncias.
- Externalizar el servicio de recepción de denuncias.
- Externalizar el servicio de gestión de las denuncias formuladas.
- Asesorar al responsable del SII en la gestión del Canal de Denuncias.
¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?
En Tirant Compliancers hemos desarrollado una plataforma tecnológica que ponemos a disposición de los abogados y asesores.
Puedes ofrecer a tus empresas cliente la implementación de un software de gestión del canal de denuncias y ayudarles a cumplir con la Ley 2/2023 dentro de los plazos establecidos. Para ello necesitarás aplicar no más de 10 minutos y tu cliente dispondrá en su web de su propio Canal de Denuncias.
Para tu información, puedes consultar en nuestra web las condiciones económicas de nuestro software del Canal de Denuncias.
Nosotros decimos que “estamos aquí para ayudarte”.