El programa de compliance acostumbra a ser considerado por los líderes de las organizaciones como “una imposición legal”. Diría más todavía, como una “nueva obligación” que se añade a otras muchas – complejas y de alto coste – que devienen de lo que hoy se ha dado en llamar la autorregulación regulada.
De igual manera, puede afirmarse que una buena parte de estos lideres perciben el programa de compliance con una exclusiva función negativa: evitar que los integrantes de la empresa cometan delitos de los que pueda derivarse la responsabilidad penal a la propia empresa y a sus órganos de administración.
Sin embargo, somos partidarios de pensar que un modelo de cumplimiento tiene una misión eminentemente positiva que se orienta a empoderar a la empresa de una cultura basada en principios éticos y en valores inspirados en el cumplimiento de la legalidad. Todos sus integrantes y quienes se relacionan con la organización perciben su alineamiento con las buenas prácticas.
Un modelo de cumplimiento está llamado a formar parte del ADN de la compañía hasta el punto de que modela sus señas de identidad, haciéndolas visibles en su propia marca.
Lo que nos dicen nuestros licenciatarios.
Nos cuentan nuestros licenciatarios que el “argumento del miedo” no da buenos resultados. Nos dicen que los programas de compliance que surgen con la única función de evitar la responsabilidad penal por delitos que pudieren ser cometidos por los empleados, suelen quedar colgados en las estanterías y nunca se integran en la estrategia empresarial.
Por el contrario, aquellas empresas que aprecian la importancia de la ética y de la observancia de la legalidad, vienen a experimentar que el compliance les ha aportado una serie de valores tales como el fortalecimiento de la conciencia corporativa en el cumplimiento normativo y el compromiso de todos sus integrantes con la cultura corporativa de ética empresarial. A este grupo de empresas pertenecen aquellas que se proyectan a su sostenibilidad y a la mejora continua.
La misión del abogado de empresa.
No nos cansaremos de decir que la misión del abogado – consultor es liderar desde su cultura jurídica el proceso de implementación del sistema de cumplimiento e inspirar a los líderes de la organización a su empoderamiento con los principios de cumplimiento y buenas prácticas y de promover y fomentar el compromiso de todos sus integrantes: directivos y empleados.
Animamos al abogado de empresa a que asuma este compromiso y se esfuerce por transmitir al empresario – un paso por delante y desde su iniciativa personal – el valor de un modelo de Compliance.
Por nuestra parte, le decimos que “ahí estamos para ayudarle”.