La Ley 2/2023 – que obliga a implementar el Canal de Denuncias – no establece con la precisión necesaria el sistema por el cual llevar a cabo la gestión de las denuncias formuladas.
Nuestra recomendación no puede ser otra que hacer uso de un software que aporte procesos automatizados que aseguren de manera sencilla y rigurosa el cumplimiento de la ley.
La eficiencia de un Canal de Denuncias requiere que el software elegido ofrezca una respuesta completa a los siguientes requisitos:
1. Trasparencia.
El sistema deberá ser trasparente en la información sobre:
- La protección de datos personales del denunciante y de las personas afectadas.
- El respeto a la presunción de inocencia y el derecho a la defensa del denunciado.
- La información sobre el estado y resultado de la denuncia.
- La información sobre las medidas adoptadas para corregir la irregularidad denunciada.
- El derecho al anonimato.
- El deber de confidencialidad.
2. Fácil accesibilidad.
El sistema debe disponer de un mecanismo sencillo de usar por cualquier persona que tenga conocimiento de alguna irregularidad o incumplimiento en la organización; de tal manera que la implementación del software en la web corporativa ha de facilitar el procedimiento para:
- Interponer la denuncia.
- Contactar con el Responsable del Sistema.
3. Información sobre las fases de proceso.
- Recepción de la denuncia
- Investigación.
- Práctica de las pruebas.
- Calificación de la infracción.
- Conclusiones.
- Valoración de las medidas a adoptar.
Somos partidarios de pensar que la tecnología es la aliada imprescindible en la gestión del Canal de Denuncias.
Por nuestra parte, te decimos que “ahí estamos para ayudarte”.