Los programas de COMPLIANCE PENAL han sido tradicionalmente algo residual en el mundo empresarial español. No siendo exigible legalmente, era algo exclusivo de aquellas grandes empresas internacionalizadas.
Sin embargo, en la medida en que la realidad española ha tenido que adaptarse al concierto económico mundial, se ha visto forzada a incorporar normas propias de la economía globalizada. Se trata de una exigencia de toda lógica. Todos los que jugamos en la misma liga, debemos cumplir las mismas reglas de juego.
El proceso de concienciación es lento. Así suceden las cosas en nuestro país. Solo ponemos nuestra barba a remojo cuando vemos al vecino rasurado.
Sin embargo, al día de hoy, las empresas españolas están iniciando un proceso de concienciación respecto de la necesidad de implementar PROGRAMAS de COMPLIANCE PENAL.
El anuncio de las primeras sentencias condenatorias dictadas por el Tribunal Supremo y por algunas Audiencias Provinciales está produciendo sus efectos.
Se trata de sentencias que condenan penalmente a las empresas con MULTAS económicas de enorme cuantía y con PENAS de privación de libertad a sus administradores.
La RESPONSABILIDAD PENAL de las personas jurídicas en España es ya una realidad y las empresas que no implementen sus programas de prevención de delitos se exponen a un riesgo que puede llegar a tener como consecuencia la disolución de la propia empresa.