El Responsable del Canal de Denuncias debe ser designado por el órgano de administración de la entidad, previa consulta con la representación legal de los trabajadores y éste deberá ser un directivo que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad y no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.
¿Es posible externalizar el Canal de Denuncias?
La Ley 2/2023 abre la puerta a que la gestión del Canal de Denuncias sea llevada a cabo por un tercero. En tal caso, se exigirá a éste que ofrezca garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.
Ventajas de externalizar la gestión del Canal de Denuncias
Esta externalización ofrece, entre otras, las siguientes ventajas:
- Aumento de la confianza de los denunciantes, al contar con un intermediario independiente.
- Mejora de la eficacia y la calidad del canal, al disponer de un equipo especializado y con experiencia en el tratamiento de las denuncias.
- Reducción de los costes y de los recursos necesarios para implantar y mantener el canal.
- Utilización optimizada de los soportes tecnológicos más adecuados.
¿Qué decimos en Tirant Compliancers?
Invitamos a los operadores del Canal de Denuncias a que realicen una valoración de los diferentes soportes tecnológicos existentes en el mercado a fin de ponderar en qué medida resuelven sus necesidades.
Confiamos en que el software de Tirant Compliancers esté a la altura de sus expectativas.
Por nuestra parte, te decimos que “aquí estamos para ayudarte”.