Compliance penal en las pymes: Supervisión, vigilancia y control

Compliance Penal Pymes

El art. 31 bis del Código Penal establece que la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad penal si se cumple, entre otras, la siguiente condición: (…) que el órgano de administración haya adoptado y ejecutado con eficacia modelos de organización y gestión que incluyen medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos (…).

La ausencia de esas medidas de supervisión lleva implícita la aplicación del reproche penal y los consecuentes efectos penales para la empresa y para el propio órgano de administración.

Dicho de otro modo, la implementación de un programa de compliance no exonera por sí sola de la responsabilidad penal a la persona jurídica y a su órgano de administración.

El profesional de compliance que asesora a la pyme deberá tener presente este requisito legal y no dar por terminada su función hasta estar seguro de haber establecido las medidas idóneas de supervisión, vigilancia y control.

Esta función es un deber impuesto por el Código Panal al órgano de administración de la empresa y solo con una práctica eficaz e idónea puede aspirar a que la responsabilidad penal no salpique a la organización y a él mismo.

Es ciertamente difícil – en un gran número de las pymes imposible – que sus órganos de administración dispongan de formación y de tiempo para gestionar de manera idónea y eficaz su deber de supervisión y vigilancia de un modelo de compliance.

La responsabilidad del profesional de Compliance

He aquí que el profesional tiene la responsabilidad de prestar su colaboración en la gestión de las acciones necesarias para llevar a cabo de manera periódica y continuada la ejecución de las medidas de supervisión y vigilancia que son exigidas por el 31bis del CP.

Sin embargo, no son pocas las dificultades que encuentran estos operadores de compliance para poner negro sobre blanco las medidas de supervisión, pues no existe una regulación legal que defina cuáles son éstas.

Estamos hablando de pymes y, por lo tanto, hemos de alienarnos con el principio de proporcionalidad que sugiere la Fiscalía General del estado en su Circular 1/2016. Pues no es exigible a una pyme lo que sí puede exigirse a una gran empresa.

¿Qué proponemos en Tirant Compliancers?

Ayudar al profesional para que de una manera ordenada, estructurada y sistematizada pueda llevar a cabo de manera exitosa un plan de seguimiento de los programas de compliance que haya implementado en sus empresas cliente.

¿Cómo lo hacemos? Con un solo click desde tu despacho.

El software “Tirant Compliancers” permite actuar de la siguiente forma:

Micro-pymes. Plan de Comunicación.

Aquellas que no disponen de demasiados recursos humanos y financieros.

  • El sistema genera de manera automática la emisión periódica de un email a cada integrante de la organización en el que se le recuerdan las obligaciones y prohibiciones que le afectan en relación con el modelo de compliance aprobado por la empresa.
  • El miembro de la organización recibe estas comunicaciones de forma personalizada y atendiendo exclusivamente a aquellos riesgos penales que le afectan según sus concretas funciones de trabajo del día a día encomendadas por la empresa.
  • El sistema Compliancers reporta mensualmente el destino de estos emails, quién lo ha recibido y leído y quién no, etc. de tal manera que el profesional puede reportar con idéntica periodicidad a su cliente el resultado de esta acción de comunicación.

Pymes de tamaño medio o grande. Plan de Acción.

Aquellas que cuentan con responsables de departamento capaces e intervenir en el seguimiento del compliance. Además del Plan de Comunicación pueden valerse del sistema de Compliancers con un Plan de Acción:

  • El sistema genera de manera automática la emisión periódica de un email a cada responsable de departamento en el que se le indican qué acciones debe ejecutar en relación con las políticas aprobadas en el modelo de compliance con el fin de asegurar su cumplimiento.
  • El responsable del departamento recibe estas comunicaciones de forma personalizada y atendiendo exclusivamente a aquellos riesgos penales que le afectan según las funciones de trabajo encomendadas a su departamento por la organización.
  • El sistema Compliancers aporta unas fichas de ayuda para gestionar las acciones llevadas a cabo y monitorizar el resultado de estas gestiones.
  • El sistema Compliancers reporta mensualmente el destino de estos emails, quién lo ha recibido y leído quién no, etc. de tal manera que el profesional puede reportar con idéntica periodicidad a su cliente el resultado de esta acción de comunicación.